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La Junta electoral ordena a Colau retirar la pancarta de “Libertad para los presos políticos”

El organismo cree que el bien a salvaguardar en este caso es el de la neutralidad institucional

Juan José Mateo
Concentración ante el Ayuntamiento de Barcelona, en cuya fachada se puede ver la pancarta que la Junta Electoral ha ordenado cerrar.
Concentración ante el Ayuntamiento de Barcelona, en cuya fachada se puede ver la pancarta que la Junta Electoral ha ordenado cerrar.Toni Albir (EFE)

La Junta electoral de zona de Barcelona ha ordenado este domingo al Ayuntamiento de la capital catalana que retire la pancarta "Llibertat presos polítics [Libertad para los presos políticos]" y todos los eslóganes y carteles de ese tipo que se estén mostrando en los edificios y dependencias municipales. Tras un recurso de Ciudadanos, el organismo que debe velar por la limpieza de las elecciones autonómicas del 21-D recuerda al consistorio que hay distintos partidos que concurren a esa cita con candidatos que actualmente están en prisión (en referencia a ERC y el PDeCAT) y que recogen su liberación en su programa electoral. En consecuencia, la pancarta y cualquier símbolo parecido rompen con la neutralidad institucional que debe presidir el proceso, según la Junta de zona. Contra la resolución cabe recurso en las 24 horas posteriores a su recepción.

"Varios partidos que se presentan a las elecciones incluyen en sus listas a personas que se encuentran en prisión provisional y tienen como una de sus finalidades que sean puestos en libertad", recuerda la Junta sobre los exconsejeros del Govern destituido de Carles Puigdemont. "Por ello la pancarta inexorablemente se identifica con determinados partidos políticos y se confunde con las expresiones que estos partidos están utilizando en periodo electoral", razona en una resolución a la que ha tenido acceso EL PAÍS. Y subraya: "Dado que no todos los ciudadanos ni partidos políticos de Barcelona que se presentan a las elecciones se identifican con ese eslogan, mantenerlo en un edificio público durante el periodo electoral afecta a la neutralidad que se les exige a las instituciones públicas y vulnera lo establecido en el artículo 50.2 de la LOREG".

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No cabe acogerse en este caso al derecho a la libertad de expresión, como argumentó el Ayuntamiento. Según la Junta electoral de zona, que cita el precedente de una sentencia del Tribunal Constitucional, el bien a salvaguardar en este caso es el de la neutralidad institucional.

Fuentes de los partidos constitucionalistas consideran que la resolución tiene un profundo calado. En un contexto de empate virtual entre los votos que obtendrían estas formaciones y las independentistas, aseguran que la decisión de la Junta rompe la tesis de que este tipo de mensajes puedan ser institucionales, y subrayan su carácter político y electoral. Consideran, también, que la prohibición se podrá extender a otro tipo de símbolos con la misma finalidad, como iluminar las fuentes de Barcelona de amarillo en memoria de los exconsellers en prisión preventiva.

La Junta electoral provincial de Barcelona ya resolvió esta semana que TV3, la televisión pública catalana, infringe el principio de neutralidad informativa al utilizar las expresiones “Govern en el exilio” y “consejeros exiliados” para referirse al expresident Carles Puigdemont y a los cuatro exconsejeros catalanes que se marcharon a Bruselas tras ser destituidos en aplicación del artículo 155. También le ha prohibido que se refiera al exvicepresidente Oriol Junqueras y los otros siete exconsejeros que están en prisión provisional como "consejeros encarcelados".

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Sobre la firma

Juan José Mateo
Es redactor de la sección de Madrid y está especializado en información política. Trabaja en el EL PAÍS desde 2005. Es licenciado en Historia por la Universidad Complutense de Madrid y Máster en Periodismo por la Escuela UAM / EL PAÍS.

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