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La Junta electoral prohíbe a los miembros de las mesas del 21-D llevar el lazo amarillo de apoyo a los presos

La medida se hace extensiva a los interventores y apoderados de los partidos

Bomberos forman un gran lazo amarillo con sus cascos en Barcelona.Vídeo: ALBERT GARCIA (EL PAÍS)
Juan José Mateo

En los colegios electorales de los comicios catalanes del 21-D no cabe llevar el lazo amarillo con el que los independentistas reivindican la liberación de lo ocho exconsejeros del Govern que están en prisión preventiva y de los líderes de la ANC (Jordi Sánchez) y Òmnium (Jordi Cuixart). Así lo ha dispuesto la Junta Electoral Central (JEC), que recuerda la obligatoriedad de que la neutralidad política impere durante la jornada electoral. En consecuencia, ni los miembros de las mesas electorales, ni los interventores, ni los apoderados de los partidos, podrán portar el símbolo. Que lo hagan los votantes quedará a la libre discreción de los presidentes de cada Mesa. No es una decisión excepcional: por ejemplo, la Junta electoral provincial de Madrid ya prohibió que en los colegios electorales empleados en las elecciones de 2011 se portara la camiseta verde en apoyo de la escuela pública.

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"El artículo 93 de la LOREG establece que ni en los locales electorales, ni en sus inmediaciones se podrá realizar propaganda electoral de ningún género", recuerda la Junta electoral en la resolución que le ha enviado al PSC, el partido que planteó la cuestión ante el organismo. "Los miembros de las Mesas electorales deberán mantener una posición de completa neutralidad política en el interior de los colegios electorales, sin que, en consecuencia, puedan llevar camisetas o emblemas de formaciones políticas o que incorporen símbolos de carácter partidista, como el lazo amarillo objeto de esta consulta", razona. Y subraya: "La identificación discreta de los apoderados e interventores de las formaciones políticas constituye una excepción al artículo 93, pero en esa excepción no cabe amparar el derecho a que las formaciones políticas diseñen un uniforme o vestimenta específica para sus apoderados o interventores, dado el sesgo propagandístico que esa uniformidad colectiva comporta, ni llevar camisetas que incorporen símbolos de carácter partidista, como en este proceso electoral el lazo amarillo".

No es la única decisión de calado adoptada por la JEC en su reunión del viernes. Como las elecciones se celebrarán en día laborable, el Ministerio del Interior preguntó al organismo si en los colegios electorales puede haber algún otro tipo de actividad durante la jornada. Fuentes de los partidos constitucionalistas han interpretado esa duda como un reflejo de la preocupación del Gobierno por la posibilidad de que los independentistas puedan organizar actos, concentraciones o reuniones de aparente carácter festivo que en realidad sirvan para dificultar el voto a las opciones no soberanistas, sobre todo en pequeños municipios. La respuesta del organismo ha sido contundente.

"Ni en los locales electorales ni en las inmediaciones de los mismos se podrá realizar propaganda electoral de ningún género", subraya la JEC. "Tampoco podrán formarse grupos susceptibles de entorpecer, de cualquier manera que sea, el acceso a los locales ni se admitirá la presencia en las proximidades de quien o quienes puedan dificultar o coaccionar el libre ejercicio del derecho de voto", añade. "A tal efecto el Presidente de la Mesa tomará todas las medidas que estime convenientes", recalca. Y enfatiza: "Al tratarse de una jornada electoral en día laborable, los responsables de los centros docentes o de otros establecimientos públicos o privados, que sean utilizados como local electoral deberán tomar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento escrupuloso de las referidas previsiones legales"

Puigdemont y TV3

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Las dos resoluciones reflejan el papel clave que está jugando la JEC en la gestión de las elecciones autonómicas de Cataluña, convocadas por el Gobierno de Mariano Rajoy al amparo del artículo 155 de la Constitución y previa aprobación del Senado.

Así, el ente que vela por la limpieza de las elecciones ya resolvió esta semana que TV3, la televisión pública catalana, infringe el principio de neutralidad informativa al utilizar las expresiones “Govern en el exilio” y “consejeros exiliados” para referirse al expresident Carles Puigdemont y a los cuatro exconsejeros catalanes que se marcharon a Bruselas tras ser destituidos en aplicación del artículo 155. También le ha prohibido que se refiera al exvicepresidente Oriol Junqueras y los otros siete exconsejeros que están en prisión provisional como "consejeros encarcelados".

De hecho, fuentes de la dirección de Ciudadanos estiman que tienen todas las posibilidades de que la JEC estime un nuevo recurso del partido para que esa prohibición se haga extensiva al término "consejeros", puesto que ninguna de las personas aludidas ocupa ya ese cargo, ni está en funciones, tras ser destituidas el 27 de octubre.

El partido de Albert Rivera, según fuentes de su dirección, también confía en que el ente le dará la razón en que la cobertura que hizo TV3 de la manifestación del 11 de noviembre en favor de la liberación de los líderes de Òmnium y ANC no respondió al criterio de neutralidad informativa.

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Sobre la firma

Juan José Mateo
Es redactor de la sección de Madrid y está especializado en información política. Trabaja en el EL PAÍS desde 2005. Es licenciado en Historia por la Universidad Complutense de Madrid y Máster en Periodismo por la Escuela UAM / EL PAÍS.

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