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La Audiencia esgrime que no cumplir con Estrasburgo es “distanciarse de Europa”

La Sala de lo Penal incide, en el auto de libertad de Píriz, en que el fallo es de aplicación general

María Fabra

La Audiencia Nacional hizo público ayer el auto en el que decretó la excarcelación del segundo etarra tras la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre Inés del Río y contra la aplicación de la doctrina Parot. Juan Manuel Píriz fue el primer etarra al que se le aplicó la jurisprudencia del tribunal de Estrasburgo por extensión. El auto de libertad, que fue suscrito por 12 de los 13 magistrados de la Sala de lo Penal, adelanta que el pronunciamiento de Estrasburgo “claramente trasciende a la demandante y es de aplicación general a todos los casos en que se den situaciones semejantes”.

Así, señala rotundo que el Tribunal de Derechos Humanos “pone de manifiesto, con carácter general la incompatibilidad con el Convenio Europeo de Derechos Humanos de la aplicación retroactiva del criterio de cómputo de los beneficios penitenciarios”, que fue introducida por el Tribunal Supremo en 2006.

Además de razonar la decisión de poner en libertad a Píriz, condenado a 61 años de cárcel y preso desde hace más de 29, la Audiencia expone su argumentario sobre la dimensión de la resolución del tribunal europeo. Considera que la obligación de cumplir y ejecutar el fallo “afecta y compete por igual a todos los poderes públicos”. Y que “concierne a todos los poderes públicos reparar y evitar la actualización de la violación del derecho fundamental a la libertad”, tal como señala. El auto apela al europeísmo, alegando que es el tribunal de Estrasburgo el que “marca el canon o estándar internacional (...) y constituye, además, el fiel de la balanza que sirve de referencia para calibrar la calidad del Estado de derecho”.

La Audiencia, que tiene pendientes de resolución los recursos de medio centenar de presos a los que se les aplicó la doctrina Parot, defiende la legitimidad del tribunal de Estrasburgo, que ha sido cuestionada por algunos sectores. “La aceptación de su jurisprudencia está en la Constitución”, esgrime. Y afirma que el tribunal “constituye una de nuestras señas de identidad cultural y de civilización común europea. Separarse de ella no solo implica una infracción de obligaciones jurídicas internacionales, también distanciarse de Europa y del sentido de su civilización”.

"La aceptación y vinculación de todos los Estados del Consejo de Europa a su jurisprudencia, y no solo de los directamente afectados por sus resoluciones, no sirve únicamente para la homogenización del derecho europeo que compartimos, sino que especialmente constituye una de nuestras señas de identidad cultural y de civilización común europea", incide la resolución de la Audiencia.

El Pleno de la Sala de lo Penal acordó el viernes, por 16 votos a favor y uno en contra, la excarcelación del etarra Juan Manuel Piriz López, que ese mismo día salió de la cárcel de Algeciras (Cádiz) tras permanecer en prisión durante 29 años y ocho meses.

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El auto, del que ha sido ponente el magistrado José Ricardo de Prada, contó con el voto particular del magistrado Ángel Hurtado, que no difiere de la decisión de excarcelar a Píriz, pero discrepa de la argumentación. Además, considera que la sentende Estrasburgo es “discutible” e “interpretativa”.

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