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Preguntas y respuestas sobre el futuro judicial de Puigdemont

Las claves sobre el panorama jurídico que se le presenta al expresidente catalán tras la decisión de la justicia alemana

En vídeo, un portavoz del tribunal alemán explica la decisión sobre Puigdemont
El País

La decisión del Tribunal Regional Superior de Schleswig-Holstein de entregar a España a Carles Puigdemont, expresidente catalán, por el delito de malversación por los gastos del procés pero no por rebelión abre un abanico de posibilidades entre las que se debate el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena. Mientras tanto, el futuro judicial de Puigdemont sigue en el aire. Esta la situación actual del caso.

El expresidente catalán se instaló en junio en algún lugar de Hamburgo o sus alrededores cuando supo que la batalla judicial —tras su detención en marzo en el Estado de Schleswig Holstein después de cruzar la frontera desde Dinamarca— podía ir para largo. El expresidente catalán ha extremado las medidas de cautela y las maniobras de despiste que lleva practicando desde su huida a Bruselas el pasado otoño y que perfeccionó durante su breve estancia, esta primavera, en Berlín. La capital alemana fue inicialmente su destino cuando el tribunal de Schleswig Holstein decidió ponerlo en libertad condicional a comienzos de abril, tras pasar 12 días en la prisión de Neumunster.

¿Qué ha decidido exactamente el tribunal de Schleswig-Holstein?

No hubo rebelión. Los magistrados decidieron ayer que Puigdemont puede ser entregado a España pero solo por el delito de malversación y no por el de rebelión, la más grave de las acusaciones que pesaban sobre él. “Las acusaciones contra Puigdemont no son equivalentes al delito de alta traición y la perturbación del orden público según la ley alemana”, alega el tribunal. “La magnitud de la violencia necesaria para la alta traición no fue alcanzado durante los altercados”, ya que  “los choques violentos, en particular en centros de votación y contra la Guardia Civil y la Policía Nacional, no adquirieron la dimensión como para amenazar seriamente el orden constitucional español”.

Pero sí hubo malversación. El tribunal, en cambio, sí tiene en cuenta los argumentos presentados por Llarena sobre el uso de fondos públicos para la celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre. Es esa actuación la que sustenta el delito de malversación. “En relación a la malversación, las autoridades españoles han visto comprensiblemente una corresponsabilidad en el empleo de recursos financieros a cargo de fondos públicos”. El veredicto final, aclara el tribunal, corresponde a la justicia española.

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Se abren tres opciones: rechazar ya la entrega, si no puede ser juzgado por rebelión; aceptarla, lo que solo permitiría juzgarlo por malversación pero no por rebelión, o acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Estas son las posibilidades de las tres opciones.

Rechazar ya la entrega. Esta opción es defendida abiertamente por algunos sectores del Supremo. Supondría condenar a Puigdemont a vivir fuera de España porque la justicia española mantendría la orden de detención nacional y el expresidente sería arrestado si entra en el país. Además, si el expresidente cambiara Alemania por otro territorio, el Supremo podría reactivar la orden de detención europea o internacional. Esta situación se mantendría al menos durante los 20 años que tarda en prescribir el delito de rebelión, según las fuentes consultadas. Esta vía implicaría la renuncia a juzgar al expresidente, lo que se interpretaría como un agravio respecto a los líderes independentistas que no se han fugado y se han puesto a disposición de la justicia española. Pero, a la vez, se dejaría la puerta abierta al posterior enjuiciamiento de Puigdemont por todos los delitos imputados si en el futuro fuera detenido en España o en otro Estado miembro.

Aceptar la entrega. En principio es la opción menos probable por los inconvenientes y repercusiones políticas que presenta. Quedaría sin efecto la suspensión temporal como diputado ordenada por Llarena esta semana y que solo es aplicable para los procesados por rebelión. Esto implicaría que el expresidente mantendría todos sus derechos como parlamentario, al menos, hasta que hubiera una condena que le inhabilitara. La entrega solo por malversación también abriría la puerta a que, incluso en el caso de ser condenado por el subtipo más grave, Puigdemont cumpliera penas inferiores a las que podrían afrontar el resto de procesados.

Acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Esta corte tendría que pronunciarse sobre si Alemania ha aplicado bien la orden europea de detención. El Supremo y la Fiscalía española creen que Alemania se ha excedido en el papel que le correspondía para decidir la entrega y ha entrado en el fondo de asunto (si hubo o no violencia y de qué alcance). Acudir a Luxemburgo abriría la puerta a que el tribunal europeo se pronuncie sobre ello y, en caso de confirmar esta tesis, se pueda replantear la situación. Esta posibilidad permitiría además ganar tiempo para evitar que Puigdemont sea entregado por malversación mientras los miembros de su Govern que se quedaron en España se enfrentan a un delito de rebelión.

Y Puigdemont, ¿qué puede hacer?

De momento, esperar en Alemania. Además, según han anunciado sus abogados, recurrirá ante el Tribunal Constitucional alemán para intentar quedar también libre del delito de malversación.

¿Cuales son las diferentes penas por malversación y por rebelión?

La rebelión. Los jefes de la rebelión, según el Código Penal, se pueden enfrentar a penas de entre 15 y 25 años de prisión. En caso de que el alzamiento fuera armado o si se produce “combate entre la fuerza de su mando y los sectores leales a la autoridad legítima, o la rebelión hubiese causado estragos en propiedades de titularidad pública o privada, cortado las comunicaciones telegráficas, telefónicas, por ondas, ferroviarias o de otra clase, ejercido violencias graves contra las personas”, las penas se elevan hasta los 30 años de prisión.

La malversación. Está castigada con hasta 12 años de cárcel en su forma agravada. Las penas van en función del monto o patrimonio afectado por el delito, pero en todos los casos comprende la inhabilitación.

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