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Los expertos ven discutible la libertad de La Manada pero ajustada a derecho

Una abogada alerta que la excarcelación de los cinco jóvenes pone en riesgo de "revictimización" a la joven de la que abusaron

Óscar López-Fonseca
Manifestacion en la Plaza Sant Jaume en contra de la puesta en libertad provisional de los miembros de La Manada.
Manifestacion en la Plaza Sant Jaume en contra de la puesta en libertad provisional de los miembros de La Manada.Massimiliano Minocri

La decisión de este jueves del tribunal de dejar en libertad provisional de los cinco integrantes de La Manada hasta que la sentencia sea firma provoca disparidad de opiniones entre los expertos juristas consultados por EL PAÍS. Frente a los que consideran que la gravedad de la pena impuesta a los condenados —nueve años de cárcel por abuso sexual— incrementa el riesgo de fuga y, por tanto, la necesidad de mantener la prisión provisional hasta que el Tribunal Superior de Justicia de Navarra resuelva sobre los recursos presentados, otros recalcan que el arraigo familiar y social de los condenados aminoran ese riesgo y, por tanto, puede no estar justificado mantener una medida que, recalcan, es excepcional. En todos los casos, la consideran ajustada a derecho.

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José Ángel Prenda, Alfonso Cabezuelo, Antonio Manuel Guerrero, Jesús Escudero y Ángel Boza —en prisión desde el 7 de julio de 2016— saldrán en libertad después de que los tres magistrados que el pasado 26 de abril les condenaron a nueve años de cárcel por abusos sexuales decidieran por dos votos contra uno excarcelarlos bajo fianza de 6.000 euros. Además, los cinco deberán comparecer todos los lunes, miércoles y viernes en el juzgado de guardia más cercano a su domicilio, tendrán prohibido acercarse a la víctima ni entrar en la Comunidad de Madrid (donde reside la joven), se les ha retirado el pasaporte y no podrán salir del territorio nacional sin autorización judicial. 

Ignacio González Vega, portavoz de Jueces y Juezas para la Democracia, admite que la decisión judicial le ha causado “sorpresa”, ya que considera que aún existe un elevado riesgo de fuga. Subraya, no obstante, que habrá que conocer el contenido del auto para conocer “qué elementos han llevado al mismo tribunal que en un primer momento decidió mantenerlos en prisión a cambiar ahora de criterio”. Más dura con la decisión judicial se muestra la abogada Isabel Elbal, quien insiste en que en sus más de 20 años de ejercicio no recuerda una decisión así tras una sentencia por un delito de estas características: “Con una pena de esta gravedad, el riesgo de fuga se incrementa, sobre todo cuando ninguno ha admitido su culpabilidad”, dice. Elbal alerta sobre “el peligro de revictimización” que puede sufrir la joven de la que abusaron.

Rafael Alcácer, profesor de Derecho Penal de la Universidad Rey Juan Carlos, también cree que la pena impuesta en primera instancia incrementa el riesgo de fuga, pero considera que hay otros elementos que la aminoran. Alcácer destaca que los cinco llevan en prisión dos años “y prorrogarla más allá es una medida excepcional”. Esta prórroga es la que pidieron la Fiscalía, la acusación particular y las acusaciones populares al considerar que existía riesgo de fuga y de reiteración delictiva. Las defensas pedían la libertad y esgrimían las recientes resoluciones de otros tribunales que dejaron en libertad a condenados del caso Nóos y el caso Gürtel en espera de que sus sentencias fueran firmes. “La alarma social que generó y genera el caso no es un argumento legalmente válido para hacerlo”, añade el experto en referencia a las protestas ciudadanas que ha provocado la decisión.

También a la excepcionalidad de prorrogar la prisión provisional más allá de dos años se refiere Celso Rodríguez, portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM). “No solo se tiene en cuenta la gravedad de la pena, sino también el arraigo de los condenados”, apunta antes de recordar que existen otras medidas menos lesivas que la prisión —la imposición de una fianza, la retirada del pasaporte y la obligación de comparecer periódicamente en el juzgado— que sirven para eliminar el riesgo de fuga.

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Víctor Moreno Catena, catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III, cree que, aunque el tribunal “debe respetar la presunción de inocencia aunque haya dictado sentencia condenatoria”, en este caso “era razonable mantener la prisión ya que el Tribunal Superior de Justicia de Navarra no tardará demasiado en resolver los recursos”. A lo que se opone tajantemente es a que se los mantenga en la cárcel “solo para aplacar a la opinión pública”.

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Sobre la firma

Óscar López-Fonseca
Redactor especializado en temas del Ministerio del Interior y Tribunales. En sus ratos libres escribe en El Viajero y en Gastro. Llegó a EL PAÍS en marzo de 2017 tras una trayectoria profesional de más de 30 años en Ya, OTR/Press, Época, El Confidencial, Público y Vozpópuli. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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