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Interior elimina la prohibición de grabar en los aseos a los detenidos

Zoido modificó el protocolo de videovigilancia en los calabozos días antes de cesar

Óscar López-Fonseca
El exministro del Interior Juan Ignacio Zoido, a su llegada a Congreso de los Diputados el pasado martes.
El exministro del Interior Juan Ignacio Zoido, a su llegada a Congreso de los Diputados el pasado martes.Ballesteros EFE) (EFE)

El anterior ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido, eliminó la prohibición de utilizar sistemas de videovigilancia en los aseos de los calabozos de las comisarías de la Policía Nacional y de los cuarteles de la Guardia Civil sólo unos días antes de que su sustituto, Fernando Grande-Marlaska, tomara posesión del cargo. En una instrucción firmada el 14 de mayo por su secretario de Estado de Seguridad, José Antonio Nieto —aún en el cargo en funciones—, y que entró en vigor el 5 de junio, Zoido modificó el “protocolo de actuación en las áreas de custodia de detenidos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado” elaborado en 2015. Lo hizo para introducir ligeras modificaciones tras recibir sendos informes de la Policía Nacional y la Guardia Civil “basados en la experiencia”, según recoge el propio documento en su introducción.

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El principal cambio es la desaparición ahora en vigor de la prohibición expresa de utilizar equipos de videovigilancia para controlar a los detenidos mientras están en los aseos. El protocolo de 2015 —elaborado por el entonces ministro Jorge Fernández Díaz— especificaba que dichos sistemas de visionado y grabación de imágenes en dependencias policiales “en ningún caso, podrán permitir la visualización de las zonas de aseo, con el fin de preservar la intimidad de las personas detenidas”. Recogía así una recomendación del Defensor del Pueblo, que en su informe de 2014 del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura recalcaba que “los aseos y las salas para entrevistas con los abogados” debían quedar fuera de la videovigilancia. Fuentes de la institución insistían ayer a este diario en que esta recomendación sigue en vigor.

Sin embargo, el nuevo protocolo no hace ninguna mención a dicha prohibición y se limita a recoger la necesidad de contar con equipos de videovigilancia que permitan tanto el visionado como la grabación de lo que ocurre en el interior de los calabozos en cualquier condición lumínica “para garantizar la integridad física y la seguridad de las personas privadas de libertad y la de los funcionarios policiales que ejercen su custodia”. Allí donde “aún no se disponga de cámaras o estas no abarquen la visión de toda la celda”, ordena que los agentes realicen rondas cada media hora. El texto añade que las grabaciones solo podrán conservarse durante “30 días a partir de su captación” y que, una vez cumplido este plazo, “serán destruidas” salvo que sean necesarias para investigar un delito.

Fuentes policiales aseguran que la medida se ha adoptado para evitar que los detenidos se autolesionen en los aseos precisamente por quedar fuera de la videovigilancia. Tanto el nuevo protocolo como el anterior hacen especial hincapié en evitar este tipo de conductas, sobre todo en “los detenidos por violencia de género y familiar, estadísticamente más proclives”. En estos casos, Interior ordena adoptar “medidas especiales de seguridad”. El documento también recoge la obligación de los agentes de informar a los detenidos a su llegada de la existencia de las cámaras y de que estarán “permanentemente vigilado”.

Este periódico intentó ayer sin éxito recabar la versión del Nieto sobre la modificación del protocolo.

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Sobre la firma

Óscar López-Fonseca
Redactor especializado en temas del Ministerio del Interior y Tribunales. En sus ratos libres escribe en El Viajero y en Gastro. Llegó a EL PAÍS en marzo de 2017 tras una trayectoria profesional de más de 30 años en Ya, OTR/Press, Época, El Confidencial, Público y Vozpópuli. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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