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La Audiencia Nacional condena a los acusados de agredir a dos guardias civiles en Alsasua, pero no por terrorismo

La sentencia considera que no ha quedado acreditado que la finalidad fuese terrorista

Sesión del juicio del caso Alsasua, en la Audiencia Nacional, el 16 de abril.Foto: atlas | Vídeo: EUROPA PRESS | ATLAS
J. J. Gálvez

La agresión de dos guardias civiles y sus novias en un bar de Alsasua (Navarra) no tuvo ninguna vinculación con el terrorismo, según ha concluido la Audiencia Nacional, que ha descartado esta motivación en una sentencia publicada este viernes, donde sí se reconoce probada la paliza a las cuatro víctimas. Un ataque "movido por la animadversión y menosprecio" a los efectivos del instituto armado, según detalla el tribunal, que condena por ello a los ocho acusados a penas que oscilan entre los 2 y 13 años de prisión. La fiscalía pedía hasta 62 años y medio de cárcel.

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Los magistrados consideran probados los delitos de atentado a los agentes de la Autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas. Pero la Sección Primera de la Sala de lo Penal rechaza que la finalidad fuese terrorista. "No podemos dar por probado en este caso que exista una vinculación real y verdadera de los procesados con ETA", recalcan los jueces, que también tienen en cuenta en su valoración la edad de los acusados. "Ni siquiera eran mayores de edad cuando, en el año 2011 o 2012, la banda terrorista manifestó que abandonaba la lucha armada". "Es difícil imaginar que hubieran asumido este ideario con dicha edad y, manteniéndolo en el tiempo, tuvieran alguno de los propósitos que describe el artículo 573 del código penal [relacionado con el terrorismo] cuando realizaron los actos", reza la sentencia.

Sobre las dos y media de la madrugada del pasado 15 de octubre de 2016, un sargento y un teniente de la Guardia Civil entraron con sus respectivas parejas en el bar Koxka de Alsasua. "Nada más entrar en el mismo, advirtieron la presencia de un grupo de personas que les miraron de una forma hostil", reconoce probada la Audiencia Nacional, que explica que el primer encontronazo se produjo cuando uno de los agentes fue al baño. Ohian Arnanz, condenado a 13 años de prisión, le increpó llamándole "madero" cuando iba al servicio. A su salida, otro de los procesados —Jon Ander Cob, penado con nueve años de cárcel— le trató de cortar el paso sin éxito. El teniente logró zafarse y regresó con sus amigos.

El clima de hostilidad fue aumentando a partir de entonces, según describe el tribunal, que señala también que arrojaron después a las víctimas un vaso de plástico con alcohol. Pero la tensión se desbordó a las cuatro de la madrugada. Un grupo de 25 personas rodeó en ese momento a los agentes y a sus parejas al grito de "os vamos a matar por ser guardias civiles", "hijos de puta", "pikoletos", "cabrones", "txakurras" ["perros"] y "esto os pasa por venir aquí". "A la vez que eran agredidos los denunciantes con golpes, puñetazos y patadas", subraya el dictamen de los magistrados, que han aplicado en su sentencia los agravantes de abuso de superioridad y de odio por la gravedad de los hechos y porque se cometieron por motivos ideológicos y de animadversión a la Guardia Civil.

La Audiencia Nacional también condena a Jokin Unamuno a 12 años por iniciar los hostigamientos de las cuatro de la madrugada junto a Arnanz y Cob; a Julen Goicoechea y Aratz Urrizola, a nueve años; a Adur Ramírez, a 12 años; a Iñaki Abad, a 13 años; y a Ainara Urquijo, a dos años por amenazas y desórdenes públicos. Los acusados tienen entre 21 y 31 años de edad.

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Agresores sin identificar

La paliza que comenzó en el interior del bar siguió fuera. Según detallan los magistrados, las víctimas se dirigieron al exterior del local "haciéndose como una especie de pasillo" en el que recibieron más "golpes, patadas y puñetazos". Una vez en la calle, los agresores continuaron con el ataque. Por ejemplo, según describe la sentencia: "Cogen por la espalda al sargento que intentaba auxiliar al teniente, tirándole del brazo para impedir esa maniobra y le tiran contra la calzada, golpeándole con patadas en la espalda"; o "[el teniente] recibe una fuerte patada en el tobillo que le hace caer de manera inmediata al suelo produciéndole un gran dolor que le deja en un estado de semiinconsciencia". A este último le rompieron la tibia y el peroné. A los condenados se sumó "otro número importante de individuos que se iban congregando y que no han llegado a ser identificados totalmente".

Para considerar probados estos hechos, los magistrados destacan el testimonio de Keneth Paulet Vergara, citada a declarar como testigo por la defensa de uno de los condenados. Este hombre, que afirmó durante el juicio sentirse "un poco presionado" para declarar a favor de los acusados de Alsasua, describió con detalle los incidentes fuera y dentro del bar. "[Lo que cuenta] es coincidente con [lo relatado por] las cuatro víctimas, pero no es capaz de identificar a ninguno de los agresores, llegando a decir que alguno de los acusados no llegó a participar", explica la sala, que cree que esta falta de identificación es un "signo evidente de la presión a la que, sin duda, el testigo está siendo o ha sido sometido por el entorno en el que vive y se mueve".

"No puede permitirse que en el siglo XXI y en un Estado democrático y de Derecho, se prive a unas personas, solamente porque tengan la condición de guardias civiles y a sus novias, de poder moverse en libertad por la localidad de Alsasua, y que solamente pueden acudir a determinados lugares y no pueden salir por la noche a pasar un rato de ocio y diversión", añade la sentencia para argumentar que se impongan a los acusados las penas más altas por los delitos probados.

Los magistrados también descartan terrorismo en otra causa

La Sección Segunda de la Sala de lo Penal ha condenado a dos años de cárcel por un delito de desórdenes públicos agravado a cuatro jóvenes —Asier Petrirena, Rubén Iglesias y Endika Etura y Julen Prado— por participar en los actos violentos ocurridos en una manifestación desarrollada en el casco viejo de Pamplona el 11 de marzo del año pasado. Pero los magistrados también han descartado que existiese un delito de terrorismo al no quedar acreditado que actuaran bajo el amparo de una organización terrorista.

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Sobre la firma

J. J. Gálvez
Redactor de Tribunales de la sección de Nacional de EL PAÍS, donde trabaja desde 2014 y donde también ha cubierto información sobre Inmigración y Política. Antes ha escrito en medios como Diario de Sevilla, Europa Sur, Diario de Cádiz o ADN.es.

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