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La Junta andaluza pagará 165 millones a un promotor por paralizar su centro comercial

El Supremo da la razón al empresario Tomás Olivo en su pulso judicial por un edificio de Granada

Centro comercial Nevada, del empresario Tomás Olivo, en Armilla (Granada).
Centro comercial Nevada, del empresario Tomás Olivo, en Armilla (Granada).m. zarza

La Junta de Andalucía pagará 165 millones al promotor urbanístico Tomás Olivo como indemnización por haber paralizado las obras del centro comercial Nevada Shopping a las afueras de Granada. El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso del Gobierno autonómico tras la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que confirmó la desorbitada cifra, establecida como compensación al empresario murciano por el lucro cesante que dejó de percibir durante los siete años que el centro comercial estuvo paralizado.

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Tras la providencia del Supremo, la Junta ha alegado que acudirá al Tribunal Constitucional y así intentar paliar el varapalo judicial por parte de la Sala Contencioso-Administrativa fechada la semana pasada. El presupuesto anual del Ejecutivo autonómico es de 34.759 millones.

La delegada de la Junta en Granada, Sandra García, ha confirmado que el Ejecutivo agotará todas las vías y acudirá al alto tribunal tras el varapalo judicial en el Supremo. "No se ha tenido en cuenta la incidencia en la suspensión del proyecto que tuvo el procedimiento penal, en el que la Junta no era parte", ha alegado sobre la condena por vía penal que sufrió Olivo, pero que no afectó a la vía contencioso-administrativa.

La empresa reclamaba judicialmente a la Junta 260 millones por la paralización de las obras del edificio, después de que el TSJA avalara la licencia de obras que fue concedida en 2005 por el Ayuntamiento de Armilla, municipio del extrarradio de la ciudad andaluza. En segunda instancia, el alto tribunal andaluz rebajó la cuantía hasta los 165 millones. Mientras, las obras del centro estuvieron años paradas y una sentencia por vía penal condenó a derribar parte de los 370.000 metros cuadrados construidos.

La Junta mantiene que otras resoluciones del Juzgado de lo Penal y de la Audiencia de Granada hicieron "imposible" la apertura del centro comercial, por lo que se ha decido valorar el efecto de tales pronunciamientos "no imputables a la Administración autonómica". También ha considerado que falta la acreditación del lucro cesante, ya que el fallo del TSJA ni siquiera indica el periodo exacto en que se produce, y señala "deficiencias" en el tipo de procedimiento empleado por el promotor, entre otras cuestiones.

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