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El 155 no es prorrogable sino que exige una nueva justificación

Rajoy no prevé una convocatoria inmediata de elecciones

Pedro Sánchez y Mariano Rajoy, durante su reunión en La Moncloa.
Pedro Sánchez y Mariano Rajoy, durante su reunión en La Moncloa. Julian Rojas

La exigencia del presidente de Ciudadanos, Albert Rivera, de que el Gobierno “prorrogue” la aplicación del artículo 155 de la Constitución, ahora en vigor, no es posible. Una vez que el presidente de la Generalitat, Quim Torra, y sus consejeros tomen posesión de su cargo, el artículo decaerá.

De inmediato, se puede activar un nuevo 155 en el que se expondrán las razones por las cuales debe ponerse en marcha y de las que se dará cuenta al presidente de la Generaliltat al que se requerirá para que formule alegaciones.

El 155 que está en funcionamiento se justificó por la aprobación de leyes que contravenían la Constitución, tendentes a poner en marcha la secesión de Cataluña de España por lo que se intervino totalmente la autonomía catalana. Pero la medida principal fue la convocatoria de elecciones y el cese previo de todo el Gobierno catalán.

Si como parece el 155 se vuelve a poner en marcha no será para convocar elecciones sino para intervenir consejerias e incluso la presidencia ya que se supone que las ilegalidades vendrían de la cúspide.

Todo ello deberá estar motivado, por lo que en este momento no puede adelantarse en qué consistirá ya que no hay hechos ilegales específicos, como señalan tanto en el Gobierno como en el PSOE. No obstante, ambos creen que sí se producirán.

Lo primero que tiene que hacer el Gobierno es una primera reunión del Consejo de Ministros en el que se aprobará un requerimiento al presidente de la Generalitat en el que se anuncia la intención de aplicar e 155 por las razones que se le expongan. A este requerimiento cabe respuesta desde la Generalitat.

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Final del procedimiento

Al final del procedimiento habrá otra reunión del Consejo de Ministros con las medidas concretas que se enviarán al Senado. Previamente la Cámara Alta lo habrá aprobado. La decisión de que se extinga el 155 cuando se forme Gobierno es una decisión del Consejo de Ministros.

En el requerimiento que recibirá Torra, en caso de que siga con los planes de ruptura, se le indicará que no está cumpliendo sus obligaciones constitucionales y estatutarias y que con sus actuaciones atenta al interés general. En ese escrito se le da 48 horas para que alegue lo que estime conveniente.

En la activación del 155 actual se aludía a la declaración de independencia firmada en el Parlament, así como a la ley de transitoriedad aprobada y suspendida por el Tribual Constitucional. La respuesta que dio Carles Puigdemont no fue satisfactoria

El Gobierno tendría que explicar al presidente del Senado, Pío García Escudero, las medidas que piensa poner en marcha e informarle del requerimiento que hizo al presidene de la Generaliat y su respuesta.

Al presidente de la Generalitat se le puede volver a requerir por el Senado que responda a otros requerimientos y que entregue la documentación que se se pida desde la Comisión General de Autonomías.

El siguiente paso lo dará el propio Senado al llevar al pleno la petición de activar el 155 que hace el Gobierno para su votación con debate de todos los grupos politicos, para lo que se requiere la mayoría absoluta de la Cámara. Solo el PP la tiene, pero también contará con el voto de los socialitas

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