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Los límites de la libertad de expresión

La Audiencia Nacional ya no ve delito en la quema de fotos del Rey tras el fallo de Estrasburgo

El juez De la Mata rechaza que el acto incite a la violencia o se enmarque en el discurso del odio

Fernando J. Pérez
Quema de una foto de los Reyes en Girona en 2007.
Quema de una foto de los Reyes en Girona en 2007.Joan Sabater (El Punt)

El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata archivó este miércoles la denuncia contra una mujer de Banyoles (Girona) por la quema de fotografías del rey Felipe VI durante una manifestación que celebraba la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) del pasado marzo que enmarcaba este tipo de actos en la libertad de expresión. El magistrado considera que en la denuncia policial “no existe el más mínimo elemento (…) de que el acto incitara al odio o la violencia” ni de que constituya “una manifestación del discurso del odio”.

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El pasado 13 de marzo, el tribunal de garantías con sede en Estrasburgo (Francia) dio amparo a Enric Stern y Jaume Roura, que fueron condenados por injurias a la Corona por quemar en el año 2007 una foto de gran tamaño de los Reyes que previamente habían colocado boca abajo en una manifestación antimonárquica e independentista. En aquella sentencia, que condenaba a España, el TEDH recordaba que “la libertad de expresión se extiende a informaciones e ideas que ofenden, chocan o molestan” y que “así lo requiere el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura sin los cuales no existe ninguna sociedad democrática”.

El juez De la Mata aplica ahora esta jurisprudencia europea. La quema del retrato del Rey con motivo de las manifestaciones de celebración de la sentencia europea “impide considerar” el acto como “un ataque personal dirigido contra el Rey de España, que tuviera como objeto menospreciar y vilipendiar a la persona de este último”, condición para aplicar el delito de injurias a la Corona.

“El acto denunciado fue expresión simbólica de una insatisfacción y de una protesta (o más bien, como se ha indicado antes, de una satisfacción”, señala el magistrado. La quema de las fotos en ese contexto “no incitó al odio o a la violencia” y “no constituye una manifestación del discurso del odio”.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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