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Sànchez pide con “extrema urgencia” al Supremo que le deje ir a la investidura

El abogado del exlíder de la ANC recurre ante el alto tribunal el rechazo del juez Llarena a que acuda al pleno

Jordi Sànchez a su llegada a la Audiencia Nacional.Foto: atlas | Vídeo: AFP / ATLAS
Reyes Rincón

La defensa de Jordi Sànchez ha recurrido este lunes en el Tribunal Supremo la decisión del juez Pablo Llarena de negarle el permiso para acudir al pleno de investidura del Parlament. En un escrito de ocho páginas, el abogado Jordi Pina considera la "extrema urgencia del caso", cuestiona el auto dictado por Llarena el pasado viernes y pide a la Sala de Apelaciones, la encargada de resolver su recurso, la “máxima celeridad posible” para que se pueda desbloquear la investidura.

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El presidente del Parlament, Roger Torrent, aplazó a última hora del viernes el pleno previsto para este lunes en el que se iba a someter a debate y votación la candidatura de Jordi Sànchez, exlíder de la ANC que está en prisión preventiva desde el 16 de octubre. El abogado del candidato anunció en principio un recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, pero finalmente ha optado por impugnar antes la decisión de Llarena en la Sala de Apelaciones del Supremo para agotar las vías judiciales en España, un requisito imprescindible para que el tribunal europeo admita un caso.

“Si bien el Pleno de investidura previsto para el día 12 de marzo de 2018 ha quedado por el momento en suspenso, resulta a todas luces evidente que el presidente del Parlament no puede esperar indefinidamente a saber si el candidato Jordi Sànchez podrá o no acudir al pleno, máxime teniendo en cuenta que, de manera ciertamente discutible, el Tribunal Constitucional ha interpretado (cautelarmente) que la investidura tiene que ser presencial a propósito del candidato Carles Puigdemont”, advierte Pina en el escrito presentado este lunes.

La defensa del exlíder de la ANC considera que la negativa de Llarena a darle permiso para acudir al pleno de investidura vulnera tanto derechos fundamentales de Sànchez como de sus votantes, y supone una “grave lesión” para el pluralismo político, la autonomía de Cataluña y la división de poderes. La defensa cree además que la negativa del juez supone una vulneración al derecho de presunción de inocencia, ya que comporta la imposición de un “castigo anticipado” porque se le está incapacitando para el ejercicio de un cargo público sin haber sido declarado culpable de ningún delito.

El abogado considera que su condición de preso preventivo no le impediría ejercer el cargo de president ya que “prácticamente todas” las funciones del presidente de la Generalitat son delegables según el Estatuto de Autonomía de Cataluña. Pina cree también vulnerado el derecho de expresión de opiniones políticas porque una de las principales razones por las que se le ha denegado el permiso para ir al pleno de investidura es el riesgo de que en su discurso en el Parlament pueda incurrir en algún supuesto nuevo delito. Esta afirmación, según el abogado, choca con el estatuto de Cataluña, que reconoce a los diputados inviolabilidad por las opiniones que puedan manifestar en el ejercicio de sus cargos.

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Pina sostiene también que algunos pasajes del auto de Llarena contienen consideraciones políticas “totalmente impropias” de un sistema de división de poderes. El escrito del abogado se detiene especialmente en un extracto del auto en el que el juez considera que impedir la investidura de Sànchez no vulnera el derecho de los electores porque en la lista de Junts per Catalunya en la que el exlíder de la ANC concurrió como número dos hay otros integrantes que podrían ser investidos si asumir los riesgos que comporta dejar salir de la cárcel al candidato propuesto. Para el abogado es “sencillamente inaudito” que un tribunal efectúe “tan abiertamente” manifestaciones acerca de la oportunidad política de elegir a unos candidatos y no a otros por parte de un Parlamento.

El abogado cuestiona también que Llarena aluda como uno de los motivos para rechazar el permiso de Sánchez a los posibles riesgos para el orden público que acarrearía el traslado del candidato de la cárcel de Soto del Real (Madrid) a la Cámara autonómica catalana. “Con los debidos respetos, esta defensa no logra saber en qué se basa el señor instructor para sostener tal afirmación ¿Cuáles son sus evidencias empíricas para valorar si existe o no tal riesgo? Que sin justificación alguna se sostenga que en un determinado traslado de un preso puede haber riesgos sin citar un solo dato que avale tal afirmación lleva a entender que tal juicio se basa en puras intuiciones personales, que no deberían ser nunca la base de decisiones judiciales tan gravosas”, se queja Pina, que rechaza también las posibilidades de reincidencia delictiva de las que habla el juez en su auto.”¿En qué momento de la conducción se supone que cometerá Jordi Sánchez una nueva sedición o rebelión? ¿Acaso dentro de los furgones policiales que le trasladen al Parlament?”, se pregunta.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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