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Navarra explica al Tribunal de Cuentas la improcedencia de remitirle sus cuentas

Resolución del Juzgado de Primera Instancia 4 de Pamplona

El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Pamplona ha dictado la siguiente resolución sobre una información publicada en este periódico el 28 de junio de 2017 bajo el título "El Gobierno de Navarra se declara en rebeldía frente al Tribunal de Cuentas".

El Gobierno de Navarra ha pedido a un juez que se inserten las siguientes consideraciones: "El Gobierno de Navarra, que preside Uxue Barkos (Geroa Bai) no se ha declarado en rebeldía frente al Tribunal de Cuentas del Estado. El Gobierno de Navarra ha reiterado en numerosas ocasiones, entre otras, mediante Acuerdos de 16 de octubre de 2013 y 18 de febrero de 2015, en relación con pretendidas actuaciones fiscalizadoras del Tribunal de Cuentas, en cuanto afecte a las entidades públicas de Navarra, que la actuación de dicho órgano constitucional se debe ajustar a la fórmula pactada entre la Comunidad Foral de Navarra y el Estado, no teniendo competencia para la actuación pretendida; pues conforme a los dispuesto en el artículo18 bis de la ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, integrante del bloque de constitucionalidad, y en la Ley Foral 19/1984, de 20 de diciembre, reguladora de la Cámara de Comptos, es la Cámara de Comptos el único órgano competente para fiscalizar la gestión económico financiera del sector público de la Comunidad Foral, sin perjuicio de la remisión de sus actuaciones al Tribunal de Cuentas, a los solos efectos de elaboración del dictamen para su remisión al Parlamento de Navarra en orden a que éste, en su caso, adopte las medidas que procedan".

"El consejero Mikel Aramburu", añade el Gobierno navarro, "no ha indicado su voluntad de incumplir, sino que ha comunicado al Tribunal de Cuentas, mediante escritos de 27 de mayo de 2016 y 30 de marzo de 2017, la improcedencia de remitir dicha información dado que la competencia para fiscalizar al sector público de la Comunidad Foral corresponde en todo caso a la Cámara de Comptos. Por todo lo cual se debe proceder a la rectificación citada, en el sentido que acabamos de indicar".

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