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El Supremo confirma el fraude de las mudanzas del Ejército de Aire

Casi un centenar de pilotos fueron encausados por diferentes juzgados militares

Un F-18 del Ejército despega de la base canaria de Gando
Un F-18 del Ejército despega de la base canaria de GandoÁNGEL MEDINA
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La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha confirmado el fraude de las falsas mudanzas por el que fueron encausados casi un centenar de pilotos del Ejército del Aire.

El alto tribunal ha dictado una sentencia en la que condena al teniente J. A. R. como responsable de un delito contra la hacienda militar al pago de 150 días de multa, equivalentes a 3.000 euros.

Según la sentencia dictada por el Tribunal Militar Territorial Tercero y ratificada ahora por el Supremo, el teniente de complemento, tras terminar su formación en la Academia de San Javier (Murcia), fue destinado forzoso en 2008 a Palma de Mallorca y, tras presentar tres presupuestos de empresas de mudanzas, cobró la factura de una de ellas por 2.950 euros.

El tribunal no se pronuncia sobre si efectivamente se produjo el transporte de muebles y enseres del militar, pero asegura que, “en todo caso, no lo hizo con arreglo a lo solicitado ni por la cantidad que finalmente cobró”. Al contrario, el militar urdió “una estratagema para presentar una reclamación indemnizatoria [...] de carácter mendaz con el propósito de obtener lucro ilícito sirviéndose de una factura simulada”.

El teniente condenado formaba parte del grupo de 45 pilotos del Ejército del Aire procesados en 2014 por presentar facturas falsas para cobrar una Indemnización por Traslado de Residencia (ITR) de entre 1.500 y 4.500 euros, pero el Tribunal Militar Central ordenó trocear la causa, que se dispersó en decenas de sumarios por distintos juzgados.

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Pactos con el fiscal

La mayoría de los procedimientos se saldaron con sentencias de conformidad, ya que el fiscal ofreció a los pilotos un pacto para que aceptaran pagar una multa de unos 5.000 euros a cambio de no ir a juicio. En otros casos se archivó la investigación porque el delito ya había prescrito.

A diferencia de sus compañeros, el teniente J. A. R. no aceptó el pacto y recurrió hasta el Supremo, alegando que su mudanza sí había sido real y que él no tenía ninguna responsabilidad en la factura. Ello ha obligado al alto tribunal a pronunciarse finalmente sobre el escándalo, aunque a través de un caso aislado.

El Código Penal Militar castiga hasta con 10 años de cárcel este delito, pero el teniente se ha beneficiado de la dilación indebida del proceso y de haber devuelto el dinero.

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