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La Manada: una víctima, cinco acusados, 11 sesiones y un juicio visto para sentencia

Claves e incógnitas de una presunta violación grupal durante los sanfermines de 2016

Los cinco acusados de agredir el pasado julio a una joven en Pamplona.Foto: atlas | Vídeo: ATLAS

La suerte de los cinco acusados de la violación grupal de Pamplona está ahora en manos de los tres magistrados, dos hombres y una mujer, que componen la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra. El caso conocido como La Manada quedó este martes visto para sentencia. Estas son las claves del caso tras 11 sesiones de vista oral.

En el proceso están personados tanto el Ayuntamiento de Pamplona como el Gobierno de Navarra (en este caso, en cumplimiento de la Ley Foral de Atención a Víctimas de Violencia de Género). Las defensas trataron, infructuosamente, de evitar esa personación. Ninguno de los acusados respondió a sus preguntas por considerar su personación de “carácter político”, según el abogado Agustín Martínez Becerra.
LOS INFORMES FINALES


Conclusiones de la fiscal

La fiscal Elena Sarasate señaló, en su informe final, que el testimonio de la denunciante fue creíble objetivamente ya que se mantuvo durante toda la instrucción y no introdujo “elementos inverosímiles”. También consideró que tenía la chica no tenía “motivos espurios” para denunciar. La fiscal aseguró que en lo ocurrido se dan los ingredientes necesarios para considerar una agresión sexual. Existió “la violencia mínima” y se dio una “intimidación gravísima que impidió la defensa de la víctima” con hombres por delante y por detrás. La fiscal expuso el estado de indefensión en el que dejaron a la chica después del suceso tras el robo del teléfono. “Si se lo habían pasado tan bien, ¿no sería más normal intercambiar los números de teléfono y no robárselo a ella?”, cuestionó.


Conclusiones de las acusaciones particular y populares

La representación de la víctima la ejercieron Miguel Ángel Morán y Carlos Bacaicoa. Morán habló de un relato “consistente” de la víctima pese a declarar al principio de la vista “sin conocer los argumentos de la defensa”. El acusador particular remarcó que el perito forense que compareció ante la sala señaló que un 40% de las agresiones sexuales no dejan lesiones, como en este caso. El abogado del Ayuntamiento de Pamplona, Víctor Sarasa, describió a La Manada como un grupo que realiza “una agresión mecánica, no discuten y lo hacen con un mecanismo perfectamente engrasado”. Justificó que la víctima no prestara resistencia física: “A más resistencia, más fuerza”, pronosticó. Sarasa consideró que los vídeos son una prueba evidente y llamó la atención sobre el hecho de que uno de los acusados grabase el más largo, de 36 segundos, y no dijera nada hasta que lo encontró la policía semanas más tarde en su móvil. Para Sarasa algunas imágenes son “la expresión gráfica de la vileza” de los acusados con la chica. Por su parte, el abogado del Gobierno de Navarra, Ildefonso Sebastián se adhirió a los informes de sus compañeros y añadió la reclamación de 1.531 euros del Servicio Navarro de Salud por la atención a la chica tras el suceso.


Conclusiones de las defensas

Un total de tres abogados defendieron a los cinco acusados durante las 11 sesiones de la vista oral. Los tres coincidieron en su principal argumento de defensa: es un caso de sexo en grupo, algo “cada vez más habitual y factible” entre los jóvenes, según el abogado Jesús Pérez. Los tres justificaron el consentimiento en la ausencia de una expresión clara por parte de la víctima. Agustín Martínez Becerra relató que en su declaración la chica reconoció que el hecho de que cerrase los ojos y no dijera nada “pudieron interpretarlo como que estaba sometida o como que no” y añadió que en los vídeos grabados por los acusados “no son de asco, ni dolor, ni sufrimiento”. Dos de las defensas también apuntaron la existencia durante esos Sanfermines de un contexto que “generó influencia de terceros en el mantenimiento de la denuncia” según Jesús Pérez por las campañas institucionales contra las agresiones sexistas durante las fiestas. “Se deja llevar por un interés desmedido por parte de la policía para que denunciara una agresión sexual”, señaló el abogado. Además atribuyeron como causa de la denuncia el posible resentimiento de la chica porque la dejaran en el portal sola. La posibilidad de que la víctima supiera que la habían grabado apuntada por una policía municipal el último día de testificales se convertía en el principal punto de defensa. “Es el único motivo de la denuncia”, auguró el abogado Juan Canales, que añadió que la denunciante “entró en pánico porque pensó que las imágenes estarían en redes sociales” a las pocas horas.

Violación o escarmiento, por Manuel Jabois

EL ANÁLISIS DE LOS VÍDEOS
Los siete fragmentos de vídeo grabados durante la presunta violación con sus teléfonos móviles por dos de los acusados, un guardia civil y un militar, duran 96 segundos. A lo largo de la vista, el acusado Alfonso Cabezuelo reconoció haber borrado el más largo de ellos, que fue luego recuperado por la Policía Foral. El cuerpo autonómico realizó un extenso informe analizando cada uno de los fotogramas. En sus conclusiones afirma que la chica “adopta un rol pasivo y neutro” durante el acto sexual y que sus movimientos son “dirigidos y/o controlados” por los encausados. No hay diálogo entre ellos y la joven permanece con los ojos cerrados.

Los vídeos reflejan una mujer dirigida y controlada

LA CONTRADICCIÓN
La principal contradicción surgida en el juicio apareció en última jornada: es la de la policía municipal de Pamplona que recogió aquel 7 de julio de 2016 la primera declaración de la denunciante. A preguntas de la defensa, la agente afirmó que la chica le dijo que sabía que la habían grabado en vídeo, algo que la policía no anotó en el atestado de aquel día ni tampoco había comunicado durante la instrucción judicial. Los abogados de la defensa sostienen que es un dato fundamental porque, según ellos, apunta a la posibilidad de que la chica denunciara un acto consentido por miedo a que salieran a la luz los vídeos; las acusaciones niegan rotundamente esa tesis y creen que la agente se equivocó en el juicio porque no recordaba bien los hechos de 2016.

Los policías que atendieron a la chica descartan que fingiese

EL INFORME DE LOS DETECTIVES

Uno de los aspectos que más controversia generó en la vista oral fue la admisión como prueba de un informe encargado a unos detectives por una de las defensas sobre el comportamiento en redes sociales de la chica durante las semanas posteriores al suceso. En la última jornada del juicio ese informe se retiró porque “podía generar problemas de derecho a la intimidad”, según el abogado de la acusación Miguel Ángel Morán. Lo único que quedó fue una fotografía pública en Instagram de septiembre de 2017.

Estos informes trataban de rebatir la existencia del daño psicológico de la denunciante, por el que la fiscal solicita una indemnización de 100.000 euros para la chica y las acusaciones elevan a 250.000. Colectivos sociales y organizaciones feministas consideraron que se trataba de juzgar la vida posterior al suceso de la denunciante y criticaron duramente la decisión del tribunal.

Retirado el informe sobre la víctima

LOS ANTECEDENTES

El caso es conocido como La Manada por el grupo de Whatsapp que unía a los encausados y en el que uno de ellos, José Ángel Prenda, escribió en la madrugada de los hechos: “follándonos una entre cinco”; y anunció: “hay vídeo”. Analizando las conversaciones e imágenes encontradas en los teléfonos móviles de los cinco acusados, la Policía Foral encontró indicios de que cuatro de ellos pudieron haber agredido sexualmente a otra chica, a la que podrían haber narcotizado, en Pozoblanco (Córdoba).

Esa posible agresión se habría producido dos meses antes de los Sanfermines de 2016, durante la feria de la localidad cordobesa en la que Antonio Manuel Guerrero, uno de los acusados, estaba destinado como guardia civil. La investigación de este suceso previo al de Sanfermines fue trasladada al Juzgado de Instrucción 1 de Pozoblanco. El asunto aún no tiene fecha de juicio. La fiscalía y las acusaciones del caso de Sanfermines pidieron que se incorporaran a la causa como prueba los mensajes referidos a ese suceso, para tratar de mostrar una conducta previa de los encausados. Sin embargo, la sección segunda consideró que no había lugar para admitirlos.

Tres de los acusados —José Angel Prenda, Alfonso Cabezuelo y Ángel Boza— cuentan con antecedentes penales, aunque no son computables a efectos de reincidencia. El primer caso es un robo con fuerza, el segundo por lesiones y el tercero por conducir ebrio. Cabezuelo, además, había ingresado en el Ejército de Tierra, destinado en la Unidad Militar de Emergencias. También tenía un empleo público Antonio Manuel Guerrero, que había ingresado recientemente en la Guardia Civil. Ambos están suspendidos de sus empleos. El quinto acusado es Jesús Escudero.

Cada acusado se enfrenta a 22 años de cárcel

SESIÓN A PUERTA CERRADA
La sección segunda de la Audiencia de Navarra, encargada de juzgar el caso, comunicó un mes antes del comienzo de la vista oral que esta se llevaría a cabo a puerta cerrada. Tanto la denunciante como la acusación popular ejercida por el Ayuntamiento de Pamplona y dos de las defensas solicitaron la medida para proteger la intimidad de la joven y evitar la difusión de imágenes de los denunciados. El tribunal dictó medidas de protección especial para la chica, que declaró el 14 de noviembre. Los acusados siguieron su declaración por videoconferencia en una sala anexa. Durante todo el proceso el acceso a la información por parte de los periodistas ha pasado por el tamiz —a menudo opuesto— de los abogados de las partes, los únicos que han podido acceder a la sala.

Un juicio de 96 segundos, por Manuel Jabois

EL TRIBUNAL
El turno de asignación llevó el caso a la sección segunda de la Audiencia de Navarra, presidida por José Francisco Cobo junto a Ricardo González y Raquel Fernandino como magistrados. Según varios abogados de Pamplona, esta sección tiene fama de garantista de los derechos de defensa. Fue el tribunal el que decidió que la declaración de los cinco acusados se realizara al final del proceso de testificales y no al principio, para que los acusados pudieran escuchar antes los argumentos en su contra. Esta práctica, que se realiza en muchos sistemas penales, no es habitual en España. El más veterano de los abogados colegiados en ejercicio en Pamplona, Ángel Ruiz de Erenchun, señala que “es la primera vez que ocurre en la ciudad”, según su recuerdo.

Aplicar la ley para hacer justicia, por Mariola Urrea

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