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Las claves de los autos de la juez Carmen Lamela

La resolución que decreta prisión para los 'exconsellers' describe un plan "soberanista minuciosamente diseñado"

El País
Varios ex miembros del Govern, a su llegada a la Audiencia.
Varios ex miembros del Govern, a su llegada a la Audiencia.Luis Sevillano

La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha decretado prisión incondicional sin fianza para el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y para siete exconsellers, mientras que ha impuesto una fianza de 50.000 euros al exconseller Santi Vila para poder eludir la cárcel. Además de Junqueras van a prisión los exconsellers Jordi Turull (Presidencia), Josep Rull (Territorio), Meritxell Borràs (Gobernación), Raül Romeva (Asuntos Internacionales), Carles Mundó (Justicia), Dolors Bassa (Trabajo), Joaquim Forn (Interior) y Santi Vila (Empresa).

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Consulta el texto íntegro de los autos

Estos son los argumentos clave de los autos:

El proceso independentista

"Los querellados jugaron un papel activo, impulsando el proceso soberanista minuciosamente diseñado y franqueando toda clase de barreras que pudieran desviarles de su última finalidad", la declaración de independencia, indica el auto de la juez, al perfilar los delitos de "cierta gravedad" cometidos.

“La acción de los querellados fue meditada y perfectamente preparada y organizada, reiterando durante más de dos años el incumplimiento sistemático de las resoluciones del Tribunal Constitucional en pro de la independencia”, indica el auto.

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En el auto, la juez menciona tanto el referéndum ilegal del pasado 1 de octubre como la declaración de independencia del Parlament del pasado día 27, aunque consideran que los hechos se remontan a 2015, cuando se aprobó la resolución que dio inicio al proceso independentista. La magistrada destaca la relevancia del documento denominado EnfoCATs, incautado en el departamento de Economía de la Generalitat cuyo último máximo responsable era Junqueras. “Este documento, en la práctica, se corresponde perfectamente con todos los pasos ejecutados por el Gobierno de la Generalitat durante los más de dos años transcurridos, incluida la declaración unilateral de independencia (DUI)”. Según la magistrada, este "contemplaba (...) una única y exclusiva alternativa para Cataluña: su independencia y la configuración como un Estado propio separado de España".

La acción en la calle, ANC y Òmnium

Los ahora encarcelados, según la magistrada “alentaron acciones de rechazo por la sociedad civil en contra de los funcionarios de la Policía y Guardia Civil destacados en Cataluña”.

Los imputados, según la juez, “se valieron de la población alentando actos de insurrección pública, de desobediencia y de resistencia colectiva a la autoridad legítima del Estado, ocupando al efecto carreteras, calles o edificios públicos y sometiendo a los agentes de la autoridad a un incesante acoso”.

Sobre los Mossos

La magistrada hace una mención específica a la actuación de los Mossos durante la jornada del referéndum. “En la gran mayoría de los casos, la actitud mostrada por los Mossos d’Esquadra fue pasiva, manteniéndose al margen de cualquier actuación desarrollada por la Guardia Civil, evitando intervenir incluso en los casos en los que miembros de la Guardia Civil eran agredidos”. La magistrada señala que incluso en algunos casos las agentes de la policía autonómica “llegaron a increpar e incluso enfrentarse a alguno de los agentes de la Guardia Civil que en el ejercicio de sus funciones se encontraban en el lugar”.

Los agentes bajo el mando del cesado Josep Lluís Trapero “llegaron a espiar las acciones de la Guardia Civil y de la Policía Nacional alertando a los congregados en los colegios de que las citadas fuerzas del orden se dirigían hacia determinados lugares”.

La magistrada considera que la declaración de independencia “llevaba anudada la asunción en exclusiva del mando sobre los Mossos, cuerpo policial integrado por más de 17.000 efectivos armados, con el potencial efecto intimidatorio” que estos representaban. Y recuerda que los querellados barajaron la posibilidad de otorgar a la policía autonómica funciones de seguridad externa y/o defensa.

Sobre la malversación

Para sustentar la imputación por malversación, la magistrada afirma que los querellados “han hecho posible la realización de pagos para llevar a cabo un acto no ya contrario a Derecho, sino constitutivo de delito en tanto vulnerador de la declaración de inconstitucional acordada por el Tribunal Constitucional”.

Sobre el riesgo de fuga y de destrucción de pruebas

Según el auto, los ahora encarcelados actúan “dentro de un grupo perfectamente organizado de personas, apoyados por asociaciones soberanistas con poder y capacidad para auxiliarles en su posible huida de la justicia”. La juez recuerda "el hecho de que algunos querellados ya se han desplazado a otros países eludiendo las responsabilidades penales en las que pudieran haber incurrido", en clara referencia a Carles Puigdemont y a los exconsejeros Antoni Comín, Clara Ponsatí, Meritxell Serret y Lluís Puig.

La juez aprecia además alta probabilidad de riesgo fuga porque "tampoco puede olvidarse el poder adquisitivo de los querellados que les permita abandonar fácilmente el territorio español y subsistir en el extranjero".

Sobre el riesgo de que destruyan pruebas “teniendo en cuenta los cargos que han ostentado hasta hace tan solo unos días en las principales instituciones del Govern”. Por último, sobre la posibilidad de que vuelvan a delinquir, Lamela subraya que los presuntos delitos “se han venido planificando y realizando de forma consciente por los querellados durante más de dos años”. Todos ellos, sigue la juez, “reincidieron constantemente en actuaciones contrarias a las resoluciones del Constitucional”.

Sobre la no suspensión de la declaración

En el auto por el que envía a prisión incondicional a Oriol Junqueras y otros siete exconsellers, la juez Carmen Lamela detalla que no ha acordado la suspensión de las declaraciones porque los escritos que han presentado en la Audiencia Nacional esta misma mañana no llegaron a sus manos hasta que había finalizado la toma de declaraciones. Además, Lamela recuerda que ninguno de ellos tampoco lo ha hecho verbalmente al inicio de la diligencia y que simplemente se limitaron a manifestar que únicamente iban a contestar a las preguntas que les formularan los abogados de su defensa porque no habían tenido “el tiempo suficiente para examinar la querella y preparar su defensa”. La juez detalla que la única petición verbal de suspensión de la declaración la hizo el defensor de Jordi Turull, pero que únicamente alegó que el abogado de otro de los investigados no se encontraba presente en ese momento porque asistía a la presidenta del Parlament, Carmen Forcadell, en el cercano Tribunal Supremo. Lamela señala que también desestimó esa petición porque el letrado ausente, que era el único que podía alegar dicha circunstancia, no hizo la petición.

Santi Vila

A diferencia del resto de consejeros, la juez ha fijado, en otro auto, prisión eludible con fianza para el exconsejero de Empresa Santi Vila. El auto le atribuye los mismos hechos supuestamente delictivos que al resto. En Vila, sin embargo, no concurre uno de los tres motivos que justifican la prisión provisional: el riesgo de reiteración delictiva. La juez recuerda que el exconsejero “desistió voluntariamente de proseguir con el proceso soberanista” el pasado 26 de octubre, “un día antes de que la DUI fuera votada en el Parlament”. Esa renuncia “pone de manifiesto su voluntad contraria a consumar el intento secesionista”.

“En atención a las especiales circunstancias”, la juez decide enviarle a prisión eludible si paga una fianza de 50.000 euros en metálico.

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