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El juez del Alvia cita como imputados al director de Seguridad de Renfe y tres técnicos de Ineco

El magistrado indaga si hubo una correcta evaluación de riesgos de la línea ferroviaria donde descarriló el tren

El tren accidentado en la curva de Angrois.
El tren accidentado en la curva de Angrois.ÓSCAR CORRAL

El juez de Santiago que investiga el accidente del tren Alvia en 2013 en el que fallecieron 80 personas ha citado como investigado en la causa al entonces director de Seguridad en la Circulación de Renfe, Antonio Lanchares, y a tres técnicos de la empresa pública de ingeniería Ineco encargados de realizar el informe de evaluación independiente.

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El magistrado los ha citado para que comparezcan en la ronda de interrogatorios prevista para el 7 y 8 de noviembre y en su último auto también ha reiterado la petición de un informe a la Agencia Europea del Ferrocarril, según informaron fuentes del Tribunal Superior de Galicia.

Cuatro años después del fatídico accidente son ya cinco los técnicos investigados en este caso, además del maquinista que en el momento del siniestro conducía el convoy atendiendo una llamada del interventor. El instructor ha acordado mantener como imputado al exdirector de Seguridad en la Circulación de Adif, Andrés Cortabitarte, también responsable de evaluar los riesgos inherentes a la línea ferroviaria Santiago-Ourense en la que se produjo el descarrilamiento, cuya declaración ha sido determinante para ampliar la lista de imputados en esta complejo proceso.

Precisamente a raíz de la declaración de Cortabitarte el pasado 27 de julio, dice el juez que ha resultado imprescindible recabar el testimonio de Antonio Lanchares, al haberlo situado su predecesor en un plano de "idéntico grado de responsabilidad" en cuanto a la evaluación de riesgos que pudiese resultar causal en el trágico accidente.

En base a la declaración prestada por Andrés Cortabitarte, el auto incide en que la tarea de evaluación de riesgos previa a la puesta en funcionamiento de la línea no era una competencia exclusiva de Adif, al ser compartida con la operadora ferroviaria. Y añade que en caso de advertir algún peligro, podría incluso cuestionar u oponerse a la emisión del perceptivo certificado de seguridad que habría de emitir la Dirección de Seguridad en la Circulación de Adif.

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Expone el juez que no se puede obviar que fue el Lanchares el que, al poco tiempo de inaugurarse la vía, solicitó de la dirección de seguridad en la circulación de Adif la desconexión del ERTMS que fue autorizada el mismo día por Cortabitarte. Todo ello, incide el magistrado, sin que conste que, con carácter previo, se hubiere realizado una previa evaluación del riesgo que podría representar para la seguridad en la circulación tal desconexión que, “si bien en principio se preveía temporal, a la postre se mantuvo durante casi un año y estaba vigente a la fecha del accidente”.

También explica el instructor que no es éste todavía el momento de valorar qué incidencia causal pudo tener tal decisión respecto del siniestro, “pero resulta necesario esclarecer si tal decisión fue precedida o no de una correcta evaluación de los riesgos que tal desconexión podría comportar, particularmente a la hora de conjurar el descarrile por exceso de velocidad o descuido del maquinista a la postre, fue la causa directa e inmediata”, apunta el auto.

En relación al Ineco, el auto también recoge el testimonio de Cortabitarte respecto a la función de sus técnicos cuando afirmó que no se limitaba a una mera labor auditora exenta de capacidad decisoria o propositiva, sino que eran estos profesionales los encargados de efectuar la evaluación de riesgos y comunicarlos al Adif. De tal modo que en el momento de elaborar dicho informe, todos los riesgos se "considerasen tolerables, incluidos los exportados al maquinista", añade el juez.

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