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El Constitucional suspende de urgencia la ley del referéndum

El tribunal apercibe a los 948 alcaldes catalanes y a 62 cargos de la Generalitat de que no pueden participar en la organización del 1-O

Sede del Tribunal Constitucional.Foto: atlas | Vídeo: VÍCTOR SAINZ / ATLAS

El Tribunal Constitucional ha suspendido la pasada noche de forma cautelar la Ley del Referéndum aprobada el miércoles por el Parlamento de Cataluña y los decretos firmados para la consulta de autodeterminación del próximo 1 de octubre. El órgano presidido por Juan José González Rivas se reunió de urgencia por la tarde tras recibir las cuatro impugnaciones formuladas por el Gobierno contra el contenido de la norma, contra el decreto de convocatoria firmado por el presidente catalán, Carles Puigdemont, y contra el nombramiento de los cinco miembros de la Sindicatura Electoral. 

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El Constitucional también ha acordado apercibir personalmente a los 948 alcaldes catalanes, a al menos 62 altos cargos de la Generalitat, a los responsables de los Mossos y a los medios públicos catalanes, entre otros, a quienes les recuerda el deber de obedecer la prohibición de no participar en la organización del referéndum del 1-O. Y se les avisa de que, en caso de no acatar la prohibición, se enfrentan a responsabilidades incluso penales.

El tribunal ha acordado la notificación personal de la resolución a todos ellos y les recuerda su "deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada". No obstante, no ha atendido a la petición del Ejecutivo de deducir testimonio [abrir la vía penal] contra el presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y los consejeros firmantes de la convocatoria.

La suspensión cautelar de esas resoluciones es automática una vez que el Tribunal Constitucional -reunido durante hora y media- ha admitido a trámite los escritos del Gobierno. Ahora bien, ni la admisión a trámite ni la suspensión cautelar determinan cuál será el sentido del fallo sobre el fondo de todos los asuntos, aunque el Gobierno ha pedido la nulidad de todos ellos.

El alto tribunal ha admitido a trámite el incidente de ejecución de sentencia presentado por el Gobierno contra los acuerdos de la Mesa del Parlament que dieron curso a la ley del Referéndum en la Cámara autonómica. El Ejecutivo central impugnó los acuerdos de la admisión a trámite de la norma, los que rechazaban reconsiderar esta admisión; los que introdujeron el debate y votación en el orden del día del Pleno del 6 de septiembre, los que permitieron suprimir los trámites esenciales del procedimiento parlamentario y todos los actos subsiguientes. El Gobierno entiende que estas decisiones de la Mesa del Parlament van contra la sentencia del Constitucional del 2 de diciembre de 2015 que anulaba la declaración soberanista que abría el proceso de secesión.

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El Constitucional ha dado traslado de su decisión a la Fiscalía y a la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, a la que ha permitido personarse en el procedimiento, como pidió el miércoles en el escrito por el que recusaba en bloque a los doce magistrados del Constitucional, maniobra que ha sido rechazada.

El Pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado de plano este jueves por “impertinente y abusiva” la recusación contra sus 12 magistrados formulada el miércoles por la presidenta del Parlamento catalán, Carme Forcadell, según informan fuentes jurídicas. El Pleno, presidido por Juan José González Rivas, ha desestimado la maniobra de Forcadell sin siquiera admitirla a trámite. La presidenta del legislativo autonómico había presentado la recusación contra todos los magistrados de forma general sin vincularla a una causa concreta minutos antes de que la Mesa del Parlament diera curso al debate y aprobación de la Ley del Referéndum catalán.

El pleno señala que la recusación está “genéricamente formulada” y que aunque va dirigida contra los 12 magistrados en realidad “va dirigida al órgano mismo y no a sus integrantes”. El auto recuerda que el Constitucional es un órgano único en su género, ajeno al Poder Judicial, y que sus 12 magistrados no pueden ser sustituidos de forma interna. El Tribunal señala que una recusación a todos sus miembros “carece de sustantividad jurídica y no es acreedora de una decisión sobre el fondo”.

Admitir la recusación en bloque, afirma el auto, "supondría una paralización inaceptable del ejercicio de la jurisdicción constitucional". El tribunal recuerda que los casos de recusación dirigidos contra el conjunto de magistrados han sido calificados de "impertinentes y abusivos" en otros autos y "deben ser rechazados sin más".

En el mismo escrito, Forcadell había pedido personarse en el eventual incidente de ejecución de sentencia promovido por el Gobierno contra la admisión a trámite de la Ley del Referéndum, que todavía no se había producido en ese momento. El Tribunal decide en su auto posponer su decisión sobre la personación de Forcadell en ese procedimiento abierto contra el incumplimiento de la sentencia del Constitucional del 2 de diciembre de 2015 en el que anulaba la resolución independentista del Parlament que abría el proceso constituyente en Cataluña.

Carme Forcadell, investigada por permitir que se votaran dos resoluciones a favor del referéndum de independencia en Cataluña, registró el miércoles la recusación de los 12 miembros del Tribunal Constitucional por "falta de imparcialidad". El recurso buscaba retrasar la respuesta del Alto Tribunal (cuyo pleno ya estaba reunido en Madrid) a la decisión de los independentistas de comenzar a tramitar ese mismo día la Ley del referéndum en el Parlament.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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