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Iglesias cambia puntos clave de las normas de Podemos sin que los voten las bases

Los nuevos estatutos permiten relevar más fácilmente a una dirección crítica

Elsa García de Blas
El líder de Podemos, Pablo Iglesias, junto al del PSOE, Pedro Sánchez, en Barcelona para asistir a la concentración de apoyo a las víctimas del atentado.
El líder de Podemos, Pablo Iglesias, junto al del PSOE, Pedro Sánchez, en Barcelona para asistir a la concentración de apoyo a las víctimas del atentado.Borja Puig de la Bellacasa (EFE)

Podemos se enfrenta a la primera rebelión interna desde Vistalegre 2 que no se corresponde con ninguna familia del partido. El motivo del conflicto, que ha levantado en armas a la presidenta y parte de la comisión de garantías estatal —el órgano disciplinario y el poder judicial de Podemos— así como a cinco de las comisiones autonómicas, son los nuevos estatutos del partido aprobados a finales del mes de julio por la ejecutiva. La nueva norma interna, que no ha sido votada por las bases en el congreso, modifica aspectos clave del funcionamiento de Podemos. La ejecutiva está mandatada a trasponer en unos nuevos estatutos los documentos organizativos aprobados en el congreso, pero la norma aprobada este verano ha aprovechado para modificar parte de la arquitectura organizativa del partido.

Estos son los cambios más relevantes:

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Estatutos modificados sin que vote un congreso. Vistalegre 2 estableció que la asamblea ciudadana (el congreso) es la competente para aprobar cambios estatutarios. Los nuevos estatutos permiten cambios en esa norma fundamental —esto es, en sí mismos— de forma “delegada”, lo que abre la puerta a que lo hagan los órganos ejecutivos y no el máximo órgano decisorio de Podemos.

Nuevo régimen disciplinario. Los estatutos contienen una nueva y completa regulación de las sanciones a los militantes. En línea con el control que la cúpula quiere mantener sobre la publicación de asuntos internos de Podemos, la norma incorpora sanciones a quienes filtren asuntos a la prensa. Se castiga, así, “transmitir o filtrar información interna que comprometa la actuación de sus órganos, la acción política de la organización o la buena imagen de las personas que la representan”.

Además, el procedimiento cambia para que sean los órganos políticos —las ejecutivas— las que asuman las competencias en materia de sanciones, instrucción y resolución, quedando las comisiones de garantías como meras instancias de recurso. La secretaría de organización reconoce que este régimen disciplinario no aparecía en el documento organizativo que el equipo de Pablo Iglesias presentó en el congreso —y que salió elegido— ya que, argumenta, no es “lo más sexi para una Asamblea”, pero el régimen disciplinario se exige para la inscripción en el registro de Interior.

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Gestoras autonómicas más rápidas y sencillas. Los estatutos contienen más facilidades para destituir a una dirección crítica autonómica, en pleno conflicto de la dirección estatal con la dirección de Podem, su marca catalana. La norma permite convocar una asamblea revocatoria cuando se produzca “cualquier elemento fáctico que ponga en cuestión los principios fundamentales de la estrategia aprobada por la asamblea ciudadana de Podemos” sin límite de plazo por decisión de la ejecutiva y de un 20% de los militantes, un 25% de los círculos o mayoría absoluta del la ejecutiva autonómica.

Pero si no es posible, aparece una nueva figura, el “equipo técnico”, que podrá dirigir el partido a escala autonómica. Esto es, una gestora. La ejecutiva podrá imponerla hasta la siguiente asamblea. Hasta ahora, solo podía convocarse una asamblea que destituyera a la anterior 18 meses después de la última celebrada. 

La autonomía de las comunidades, restringida. El documento organizativo de Vistalegre 2 apostaba por la descentralización territorial y permitía que las comunidades establecieran criterios organizativos propios. Los estatutos dan carta blanca a la ejecutiva para constreñir esa autonomía organizativa por vía reglamentaria.

La presidenta apartada recibe más apoyos

La presidenta de la comisión de garantías estatal de Podemos, Olga Jiménez, se encuentra suspendida provisionalmente de sus funciones tras promover un dictamen de la comisión que anuló parte de los estatutos aprobados en julio. La ejecutiva de Podemos le ha abierto un expediente tras recibir una denuncia contra ella por “excederse de sus funciones” presentada por tres miembros de la comisión. Estos tres denunciantes tendrían que ser quienes resolvieran el expediente incoado.

La presidenta apartada, que denuncia su intento de expulsión del partido, ya ha recibido el apoyo de cinco comisiones de garantías autonómicas (Madrid, Cataluña, Navarra, Comunidad Valenciana y La Rioja), y ayer 45 miembros y exmiembros de 13 comisiones suscribieron un manifiesto en su defensa y en apoyo a la anulación parcial de los estatutos. El comunicado habla de “usurpación de funciones” en la comisión actual, toda vez que se entiende ilegítimamente apartada a la presidenta.

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Sobre la firma

Elsa García de Blas
Periodista política. Cubre la información del PP después de haber seguido los pasos de tres partidos (el PSOE, Unidas Podemos y Cs). La mayor parte de su carrera la ha desarrollado en EL PAÍS y la SER. Es licenciada en Derecho y en Periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid y máster en periodismo de EL PAÍS. Colabora como analista en TVE.

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