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El Poder Judicial veta que funcionarios de la Generalitat accedan a las bases de datos de los tribunales catalanes

El órgano de gobierno de los jueces respalda el rechazo de los jueces catalanes al plan del Govern para inspeccionar su trabajo

Reyes Rincón
El consejero de jUsticia de Cataluña, Carles Mundó.
El consejero de jUsticia de Cataluña, Carles Mundó. A. GARCÍA

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) rechaza que funcionarios de la Generalitat visiten los juzgados catalanes y accedan a sus sistemas informáticos para evaluar el funcionamiento de la justicia en la Comunidad. El órgano de gobierno de los jueces ha respaldado este jueves el acuerdo de la sala de gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) del pasado 30 de mayo por el que se denegó a la Generalitat la autorización para acceder a sus sistemas de gestión como su plan Visión justicia: sistema de evaluación y mejora.

El CGPJ ya advirtió en junio, tras reunirse con representantes de la Generalitat, que ese plan invade las competencias para inspeccionar los juzgados que tiene en exclusiva el órgano de gobierno de los jueces. Con todo, el CGPJ tendió la mano al Gobierno de Carles Puigdemont para colaborar en la búsqueda de “fórmulas que permitan mejorar la eficiencia de los medios personales y materiales” que dependen de la Administración autonómica.

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Tras esa reunión, el órgano de gobierno de los jueces se comprometió también pronunciarse sobre el acuerdo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que denegó a la Generalitat la autorización para acceder a los juzgados y a sus ordenadores. Durante las últimas semanas el gabinete técnico del CGPJ ha elaborado un informe sobre el plan catalán y ese documento es el que ha aprobado este jueves la Comisión Permanente del Consejo. El informe insiste en que las Comunidades Autónomas no pueden “ejercer labores o cometidos que materialmente sean actos de inspección” de los órganos judiciales y entiende “ajustado a derecho en su integridad” el acuerdo de la Sala de Gobierno del TSJC.

El texto aprobado por el CGPJ afirma que el artículo 122.2 de la Constitución “atribuye de modo inequívoco al Consejo la inspección”; y añade que la doctrina constitucional ha establecido que, frente al “núcleo esencial” de lo que debe entenderse por Administración de Justicia, existe un conjunto de medios personales y materiales que no se integra en él, sino que se coloca al servicio de la Administración de Justicia y “en cuanto no resultan elemento esencial de la función jurisdiccional y del autogobierno del Poder Judicial, cabe aceptar que las Comunidades Autónomas asuman competencias sobre esos medios personales y materiales”.

“Por ello, respetando el marco competencial del Estado, que en lo que a la actividad de inspección de Juzgados y Tribunales resulta atribuida al Consejo General del Poder Judicial (…), no es posible que servicios, unidades o equipos dependientes del Departament de Justícia de la Generalitat de Cataluña lleven a cabo actuaciones que, más allá de su denominación, signifiquen el ejercicio material de una función inspectora de Juzgados y Tribunales”, concluye el informe.

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El documento dice que la Comunidad Autónoma sí puede ejercer labores de control y mejora del conjunto de medios personales y materiales que quedan dentro de sus competencias. Si quiere hacerlo, añade el informe, tendrá que arbitrar los mecanismos oportunos, “desde el punto de vista de la colaboración institucional”, que permitan que el Gobierno autonómico pueda conocer y obtener los datos precisos que necesite.

Entre esos mecanismos posibles el texto cita los siguientes: ejercer la facultad de instar del Consejo que ordene la inspección de cualquier Juzgado o Tribunal que la Ley Orgánica del Poder Judicial atribuye al Ministerio de Justicia, de conformidad con la cláusula subrogatoria recogida en el artículo 109 del Estatuto de Cataluña; solicitud de información estadística pertinente a los fines competenciales expresados; solicitud de acceder a datos de los ficheros de las oficinas judiciales a los mismos fines; participar los equipos de la Secretaría de Relaciones con la Administración de Justicia, junto con las Unidades Inspectoras del CGPJ, en las visitas de inspección que el Consejo realice el órganos judiciales con sede en Cataluña, al objeto de cumplir sus cometidos dentro de sus competencias, previa comunicación de su interés al Servicio de Inspección del órgano de gobierno de los jueces.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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