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El Constitucional rechaza otro recurso contra el copago para garantizar la sostenibilidad de la seguridad social

El tribunal niega que el real decreto de 2012 del Gobierno invada las competencias autonómicas vascas

El Tribunal Constitucional en una imagen de archivo.
El Tribunal Constitucional en una imagen de archivo. ALVARO GARCÍA

El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso del Gobierno Vasco contra el real decreto que el Gobierno del PP aprobó en 2012 "para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud", que incorporó el copago farmacéutico, y ha negado que invada competencias autonómicas. Además, el tribunal avala la situación de "extraordinaria y urgente necesidad" que alegó el Ejecutivo para aprobar esta normal. Este es el mismo argumento que utilizó el tribunal el pasado mes de abril al desestimar el recurso de la Junta de Andalucía contra el mismo decreto.

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El Constitucional considera que le corresponde "solo" al Estado, por su competencia exclusiva sobre "las bases de coordinación general de la sanidad", "determinar los supuestos y las condiciones en los que procede la financiación adicional de esa prestación con cargo al usuario del servicio", esto es, el copago.

Además, el tribunal considera que la regulación sobre el copago farmacéutico que establece este real decreto responde a la "legítima finalidad de contribuir a la sostenibilidad" del sistema sanitario. "Esto justifica la aprobación de medidas de uso racional de los medicamentos y de control del gasto farmacéutico, entre las que se encuentra la aportación económica del usuario".

El recurso que presentó el Ejecutivo socialista de Patxi López en 2013, contra varios artículos del citado real decreto, alegaba que invadía competencias autonómicas y que las medidas introducidas no se justificaban con una "extraordinaria y urgente necesidad". Iñigo Urkullu, elegido lehendakari en las elecciones de finales de 2012, acordó seguir adelante con el paso del ejecutivo socialista. 

La sentencia no es unánime, ya que incluye dos votos particulares de sendos magistrados. Uno de estos cuenta con la adhesión de dos miembros más del pleno del Constitucional. Estos consideran que el hecho de que el copago entrara en vigor "dos años después de su aprobación" pone en "entredicho la concurrencia de la extraordinaria y urgente necesidad". Además apuntan que no se dio una "estimación ni explicación general" de la reducción del gasto que supondrían las medidas del real decreto.

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