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El final de ETA

El etarra Troitiño llega a España tras cinco años de lucha judicial para su entrega

El terrorista está procesado por reintegrarse en la banda tras ser excarcelado en 2011 por error

Fernando J. Pérez
El etarra Antonio Troitiño este viernes en el aeródromo de Cuatro Vientos.
El etarra Antonio Troitiño este viernes en el aeródromo de Cuatro Vientos. Ministerio de Interior
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Antonio Troitiño Arranz, uno de los terroristas más sanguinarios de ETA, ha aterrizado este viernes en el aeródromo de Cuatro Vientos en un avión de la Policía, después de que el pasado 28 de abril el Reino Unido autorizara su extradición, tras una lucha legal de cinco años de las autoridades españolas. El etarra estaba reclamado para que se le notificara su procesamiento por integración en ETA, después de que supuestamente se enrolara en la banda tras ser excarcelado en abril de 2011 por un error en el cómputo de su condena. El terrorista ha sido enviado a prisión hasta el próximo lunes, cuando el juez José de la Mata le comunicará su procesamiento.

Troitiño se refugió en el Reino Unido tras su salida de prisión en España. En junio de 2012, el terrorista fue detenido en Londres y encarcelado a la espera de que se resolviera una orden de detención y entrega contra él cursada por la Audiencia Nacional para que siguiera cumpliendo la condena que se había interrumpido por un fallo burocrático. Sin embargo, la derogación de la llamada doctrina Parot por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos supuso que las penas de Troitiño en España quedaran ya cumplidas y aquella orden quedó sin efecto.

En febrero de 2013, Troitiño fue detenido de nuevo en Londres en una vivienda que compartía con otro etarra, José Antonio Lerín. En el registro del domicilio se incautaron a Troitiño seis DNI españoles, dos permisos de conducir y dos tarjetas sanitarias europeas, todos ellos falsos y supuestamente proporcionados por el aparato logístico de ETA. Este hecho llevó a que la Audiencia Nacional le imputara por integración en organización terrorista y le procesara.

Procedimiento tortuoso

Antes de su excarcelación Troitiño había cumplido más de 24 años en prisión. Cuando salió de la cárcel después de cumplir condena, las Fuerzas de Seguridad del Estado comprobaron que había conseguido documentación falsa y que había salido del territorio nacional pasando a la clandestinidad, para incorporarse otra vez en las filas de ETA. Troitiño hizo llegar una fotografía suya al sub-aparato de falsificación de ETA, que le entregó seis documentos de identidad españoles simulados con su fotografía. Desde su fuga, durante años, los jueces y fiscales de la Audiencia Nacional intentaron conseguir la entrega de este miembro de ETA.

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El tribunal ha tenido que tramitar hasta cuatro Órdenes Europeas de Detención. Primero la Sala de lo Penal, después el juez Pablo Ruz, y finalmente, el juez José de la Mata, con las dos últimas Órdenes Europeas de Extradición y otras tantas Comisiones Rogatorias, procedimientos de auxilio judicial entre Estados. Los autos de los jueces españoles chocaban con las resoluciones de los tribunales británicos, que en varias instancias acogieron los argumentos de la defensa de Troitiño.

Cuando en algún momento se concedió la entrega, posteriormente un tribunal superior británico la denegaba por distintas razones. Así, por ejemplo, el 31 de julio de 2015, con la entrega concedida, el Juzgado Central de Instrucción número 5 conoció que la High Court of Justice (equivalente a un tribunal superior de Justicia español) había estimado el recurso de Troitiño y rechazaba de nuevo la entrega que había sido concedida por un juez británico de distrito.

La High Court argumentaba que no era necesaria la presencia de Troitiño en España porque había otras vías posibles, como por ejemplo practicar la declaración por videoconferencia. Ante esta decisión, el juzgado, ya en plenas vacaciones de agosto reaccionó para recurrir, a través de la Fiscalía británica, los argumentos de los jueces ingleses.

Por sugerencia de la Fiscalía británica, el juzgado asumió, en aplicación del principio de confianza mutuo, los criterios impuestos por la High Court y tramitó una comisión rogatoria solicitando la práctica de esa videoconferencia que sugerían los ingleses. La sorpresa del juzgado fue cuando dos meses después, la United Kingdom Central Authority –la agencia británica agencia de cooperación judicial internacional- comunicaba que tampoco era procedente la videoconferencia porque en el Reino Unido una persona que está definida como “acusada” no puede declarar por videoconferencia. Y tampoco autorizaban que Troitiño declarase ante un juez británico.

En la escalerilla del avión

Ante ese aparente callejón procesal sin salida, el juzgado probó, el 21 de octubre de 2015, una nueva OED, la cuarta y última. En ese escrito, el juez José de la Mata explicaba a sus colegas británicos que si Troitiño no estaba a disposición de la justicia española es porque estaba fugado y que precisamente no se podía concluir la causa abierta contra él por la ausencia de esta persona, que se había sustraído a la actuación del Tribunal y estaba en situación de rebeldía. Y que pese a respetar la decisión británica de optar por medios alternativos como la videoconferencia, las propias autoridades británicas habían descartado también esta opción.

Ante esta situación, la única vía que le quedaba al juez De la Mata era reiterar en esa cuarta OED la detención y entrega de la persona reclamada, porque la legislación española impide juzgar en rebeldía. Su presencia, según de la Mata, era “inexcusable”.

Los argumentos de esta cuarta OED, cursada hace año y medio, son los que finalmente han conseguido que se haga efectiva la entrega de Troitiño. Una entrega que se iba a formalizar hace dos meses y que de nuevo se paralizó, cuando el miembro de ETA se encontraba a punto de subir al avión que había enviado el Ministerio de Interior español para conducirle a España.

Un juez británico distinto a los anteriores, paralizaba esa entrega porque el abogado de Troitiño había planteado una medida cautelar y la petición de asilo.

Ahora ya, descartada también esta última opción, hoy el detenido ha pisado suelo español y ha sido trasladado a prisión. El lunes, el juez De la Mata le comunicará que está procesado por el único delito por el que Reino Unido ha concedido su entrega, el de integración en organización terrorista. La justicia española no podrá acusarle de falsificación en documentación oficial, tal y como figuraba inicialmente en la causa, porque este delito no ha sido aceptado por los jueces británicos.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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