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Un hombre deberá indemnizar a su expareja por el trabajo doméstico

La mujer abandonó su actividad laboral para dedicarse en exclusiva a las labores del hogar y recibirá una compensación de 23.628 euros

Una mujer cocina croquetas.
Una mujer cocina croquetas.JOAN SÁNCHEZ

Una pareja, que se casó en régimen de separación de bienes, se separó un tiempo. Durante ese paréntesis, él contrató a una empleada de hogar. En enero de 2007 se reconciliaron. Ella dejó su actividad laboral y se dedicó en exclusiva a las tareas del hogar, hasta que en 2013 se divorciaron. Ahora el exmarido deberá pagar a su expareja una indemnización de 23.628 euros porque durante esos años él se ahorró el sueldo de una trabajadora doméstica y aumentó su patrimonio mientras ella no se ha visto beneficiada económicamente por el esfuerzo dedicado a su familia, según la sentencia de la Audiencia de Cantabria.

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La Audiencia ha confirmado este miércoles lo que ya dictó el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Castro Urdiales, que estimó la demanda presentada por la mujer, según Efe. El hombre, que ya recurrió aquella decisión judicial, podría llevar también su caso ante el Supremo.

La indemnización "viene a compensar el tiempo efectivamente dedicado al trabajo del hogar", dice la sentencia. "El cónyuge que se ha dedicado a trabajar fuera del hogar familiar ha podido con sus ingresos aumentar su patrimonio personal, mientras que el otro ha dedicado su tiempo y esfuerzo a la atención de la familia, no viendo beneficiada su posición económica al final del régimen de separación de bienes", añade el tribunal.

El trabajo doméstico como "forma de aportación a los gastos comunes"

La indemnización, que es compatible con una pensión compensatoria, se fundamenta en "la previa contribución en especie por parte de uno de los cónyuges". "Puede contribuirse con el trabajo doméstico, no siendo necesario, por tanto, que ambos cónyuges aporten dinero u otros bienes para sufragar las cargas del matrimonio", abunda la sentencia, que insiste en que el trabajo para la casa es considerado como "una forma de aportación a los gastos comunes".

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Este esfuerzo "no sólo es una forma de contribución", sino que constituye también "un título para obtener una compensación en el momento de la finalización del régimen".

Para calcular la cuantía de la indemnización, el juzgado de instancia ha tenido en cuenta el periodo de convivencia de seis años y el salario mínimo interprofesional reducido en un cincuenta por ciento, dado que "el trabajo prestado también redundó en la satisfacción de las necesidades propias" de la mujer.

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