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El honor perdido del coronel que acosó sexualmente a la comandante

Un juez rechaza la demanda por injurias del militar condenado por abuso de autoridad contra Zaida Cantera

Miguel González
La diputada socialista Zaida Cantera en los pasillos del Congreso.
La diputada socialista Zaida Cantera en los pasillos del Congreso.Uly Martín

No fue un programa de televisión ni un libro lo que afectó al honor del coronel Isidro de Lezcano-Mújica, sino su comportamiento cuando  acosó sexualmente a la comandante Zaida Cantera. Así lo ha concluido el juzgado de instrucción número 18 de Sevilla, que ha desestinado la demanda de protección al honor interpuesta por el coronel contra su antigua subordinada en el Ejército, ahora parlamentaria en el Congreso, y contra la exdiputada Irene Lozano y le ha condenado al pago de las costas del proceso.

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El coronel Lezcano-Mújica, que en su día fue condenado a dos años y 10 meses de cárcel por abuso de autoridad y trato degradante a un inferior por acosar sexualmente a la comandante, intentó primero que la jurisdicción militar condenase a su víctima por un delito de insulto a superior y, al archivarse el caso, presentó una demanda contra ella e Irene Lozano por la vía civil.

El coronel, que se reincorporó al servicio activo en el Ejército tras cumplir su condena, acusaba a Cantera y Lozano de injurias contra su honor y de alentar un “linchamiento mediático” contra él por sus declaraciones en el programa Salvados, emitido por La Sexta el 8 de marzo de 2015, coincidiendo con el Día de la Mujer, y por el contenido del libro “No mi general”, del que son coautoras la exmilitar y la exparlamentaria de UPyD y PSOE Irene Lozano.

El juez admite que algunos de los hechos narrados en el programa de televisión y en el libro no fueron confirmados en la sentencia del Tribunal Militar Central, ratificada por el Supremo, que condenó al coronel, pero advierte de que eso no significa que sean falsos, pues los tribunales concluyeron que hubo acoso sexual y actitud amenazante, que llegó incluso a la violencia física, contra la entonces comandante. “Los hechos probados [por el Supremo] son mucho más graves que las afirmaciones por las que el demandante dice haberse sentido ofendido”, advierte el juez.

El fallo recuerda que “la información veraz es un derecho protegido por el artículo 20 de la Constitución” y que “la exposición de una información veraz no atenta contra el honor”. En conclusión, “valorando la prueba en su conjunto y el contexto en que se narran los hechos, entendemos que no existe intromisión alguna en el derecho al honor”, concluye la sentencia. El fiscal, que inicialmente apoyó la demanda, en la que el coronel reclamaba una indemnización, pidió finalmente su desestimación.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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