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La desigual suerte de las tramas políticas del ‘caso Nóos’

Los cinco acusados de Baleares han sido condenados frente a la absolución de todos los valencianos

La sentencia del caso Nóos ha repartido una suerte desigual entre los implicados políticos del caso. El expresidente de Baleares, Jaume Matas, es el cargo político que ha recibido la condena más elevada, 3,8 años de cárcel y siete de inhabilitación por prevaricación —en concurso con falsedad y malversación— y fraude. Cuatro de sus altos cargos han sido sentenciados a penas sustituibles por multas. Los acusados de la Administración valenciana han sido absueltos.

El expresidente balear Jaume Matas
El expresidente balear Jaume MatasTOLO RAMÓN

Las altas penas de cárcel impuestas por la Audiencia Provincial de Palma a antiguos cargos de los Gobiernos autónomos de los últimos años llevaron a los acusados de la rama balear a encarar el juicio con la misma tesis y colaborar con la fiscalía para reconocer las ilegalidades y beneficiarse de las atenuantes. Esto les permitió llegar al final del proceso con peticiones de pena por parte de Anticorrupción que, en la mayoría de los casos, no implicaban el ingreso en prisión. Esa confesión fue el anticipo de los delitos que la sentencia considera probados en la tramitación de los convenios por los que el Instituto Nóos celebró en Palma dos foros de turismo y deporte en 2005 y 2006 por 2,2 millones de euros.

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Las magistradas señalan que la decisión de contratar a Urdangarin fue tomada “unilateralmente” por el entonces presidente Matas y que luego fue “revestida de legalidad”. A pesar de que las magistradas reconocen que la contratación del entonces Duque de Palma se produjo “por la utilización” que éste hizo “de su prestigio como miembro de la Casa Real”, recalcan que el evento “se realizó” y no ha resultado acreditado que la cantidad de 1,2 millones de euros recibida por el Instituto Nóos en el primer foro hubiera sido distraída o no aplicada a los gastos incurridos para la organización de la cumbre”.

Un razonamiento distinto el que dan a los foros organizados en Valencia en 2004 y 2005 con un coste de 3,6 millones de euros. Las magistradas lo vinculan estrechamente a la elección de la ciudad como sede de la America’s Cup de Vela y consideran que los foros en este caso “eran una necesidad de Valencia y no nacieron de la proximidad de Urdangarin a la Jefatura del Estado”. El fallo no considera fundado que la fórmula del convenio se eligiera para evitar la Ley de Contratos ni que las cantidades pagadas por los eventos “fueran desproporcionadas” en relación con el tipo de actos que contrataba la Ciudad de las Artes y las Ciencias de Valencia.

La “diligencia” de Madrid

La tercera rama territorial sentó en el banquillo a la consejera delegada de Madrid 2016 Mercedes Coghen, que también ha sido absuelta frente a los 5,3 años que pedía para ella la Fiscalía Anticorrupción. La sentencia considera que no hubo delito en la concesión de una donación de 144.000 euros a la Fundación Cultura, Deporte e Integración Social, la entidad sucesora del Instituto Nóos, también liderada por Iñaki Urdangarin. El fallo señala que Coghen “no pudo desplegar mayor diligencia que la observada” a la hora de contratar al marido de la infanta Cristina y que de su actuación no se puede deducir que actuara “con conciencia y voluntad” de esquivar la legalidad porque, recuerdan las juezas, tampoco se dedicaba Coghen a tareas relacionadas con la contratación. También descarta que “tuviera la voluntad expresa” de beneficiar a la fundación del marido de la Infanta porque se ajustó “a los criterios de mercado” para fijar el importe de la donación. Una fórmula, la del donativo, que tampoco cuestionan.

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