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71 años de cotización contemplan al señor Parra

Un gaditano de 86 años es el trabajador con más años de afiliación a la Seguridad Social en España

Francisco Parra, en la bodega.
Francisco Parra, en la bodega.J. A. Cañas

La jubilación no es una opción para el gaditano Francisco Parra pese a tener 86 años. Cada mañana, desde hace 71 años, acude con puntualidad a su puesto de trabajo en unas bodegas de El Puerto de Santa María. “Soy el trabajador que lleva más años cotizados en España. Forma parte de mi vida y, mientras que el cuerpo aguante, aquí seguiré”, reconoce el poseedor de un mérito en la provincia con la tasa de paro más alta de España. Su último destino en la empresa es el departamento de contabilidad de las Bodegas Caballero. Allí supervisa albaranes mientras recuerda un pasado que se remonta a los años 40.

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Concretamente, fue en 1947 cuando empezó a recorrer el camino que separa su casa de las Bodegas Caballero y que aún hoy hace cada día a las 8 de la mañana. Recuerda cómo entonces, con sus 17 años recién cumplidos, el hambre de la posguerra aún acechaba en cada esquina y la Seguridad Social que protegía al trabajador era una quimera para muchos. Parra tuvo la suerte de contar con seguro desde el principio ya que antes de comenzar en las bodegas trabajaba en una panadería “en la que se horneaba el pan y eso tenía un peligro”.

Pero gracias a que su abuela le cosía a un capataz de Caballero, consiguió un trabajo en la empresa, cuando todavía su famoso ponche “ni tenía la botella plateada”. Empezó de aprendiz, luego fue embotellador y pasó a ser arrumbador (encargado de sentar las botas y trasegar, cabecear y clarificar los vinos). Todavía tuvo que pasar un tiempo de tonelero, antes de llegar a las oficinas, donde aún hoy continúa, aunque ya con la jornada reducida a dos horas al día, gracias a la jubilación parcial a la que se acogió hace un tiempo. “Sigo contribuyendo al Estado, aunque ya algo menos”, bromea el octogenario, que dice sentirse “bien, ágil y con capacidad de seguir trabajando”.

La memoria le juega alguna mala pasada, pero los recuerdos esenciales siguen intactos. Tanto, como para ser “una eminencia” entre sus compañeros. De las seis generaciones de la familia Caballero, él ya ha conocido a tres. “He visto crecer a los que ahora dirigen la empresa”, explica con evidente emoción. No hay rincón de las bodegas que no se conozca, ni anécdota que no apunte. Nunca ha ejercido su derecho a la huelga y solo se dio de baja una vez: “Me operaron de cataratas y estuve sin venir al trabajo cuatro días”.

Parra, como le conocen sus compañeros, nunca reparó en el carácter excepcional de su dedicación: “Pensaba que había más empleados en mi situación”. “Un día me llamaron de la Seguridad Social y me lo dijeron, a lo que yo contesté ‘vale, pues muy bien”, explica entre risas.

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Gustos sencillos

El gaditano es de gustos sencillos. Con los 1.665 euros que recibe de la jubilación parcial y los 1.018 de su salario actual en Caballero, el trabajador se conforma con “salir a tomar el café al hogar del jubilado” y beber media botella de fino en las comidas. “Pero solo me he emborrachado una vez en mi vida”, matiza este portuense ya viudo que vive con uno de sus hijos.

Parra se siente dispuesto a seguir y dice no necesitar palmadas en la espalda en una empresa en la que se siente “querido y valorado”. Tan solo tiene una espinita clavada, que reconoce casi entre dientes. Ni una sola institución pública le ha reconocido nunca el mérito: “Son cosas de políticos, yo con seguir trabajando, tengo suficiente”. Genio y figura.

Jubilación compatible con el trabajo

La Seguridad Social estima que es compatible la pensión de jubilación con ciertas formas de trabajo. Establece lo que se llama “jubilación parcial” si el jubilado realiza un trabajo a tiempo parcial: “Durante dicha situación, se minorará el percibo de la pensión en proporción inversa a la reducción aplicable a la jornada de trabajo del pensionista”.

El percibo de la pensión de jubilación es compatible también con la realización de trabajos por cuenta propia, cuyos ingresos anuales totales no superen el salario mínimo interprofesional (SMI), en cómputo anual.

Quienes realicen estas actividades económicas no están obligados a cotizar por las prestaciones de la Seguridad Social y no generarán derechos sobre las prestaciones de la Seguridad Social.

El ejercicio de la actividad desarrollada por cuenta propia por los profesionales colegiados en alta en una mutualidad alternativa o exentos de causar alta en el RETA.

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Sobre la firma

Jesús A. Cañas
Es corresponsal de EL PAÍS en Cádiz desde 2016. Antes trabajó para periódicos del grupo Vocento. Se licenció en Periodismo por la Universidad de Sevilla y es Máster de Arquitectura y Patrimonio Histórico por la US y el IAPH. En 2019, recibió el premio Cádiz de Periodismo por uno de sus trabajos sobre el narcotráfico en el Estrecho de Gibraltar.

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