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El Poder Judicial le quita a la candidata del PSOE Margarita Robles su plaza en el Supremo

El presidente Lesmes y tres vocales consideran que la ley impide reservar el puesto a los magistrados del alto tribunal que se presenten a las elecciones

Reyes Rincón
Margarita Robles, número dos de la lista del PSOE en Madrid para las elecciones del 26-J.
Margarita Robles, número dos de la lista del PSOE en Madrid para las elecciones del 26-J.CLAUDIO ÁLVAREZ

El Consejo General del Poder Judicial ha decidido este jueves quitarle a Margarita Robles su condición de magistrada en el Tribunal Supremo. Robles solicitó la semana pasada una excedencia para presentarse a las elecciones del 26-J como número dos de la lista del PSOE por Madrid. La Comisión permanente del Poder Judicial le ha dado la excedencia como juez, pero, por cuatro votos a tres, ha acordado que esa excedencia supone la pérdida de la condición de magistrada del Supremo que Robles obtuvo en 2004.

La decisión ha resultado reñida y ha salido adelante con los votos a favor del presidente del presidente del Supremo y del Poder Judicial, Carlos Lesmes, con quien Robles se ha enfrentado desde que llegó al cargo; y los vocales Núria Díaz y Gerardo Martínez Tristán (elegidos a propuesta del PP) y Mar Cabrejas (propuesta por el PSOE). Los progresistas el Rafael Mozo, Álvaro Cuesta y Pilar Sepúlveda han votado a favor de que se le mantenga la plaza.

La magistrada no duda de que sus críticas constantes a la gestión de Lesmes están detrás de la decisisón adoptada este jueves. "Esto es una revancha personal clarísima de Lesmes", ha afirmado Robles en una conversación con EL PAÍS. "Pero estoy encantada con la decisión que he tomado", afirma la número dos de la lista que encabeza Pedro Sánchez, que asegura que su compromiso actual es "con los ciudadanos".

La decisión mayoritaria se ha basado en el artículo 357 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que establece que “cuando un magistrado del Tribunal Supremo solicitara la excedencia voluntaria y le fuere concedida, perderá su condición de tal”, salvo en los supuestos previstos en la misma ley: excedencia solicitada para el cuidado de hijos o familiares o en su condición de víctimas de violencia de género.

La misma ley señala que "se pasará de la categoría de magistrado del Tribunal Supremo a la de magistrado al desempeñar cualesquiera otras actividades públicas o privadas con las únicas excepciones” de que el afectado sea nombrado vocal del CGPJ, magistrado del Tribunal Constitucional, miembro de Altos Tribunales de Justicia internacionales, Fiscal General del Estado y Jefe del Servicio de Inspección del CGPJ.

Los cuatro vocales que han inclinado la balanza a favor de no reservar a Robles la plaza en el Supremo consideran que la aplicación en su caso de lo dispuesto en la LOPJ resulta "inequívoca e indubitada", puesto que es la norma específica que regula el estatuto de los jueces.

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Fuentes del Poder Judicial sostienen que la decisisón solo supone que Robles no mantiene la condición de magistrada del Supremo mientras dure su excedencia, pero que esto no implica que no reincorporarse cuando deje la política. Aunque tampoco que pueda hacerlo. La situación, según un portavoz del CGPJ, no está prevista en la ley y no tiene precedentes, por lo que se resolverá cuando acabe la legislatura, en el caso de que la magistrada quiera volver al alto tribunal.

Entre los vocales que se han opuesto, Álvaro Cuesta ha anunciado un voto particular, al que se adherirá Pilar Sepúlveda. En su opinión, para resolver la situación había que tener en cuenta Ley Orgánica del Régimen Electoral General, que establece que, cuando concurran a unas elecciones, "los magistrados, jueces, fiscales, miembros de las fuerzas y cuerpos de Seguridad y policías en activo tendrán derecho, en todo caso, a reserva de puesto o plaza y de destino, en las condiciones que determinen las normas específicas de aplicación".

Lesmes, Cabrejas, Díaz y Martínez Tristán consideran que ese precepto no contempla a los magistrados del Supremo (categoría distinta de la de juez y magistrado, según el artículo 299.1 de la LOPJ) y que esa referencia a las "normas específicas de aplicación" conduciría precisamente a la LOPJ.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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