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Los límites de la libertad de expresión

El fiscal insiste en que se investigue la pitada al himno en la Copa del Rey

La acusación quiere que el juez cite a los responsables de las entidades que organizaron la protesta

Fernando J. Pérez

La Fiscalía de la Audiencia Nacional insiste en que se investigue la pitada masiva al himno de España en la final de la Copa del Rey de 2015, disputada en el Camp Nou entre el FC Barcelona y el Athletic de Bilbao. Después de que el juez Fernando Andreu archivara la causa contra una serie de entidades y organizaciones, entre ellas ambos clubes, al entender que solo las personas físicas pueden cometer los delitos de injurias al Rey y de ultrajes a la Nación que se investigan, la acusación pública se niega a dar por cerrado el caso.

En un escrito dirigido al magistrado la Fiscalía le pide que tome declaración como investigados —nueva denominación de los imputados— a “los responsables de las entidades y asociaciones que redactaron y firmaron el manifiesto contra el Rey y el himno nacional”. Es decir, que comparezcan las personas físicas organizadoras de la protesta.

La Fiscalía solicita al juez Andreu que pregunte a la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte, comúnmente conocida como Comisión Antiviolencia, si la pitada fue objeto de sanción administrativa. También solicita que le remita el expediente íntegro sobre los hechos previos al encuentro.

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Además, el ministerio público quiere que el juez le pregunte al FC Barcelona si, como responsable de la seguridad del estadio, autorizó que las entidades investigadas repartieran silbatos en las inmediaciones del Camp Nou aquel 30 de mayo de 2015.

La Fiscalía basa su petición de que declaren las personas físicas al entender que los responsables de las entidades que promovieron la protesta usaron las personas jurídicas en fraude de ley. “Se ha de distinguir necesariamente entre delitos cometidos por el ente social a través naturalmente de sus órganos, y delitos cometidos utilizando tal condición representativa como mera forma”, afirma la fiscal Ana Noé citando la doctrina del Tribunal Supremo.

Las actuaciones se dirigieron inicialmente, además de contra los dos clubes que disputaban la final de Copa, contra las siguientes entidades de la órbita nacionalista catalana: -Sobirania i Progrès, CADCI, Fundació President Macià, Societat Catalana de Lliure Opinió, Catalunya Acció, Plataforma pel Dret a Decidir, ICEC, Ara o Mai, Catalunya Diu Prou, CLIC, Moviment de Cultura Popular El Sostract y Units per declarar la Independencia de Catalunya.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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