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El Parlamento vasco aprueba que no se pueda fumar en estadios y plazas de toros

Euskadi saca adelante la nueva Ley de Adicciones, que impide consumir cigarrillos electrónicos en espacios cerrados

Una mujer sostiene un cigarrillo en una cafetería.Vídeo: EFE

El Parlamento Vasco ha aprobado este jueves la nueva Ley de Adicciones y Drogodependencias que, entre otras cuestiones, impide fumar en lugares abiertos como los estadios de fútbol o las plazas de toros. La medida, que ha contado con el apoyo de PNV, EH Bildu, PSE-EE y PP y la abstención de UPyD, convierte a Euskadi en la primera comunidad autónoma en equiparar los cigarrillos electrónicos al tabaco a la hora de prohibir y restringir su uso en espacios cerrados y semicerrados. Es decir, el cigarrillo electrónico tiene la misma regulación que la del tabaco. El texto explica que se entiende por espacios semicerrados todas las zonas ubicadas fuera de un local cerrado que estén cubiertas por techumbre o paredes en más del 50% de su superficie.

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El dictamen de la Ley de Adicciones salió adelante en marzo en la Comisión de Salud y Consumo, donde superó el último trámite antes de su aprobación definitiva en el pleno de la Cámara. La nueva legislación da una vuelta de tuerca a la que ya aprobó el parlamento en 2010, y que puso por vez primera cerco al tabaco en Euskadi. El grueso del documento obtuvo el respaldo de PNV, EH Bildu, PSE-EE y PP.

Una vez aprobada y publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, la normativa vasca no prohibirá el consumo de alcohol en la vía pública como proponía inicialmente el Gobierno en el proyecto original de Ley de Adicciones, al retirarse durante los trabajos de la ponencia dicho artículo del texto, con la oposición del PNV. De esta forma, correrá a cargo de los Ayuntamientos vascos la regulación del consumo de alcohol en las calles.

La ley prevé sanciones que van desde multas de 600 euros hasta los 600.000 euros por infracciones muy graves, que pueden suponer incluso el cierre temporal, total o parcial de la actividad del centro, local o empresa que incumpla la legislación por un periodo de dos a cinco años. 

Hasta ahora se había prohibido la venta de alcohol en establecimientos deportivos, independientemente de su titularidad, aunque esa norma se vulneraba sistemáticamente en los frontones y en los campos de futbol. En las zonas VIP se seguían proporcionando combinados a los aficionados, y en los frontones se seguía fumando y bebiendo hasta que hace varias semanas el Gobierno vasco abrió el primer expediente al fronton Bilbao, de la capital de Bizkaia.

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La normativa también recoge la prohibición de fumar en lugares accesibles al público, con independencia de que sean de titularidad pública o privada, como los estadios de fútbol o las plazas de toros. En relación con las sociedades gastronómicas, los grupos acordaron que pueda consumirse tabaco si así lo deciden la mayoría de los socios en sus estatutos, excepto si hay menores.

En la norma también se incluyen, con la oposición del PP, los clubes de cannabis para que puedan quedar legalmente constituidos, aunque se deja para un futuro el desarrollo de su reglamento. Asimismo,

Otras autonomías con ley propia

Andalucía, Aragón y Canarias. La Junta de Andalucía extendió la prohibición del cigarrillo electrónico en enero de 2014 a los parques infantiles, las dependencias de Administraciones Públicas, a los centros sanitarios, a los medios de transporte públicos y a las instituciones educativas, salvo en los espacios al aire libre de los centros universitarios y de los exclusivamente dedicados a la formación de adultos.

Canarias y Aragón siguieron el ejemplo de Andalucía y desde 2014 también está prohibido fumar en esos espacios en estas dos comunidades. Aragón aprobó su modificación legislativa el 27 de marzo de 2014, por la que los cigarrillos electrónicos se equiparaban parcialmente al tabaco. Con la entrada en vigor de la norma también se prohibió la venta de estos productos a menores de 18 años y se exigió la señalización de los puntos de venta. Su uso no fue prohibido ni en bares ni en restaurantes, pero se limitó la publicidad de estos dispositivos y se exigió la indicación de que contienen nicotina y son adictivos.

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