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Los penalistas, sobre el fallo del caso Carrasco: “Es una nulidad como una casa”

La decisión del juez de corregir el veredicto del jurado causa perplejidad entre expertos penalistas

Flores y velas en la pasarela donde fue asesinada Isabel Carrasco.Foto: atlas | Vídeo: CESAR MANSO / ATLAS
Fernando J. Pérez
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La decisión del magistrado presidente del juicio del caso Isabel Carrasco de corregir el veredicto del jurado y absolver a la acusada Raquel Gago del delito de asesinato del que la consideró culpable el tribunal popular ha causado estupor entre los expertos en derecho penal. “Es una nulidad como una casa”, afirma el abogado penalista malagueño Carlos Larrañaga. “Linda con la prevaricación”, sostiene su colega Marcos García Montes.

El pasado 20 de febrero, el jurado, por siete votos contra dos, consideró probada la pregunta número 69 del objeto del veredicto, que reza literalmente así: “La acusada doña Raquel Gago Rodríguez es culpable del delito de asesinato, consistente en causar la muerte intencionada de doña Isabel Carrasco Lorenzo concurriendo una circunstancia de especial gravedad”.

Este jueves, el magistrado Carlos Álvarez ha notificado la sentencia del caso Carrasco. En lugar de condenar a la policía local Gago por el asesinato, de acuerdo con el veredicto del jurado, ha optado por condenarla a cinco años de cárcel por delitos de encubrimiento y tenencia ilícita de armas, una de las alternativas penales planteadas por la fiscalía. El magistrado ha recordado que al jurado popular le corresponde declarar si los hechos objeto de juicio están probados o no, y si las acusadas son responsables penales de ellos, y que la calificación jurídica final es competencia del juez profesional que preside el tribunal. El juez ha afirmado que cometió un “error” al incluir la calificación de asesinato en la pregunta 69 del objeto del veredicto y lo ha subsanado apartándose del fondo del fallo del jurado popular.

“Es un error del juez rayano a la prevaricación”, considera el abogado penalista Marcos García Montes, que entre otros juicios con jurado participó en el caso Wanninkhof representando a la madre de la víctima. “El juez ha alterado el veredicto y se erige en juzgador al entrar en la valoración de la prueba”, considera este letrado. García Montes recuerda que el objeto del veredicto, redactado por el juez y no impugnado por ninguna de las partes era “firme” y “no se puede tocar”. Según él, el magistrado Carlos Álvarez debía haber redactado una sentencia acorde al parecer del jurado y que hubiera sido el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en fase de apelación, el que, en su caso, hubiera modificado la sentencia.

De similar parecer es el catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Barcelona, Joan Queralt. “El magistrado no puede arreglar este error de esta manera; si hubiera advertido el error antes debería haber anulado el objeto del veredicto y convocado al jurado otra vez”, afirma. Según Queralt, el juez Álvarez debería haber acatado el fallo del jurado en su integridad y, como mucho, dejar constancia de su disconformidad en lo que se llama obiter dicta, es decir, una apostilla sin valor jurídico directo.

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El abogado y catedrático de Penal de la Universidad Complutense, ya jubilado, Horacio Oliva, ahonda en la misma vía. “El presidente no puede jugar con las calificaciones, es el jurado el que decide que se imponga la calificación mayor, pero la menor no puede ponerla el magistrado (…) Se trata de un error de concepto, no un error material, por lo tanto, solo es subsanable en apelación”, señala. Oliva considera que esta circunstancia no supondría la anulación del juicio, sino que debería trasladarse a un posible recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

El penalista malagueño Carlos Larrañaga señala que si el magistrado advierte un error en el objeto del veredicto, lo que tenía que haber hecho es decírselo a las partes para redactar uno nuevo. “No se puede hacer lo que ha hecho el magistrado presidente; si el jurado ha considerado culpable de asesinato a la acusada, el juez no lo puede modificar (…) Las acusaciones se van a tirar al cuello, y lo van a ganar”, pronostica Larrañaga. “Es una nulidad como una casa”, considera.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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