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La concesión de medallas de oro a vírgenes llega al Constitucional

Dos asociaciones presentan recurso de amparo contra una sentencia de la Audiencia Nacional

Jorge Fernández Díaz, el pasado 2 de febrero en el Congreso.
Jorge Fernández Díaz, el pasado 2 de febrero en el Congreso.CHEMA MOYA ((EFE))
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Los honores y distinciones de las Administraciones Públicas a cristos, vírgenes y santos llegan al Tribunal Constitucional de la mano de las asociaciones Europa Laica y Movimiento Hacia Un Estado Laico (MHUEL, con sede en Zaragoza). Lo hacen mediante un recurso de amparo contra la sentencia de la sección quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional que avaló la concesión de la Medalla de Oro al Mérito Policial en favor de la Virgen Nuestra Señora María Santísima del Amor, acogida por la Cofradía Jesús el Rico de Málaga. La orden honorífica la firmaba el ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, del Opus Dei. El reconocimiento concedido a la Virgen es la condecoración más alta que puede otorgar el Cuerpo Nacional de Policía.

El recuento de la confesionalidad del Estado que denota este tipo de distinciones religiosas con dinero público es un rosario sin fin. Según Europa Laica, hay en diferentes regiones y Ayuntamientos 105 alcaldesas perpetuas, casi todas vírgenes; 15 alcaldes perpetuos, la mayoría cristos; 15 medallas de oro y algunos otros honores militares a entes religiosos de todo tipo.

Europa Laica y el Movimiento Hacia Un Estado Laico llevan años combatiendo esas decisiones administrativas, que tachan de "ilegales, ilógicas, irracionales, esperpénticas y absurdas". La concesión de la medalla a la Virgen del Amor "vulnera la legalidad tanto en cuestiones de fondo como de forma", afirmaron durante la presentación a los medios de comunicación de su recurso de amparo. "Recibimos con respeto una sentencia de la Audiencia Nacional que desestimaba nuestras pretensiones con el voto contrario de dos miembros del tribunal. Pero el respeto no evita el disenso, menos aún la disconformidad radical con un proceder del Tribunal que vulnera nuestro derecho a la tutela judicial efectiva. La sentencia aducía la existencia documentos inexistentes, que, lógicamente, no figuraban en autos".

También criticaron que la destinataria de la distinción no es una persona jurídica, sino la imagen de la virgen y que "en ningún momento se insinúa que la mención sea dada a la Cofradía", como entiende la Audiencia en su sentencia.

En el largo pleito ahora recurrido, con dilaciones de todo tipo, el Ministerio de Interior recibió el apoyo de la abogacía del Estado con el argumento de que Europa Laica y el Movimiento Hacia Un Estado Laico no estaban legitimados para presentar la demanda "por no estar afectados". Dos magistrados de la Audiencia Nacional redactaron votos particulares muy críticos con el criterio de la mayoría.

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