_
_
_
_
_

El Constitucional anula la entrega de una niña a su padre suizo imputado

El tribunal prima, frente al reclamo del progenitor, que la niña lleva casi tres años en España y que "puede haberse integrado" ya en su nuevo entorno

J. J. Gálvez
Sede del Tribunal Constitucional.
Sede del Tribunal Constitucional.CRISTÓBAL MANUEL
Más información
Cuando llamar es rebelarse contra la violencia machista
Susana Díaz reclama más acción contra la violencia machista
Uno de cada cuatro crímenes de 2015 sigue sin resolver

El interés del menor prima en una pelea judicial de los padres por su custodia. Esa es la conclusión a la que ha llegado el Tribunal Constitucional, que se ha pronunciado por primera vez sobre el tema. La resolución de los magistrados se produce a raíz de un recurso de amparo presentado por la española Desirée Vicente, a la que la Audiencia Provincial de Madrid obligaba a entregar a su hija de cinco años al padre, Phillipe Kitsos, un suizo residente en dicho país y que se encuentra imputado por un delito de violencia de género contra la propia Vicente. Los jueces han anulado esta decisión al considerar que la niña lleva suficiente tiempo en España como para que "haya podido producirse su plena integración en su nuevo medio". Y, concluyen, eso está por encima de las reclamaciones de sus progenitores.

"El Tribunal Constitucional marca el camino más importante, que es el interés superior de la niña, que es por lo que yo he luchado todo este tiempo", ha comentado Vicente este viernes tras conocer el fallo. "Es el fin de una tortura. Es un hito", ha asegurado la mujer, que vive con su hija, Olympia, en Linares (Jaén).

Esta pelea judicial arranca el 7 de noviembre de 2013, cuando el padre de la menor denuncia la "sustracción internacional" de su hija y su restitución en Suiza. La madre se había llevado a la niña a España en agosto de ese mismo año, después de denunciar que su entonces pareja le había agredido físicamente en la vía pública —junto al abuelo paterno de la niña, que tenía entonces tres años— durante unas vacaciones en Grecia.  "Ocurrió en presencia de la menor y de varios testigos", según ella misma contó y documentó la policía helena, que envió a la madre y a la hija a España.

Desde ese momento, han pasado ya casi tres años. Y el Tribunal Constitucional, que no entra a analizar los aspectos relativos a la sustracción de la menor ni la denuncia por violencia de género, considera ese factor clave. "En este prolongado periodo de tiempo, y sin olvidar la corta edad con que cuenta la menor (seis años en la actualidad), resulta patente que ha podido producirse una plena integración de la niña en su nuevo medio, lo que es necesario valorar a fin de hacer efectivo el principio de superior interés de la menor", expone la sentencia.

El tribunal, tras recibir el recurso de amparo, ya suspendió el pasado mayo la entrega de la menor a su padre a la espera de resolver el caso. Los magistrados adoptaron esta decisión apenas una semana después de que Vicente acudiese a una comisaría para entregar a su hija y cumplir así con el auto de la Audiencia. Pero fue sin ella porque la niña presentaba, según un informe médico que aportó, "un cuadro de ansiedad y otro psicológico" que alertaba del perjuicio si fuera obligada a ir con su padre a Suiza.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

El fallo de la Sala Segunda insiste en que la Audiencia Provincial de Madrid no tuvo en cuenta que, desde el momento en que el padre reclamó en vía judicial la restitución de la menor y hasta que se dictó sentencia, habían pasado 20 meses, cuando el Convenio de La Haya establece que se debe resolver en el plazo de seis semanas.

Recurso admitido

Además, en su propio dictamen, los magistrados recalcan la relevancia de esta causa. Detallan que se decidió admitir el recurso "porque plantea un problema que afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este Tribunal". En este mismo documento, los jueces lamentan la dilación del proceso y recalcan cómo el tiempo transcurrido se convierte en "determinante" para la menor.

Una argumentación que basan, a su vez, en la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño, donde se subraya que todas las medidas concernientes a los menores que tomen las instituciones públicas o los tribunales estarán regidas por la "consideración primordial" de que se atenderá el interés superior del niño.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Sobre la firma

J. J. Gálvez
Redactor de Tribunales de la sección de Nacional de EL PAÍS, donde trabaja desde 2014 y donde también ha cubierto información sobre Inmigración y Política. Antes ha escrito en medios como Diario de Sevilla, Europa Sur, Diario de Cádiz o ADN.es.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_