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El Supremo condena al capitán del ‘Prestige’ por daño ambiental

El alto tribunal corrige la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña e impone una pena de dos años de prisión y abre la puerta a indemnizaciones por responsabilidad civil

Fernando J. Pérez
El petrolero "Prestige" se hunde a 250 kilómetros de la costa gallega en 2002.
El petrolero "Prestige" se hunde a 250 kilómetros de la costa gallega en 2002.Xurxo Lobato

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado a dos años de prisión por delito medioambiental a Apostolos Mangouras, capitán del Prestige, el petrolero que causó al hundirse un vertido catastrófico en las costas de Galicia y el Cantábrico en noviembre de 2002. El fallo corrige la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña, que en noviembre de 2013 se limitó a condenar a Mangouras por desobediencia grave por haber tardado tres horas en aceptar el remolcado del buque cuando este ya zozobraba frente a las costas gallegas. La nueva sentencia, al incluir el delito contra el medio ambiente, abre la puerta a indemnizaciones por responsabilidad civil, que el fiscal Luis Navajas había solicitado por valor de 4.328 millones de euros.

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La sentencia del Supremo mantiene la absolución decretada por la Audiencia coruñesa sobre los dos marineros que acompañaban a Mangouras en la travesía final del Prestige y sobre el director general de la Marina Mercante en el momento del hundimiento, José Luis López-Sors. La sentencia proclama la “responsabilidad civil directa” de Mangouras, de la aseguradora londinense del Prestige, The London P&I Club), que tenía una póliza de cobertura de mil millones de euros, y la responsabilidad subsidiaria de Mare Shipping Inc, propietaria del barco. El fallo también declara la responsabilidad civil del Fondo Internacional para la Indemnización de Daños causados por Hidrocarburos (Fidac), con los límites establecidos en el convenio que lo regula.

La sentencia de la Audiencia Provincial coruñesa sobre uno de los mayores desastres medioambientales de la historia de Europa –el vertido de 63.000 toneladas de fuel por las costas del norte de España y el oeste de Francia- sorprendió por la levedad de las penas. Mangouras solo fue condenado por desobediencia. El Supremo absuelve a Mangouras del delito de desobediencia por el que la Audiencia coruñesa le condenó a nueve meses de prisión.

El Supremo recuerda que, de acuerdo con su jurisprudencia y con la del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, solo ha podido revisar la sentencia absolutoria en sus fundamentos jurídicos, sin valorar de nuevo la prueba. Es decir, que el fallo del alto tribunal se realiza únicamente sobre los hechos que la Audiencia de A Coruña consideró probados, entre ellos que la tripulación del buque, Mangouras incluido, desconocía las deficiencias estructurales que causaron la avería que acabó por hundir el Prestige a 138 millas de la costa gallega.

El fiscal Navajas solicitó, en su recurso al Supremo, que se tuvieran en cuenta cinco documentos que se presentaron en la Audiencia coruñesa pero que esta no tuvo en cuenta para la sentencia. El primero era un manuscrito firmado por Mangouras que recoge el resultado de una inspección interna realizada al buque en mayo de 2002, seis meses antes del hundimiento. En esa inspección, el capitán detectó fisuras, picados y corrosión justo en los tanques dos y tres del Prestige, que fue por donde el barco empezó a romperse. Otro documento alude a la dimisión del capitán griego antes de la catástrofe porque el armador se negó a reparar los desperfectos del petrolero, lo que ponía en riesgo a la tripulación.

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El Supremo aprecia “grave imprudencia” del capitán Mangouras durante la travesía final del Prestige al asumir una travesía “en un momento en el que lo previsible, cuando no seguro, es que hubiera de enfrentarse a condiciones meteorológicas adversas”. También señala que el marino griego navegó “con un barco envejecido y con deficiencias operativas que conocía perfectamente”. La sobrecarga del buque, con 2.000 toneladas de fuel más de las permitidas, colocó al Prestige “en una situación en la que no podía garantizar la seguridad del barco ante un fuerte contratiempo”. Mangouras, según el Supremo, “asumió no solo una navegación arriesgada, sino que creó un grave riesgo en relación con el carácter altamente contaminante” del fuel que transportaba.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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