_
_
_
_
_

Estrasburgo condena a España por la falta de imparcialidad de un juez

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos obliga a indemnizar a un profesor que fue condenado por un magistrado que trabajaba como asociado para la misma universidad

Fernando J. Pérez

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a España por la falta de imparcialidad objetiva de un juez. La corte con sede en Estrasburgo (Francia) ha amparado a Antonio Carlos Blesa Rodríguez, un exprofesor de la Facultad de Farmacia de la Universidad de La Laguna (Tenerife), que en 2010 fue condenado a tres años y medio de prisión por falsificar su currículo en un concurso para una licencia de farmacia. El tribunal de garantías considera que España vulneró su derecho a un juicio justo porque uno de los tres miembros de la Audiencia Provincial de Tenerife que lo había condenado era profesor asociado en la misma universidad que se había querellado contra Blesa Rodríguez.

Más información
Espejel fue apartada de Gürtel por haber sido vocal judicial por el PP
La Audiencia Nacional aparta a López y Espejel del ‘caso Gürtel’
Ocho exvocales judiciales, a favor de la abstención de Enrique López

El Estado deberá indemnizar a Blesa Rodríguez, que ahora tiene 84 años, con 4.000 euros. El tribunal de Estrasburgo considera que existen dudas sobre la apariencia de imparcialidad —la llamada imparcialidad objetiva— del magistrado que trabajaba para la Universidad de La Laguna. "El juez era profesor asociado y desempeñaba tareas administrativas por las que recibía ingresos de la Universidad (…) El juez mantenía relaciones habituales, cercanas y remuneradas con la Universidad mientras ejercía como magistrado en la Audiencia Provincial de Tenerife", afirma el fallo de Estrasburgo. "Estas circunstancias sirven objetivamente para justificar las sospechas del demandante de que el magistrado carecía del requisito de imparcialidad", sostiene el tribunal europeo.

En la fase de instrucción, la causa en contra del profesor fue archivada inicialmente al no existir suficientes indicios de criminalidad en su contra. No obstante, la Audiencia Provincial atendió un recurso de apelación del centro universitario, reabrió el procedimiento y le llevó a juicio. En esta decisión participó otro de los tres magistrados que finalmente juzgaron a Blesa Rodríguez. La defensa del farmacéutico, encomendada al despacho del abogado Javier Gómez de Liaño, solicitó al tribunal de Estrasburgo que considerara también carente de imparcialidad por contaminación a este magistrado que había participado en la fase de instrucción. Esta petición fue desestimada por el tribunal europeo, aunque un magistrado emitió un voto particular.

La sentencia de Estrasburgo, conocida este martes, guarda similitudes con el caso del magistrado de la Audiencia Nacional Enrique López, apartado del tribunal que juzgará el caso Gürtel de corrupción por su proximidad al Partido Popular, que se sentará en el banquillo como responsable civil subsidiario. En ambos casos ha pesado la apariencia de imparcialidad. Según la doctrina de Estrasburgo, que un juez no solo sea imparcial sino que lo parezca es importante "porque lo que está en juego es la confianza que los tribunales deben inspirar en el público en una sociedad democrática".

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_