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Andalucía promueve medidas para impedir la brecha salarial de género

Un anteproyecto de ley obligará a establecer centros de infantil en empresas de más de 500 trabajadores y multas de hasta 120.000 euros por discriminación sexual

Raúl Limón
La consejera de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, María José Sánchez Rubio, y el portavoz del Ejecutivo andaluz, Miguel Ángel Vazquez, tras el Consejo de Gobierno de este martes.
La consejera de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, María José Sánchez Rubio, y el portavoz del Ejecutivo andaluz, Miguel Ángel Vazquez, tras el Consejo de Gobierno de este martes.José M. Vidal (EFE)

El Gobierno andaluz ha aprobado un anteproyecto de ley para promover la igualdad en todos los ámbitos, desde el empresarial hasta el educativo. La propuesta prevé sanciones de entre 6.000 y 120.000 euros para aquellas entidades que incurran en algún tipo de discriminación e incluye medidas como la obligación de establecer centros de infantil en empresas con más de 500 trabajadores, la inclusión de planes de igualdad en las aulas o auditorías e inspecciones para evitar la brecha salarial entre géneros. Estas son las principales novedades:

Empresas y profesionales. Los colegios profesionales en Andalucía deberán establecer los mecanismos para la representación equilibrada de mujeres y hombres del ámbito de la profesión que corresponda.

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Los Planes de Actuación de la Inspección de Trabajo recogerán como objetivo prioritario la actuación contra la discriminación laboral directa e indirecta. La Comisión Territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social incluirá en la planificación anual las medidas para combatir este tipo de discriminación laboral así como el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.

Empleo realizará periódicamente estudios que permitan analizar las diferencias retributivas entre mujeres y hombres en las empresas de Andalucía y establecerán incentivos para erradicarlas.

En los convenios colectivos, se impedirá la inclusión de cláusulas discriminatorias y se promoverá la elaboración de recomendaciones o cláusulas tipo en materia de corresponsabilidad y de conciliación de la vida laboral, familiar y personal.

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En caso de existir igualdad de capacitación, se dará prioridad a las mujeres en aquellos cuerpos, niveles o categorías de puestos de trabajo en los que la representación de éstas sea inferior a un 40%.

Los centros de trabajo en Andalucía que integren físicamente a 500 o más personas trabajadoras, deberán promover la instalación y dotación de un Centro de Educación Infantil de primer y segundo ciclo, de acuerdo a las necesidades de conciliación de las empleadas y los empleados.

Educación. Los Planes de Igualdad serán obligatorios en los centros educativos así como la puesta en marcha de redes voluntarias de proyectos coeducativos.

Los centros de educación obligatoria, tanto públicos como privados, garantizarán el desarrollo de medidas orientadas a facilitar la conciliación de la vida laboral, familiar y personal.

El sistema universitario andaluz adoptará las medidas necesarias para que se incluyan enseñanzas obligatorias en materia de igualdad entre mujeres y hombres.

Salud. Los profesionales recibirán formación para desarrollar sus capacidades en detección y atención de las situaciones de agresión y abuso sexual, mutilación genital femenina y violencia de género.

Competencia.  El Instituto Andaluz de la Mujer asumirá el asesoramiento y la defensa institucional de todas las mujeres en Andalucía ante situaciones de discriminación. Para ello, podrá investigar, negociar, difundir y colaborar con la autoridad laboral.

Infracciones.  Se prevén tres categorías.

Leves: Dificultar las investigaciones o no elaborar los planes de igualdad.

Graves: Obstrucción a la investigación o inspección, la implantación de prácticas laborales discriminatorias, la publicidad o el uso de libros de texto y materiales que presenten a las personas como superiores o inferiores o que utilicen la imagen de las mujeres como reclamo sin vinculación al producto o asociada a  comportamientos que justifiquen o inciten a la prostitución o a la violencia, el desarrollo de actos culturales, artísticos o lúdicos de marcado carácter sexista y la reincidencia en dos infracciones leves.

Muy graves: Cualquier comportamiento  que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de la mujer, cualquier represalia laboral a quienes presenten una queja y el empleo de lenguaje sexista en medios de comunicación.

Sanciones. Las infracciones leves serán sancionadas con apercibimiento o con multa de hasta 6.000 euros. Las graves, con multa de hasta 60.000 euros, exclusión de ayudas, inhabilitaciones y cierres durante tres años. Las infracciones muy graves serán sancionadas con hasta 120.000 euros y ampliación en dos años más del cierre temporal o la inhabilitación para acceder a ayudas o servicios.

Las infracciones podrán suponer también la pérdida automática de las ayudas, bonificaciones y, en general, de los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo.

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Sobre la firma

Raúl Limón
Licenciado en Ciencias de la Información por la Universidad Complutense, máster en Periodismo Digital por la Universidad Autónoma de Madrid y con formación en EEUU, es redactor de la sección de Ciencia. Colabora en televisión, ha escrito dos libros (uno de ellos Premio Lorca) y fue distinguido con el galardón a la Difusión en la Era Digital.

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