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La sala del ‘caso Zapata’ envía a juicio a un menor por vejar a las víctimas

El magistrado De Prada afirma en un voto particular que el humor negro forma parte de la “riqueza” de una sociedad “plural e hipercompleja”

Fernando J. Pérez
El concejal del Ayuntamiento de Madrid Guillermo Zapata, durante una comparecencia el pasado día 2.
El concejal del Ayuntamiento de Madrid Guillermo Zapata, durante una comparecencia el pasado día 2.JuanJo Martin (EFE)

La Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional, la encargada de decidir si el concejal de Madrid Guillermo Zapata (Podemos) deberá declarar como imputado por humillar a las víctimas del terrorismo por sus chistes macabros sobre Irene Villa en Twitter, ha emitido una resolución, en una causa distinta, que ofrece muchas pistas sobre su decisión en el caso del edil.

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El tribunal presidido por la conservadora Concepción Espejel ha rechazado el recurso de un menor contra la decisión de ser llevado a juicio por difundir en las redes sociales “mensajes de contenido penalmente inaceptable de alabanza y justificación de actos terroristas y de miembros de ETA y para menospreciar a concretas víctimas del terrorismo”, como Irene Villa o Miguel Ángel Blanco.

La decisión del tribunal cuenta con un voto particular del magistrado progresista José Ricardo de Prada, que aboga por distinguir las expresiones de “humor negro” de las manifestaciones de humillación delictiva a las víctimas del terrorismo. De Prada afirma que una “sociedad madura debe saber lidiar y tratar” con este tipo de realidades en las que, según él, “no subyace una auténtica intencionalidad de enaltecer o justificar situaciones o de humillar a sus víctimas”.

La teoría del enaltecimiento inacabado

F. J. P.

La misma Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional que ha enviado a juicio a un menor por humillación a las víctimas en las redes sociales ha redactado este mes otra sentencia por enaltecimiento del terrorismo, también con un voto discrepante del magistrado José Ricardo de Prada.

El tribunal ha condenado a Julen Ibarrola, de 21 años y natural de Amurrio (Álava), que el 5 de julio de 2014, en los días previos a las fiestas de San Fermín, en Lesaka (Navarra) fue sorprendido por agentes de la Policía Foral una pintada con rotulador en la que se veía el anagrama de ETA –el hacha y la serpiente enroscada- junto con el texto en euskera “Zuen borraka harro gude” “Gora zuek” y “Herria Zurekin” (“Estamos orgullosos de vuestra lucha”, “Viva vosotros” y “El pueblo está con vosotros”. La Sala, con el voto mayoritario de los magistrados Concepción Espejel y Ángel Hurtado, considera que el autor de la pintada tenía la “intención de ensalzar o elogiar las acciones terroristas llevadas a cabo por miembros o colaboradores” de ETA y lo condena a un año de prisión.

El magistrado De Prada, una vez más discrepa de la posición de sus compañeros de tribunal. En su voto particular, este juez coincide con los hechos probados pero sostiene que la sala debió absolver a Ibarrola, o como mucho, condenarlo en grado de tentativa, ya que no pudo terminar su pintada al ser detenido por los agentes forales.

De Prada rechaza que el condenado tuviera necesariamente la intención de enaltecer a ETA con su acción. En primer lugar, afirma, porque “aunque hubiera ya escrito unos textos con significado, lo cierto es que todavía estaba en el curso de la acción cuando fue sorprendido (…) [y] nadie sabe cuál realmente hubiera sido el texto final del escrito”. De Prada considera que este hecho es “jurídicamente muy relevante” ya que abre “irresolubles dudas que deben jugar a favor del acusado”.

Según el magistrado discrepante, existe la “posibilidad real” de que el texto final de Ibarrola podría haber sido distinto si la policía le hubiera dejado terminarlo. “Bastaba para ello con que se hubiera hecho referencia, a por ejemplo, que [los terroristas] tenían que pedir perdón a las víctimas u otras de tenor semejante que hubiera modulado cualquier significado aparente como el que finalmente considera la mayoría de la sala”.

El magistrado discrepante sostiene que “aunque no sean en absoluto compartidas”, estas expresiones “forman parte de la riqueza” de una “sociedad plural e hipercompleja como la actual”, y opina que “imponer vía Código Penal, y a través de interpretaciones judiciales estrechas, un pensamiento social y político único, uniformante (…) sería un totalitarismo inaceptable”.

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Según la opinión mayoritaria de tribunal, el menor, de nombre Lucas, “a través de sus cuentas en Facebook y Twitter, publicó de manera prolongada en el tiempo un gran número de mensajes que (…) revisten un claro tenor vejatorio, de mofa y ofensa grave a varias víctimas del terrorismo”. El joven también publicó en las redes sociales mensajes de enaltecimiento de conductas de varios miembros de ETA condenados por delitos graves de terrorismo.

En el auto, del que ha sido ponente la magistrada Espejel, se subraya que los delitos de humillación a las víctimas son “delitos públicos”, no sujetos a la necesidad de que los denuncien los afectados. Esta posición coincide con la de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que tiene previsto recurrir la decisión del juez Santiago Pedraz de archivar la denuncia contra el concejal Guillermo Zapata -pese a que la víctima de las injurias, Irene Villa, no se sintió ofendida- precisamente porque estos delitos son “perseguibles de oficio”.

La Sala, en su auto sobre el menor, destaca la importancia de las redes sociales, que “permiten divulgar en pocos segundos mensajes a usuarios de cualquier parte del mundo, con lo que se obtiene una publicidad impensable hace unos años”. En este aspecto también discrepa De Prada: según él, no hay una verdadera publicidad en sus tuits porque estos fueron divulgados dentro de una “comunidad cerrada”. “Esto se infiere del hecho no anecdótico de que el número de seguidores que aparece en su perfil de Twitter es sustancialmente similar al número de seguidos, lo que responde al fenómeno de yo sigo al que me sigue y que sirve para conformar grupos cerrados”.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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