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El juicio a Esperanza Aguirre, en el aire por el nuevo Código Penal

Si la vista no se celebra antes del 1 de julio desaparecerá la falta de desobediencia

Esperanza Aguirre acude a declarar en septiembre de 2014.
Esperanza Aguirre acude a declarar en septiembre de 2014. álvaro garcía

El nuevo Código Penal, que entrará en vigor el 1 de julio, mantiene pendientes de un hilo miles de procedimientos abiertos, como el de Esperanza Aguirre, por desobediencia por escapar de los agentes de movilidad que le estaban multando. Hasta el punto de que si para esa fecha no se ha convocado el juicio contra la candidata del PP al Ayuntamiento de Madrid todo quedaría en una sanción administrativa. El tiempo juega a su favor y tiene menos de un mes para evitar la vista oral. La posibilidad de que Aguirre sea sometida a juicio se diluye todavía más después de que la Audiencia Provincial de Madrid haya aceptado la inhibición como juzgador del magistrado que instruyó la causa como delito.

El Código Penal aprobado en las Cortes y pendiente de entrar en vigor elimina las faltas y las convierte en delitos leves o en sanciones administrativas sin intervención judicial. La desobediencia como la que se imputa a Aguirre por su incidente de tráfico con agentes de movilidad quedará fuera del Código Penal desde el 1 de julio.

Si para esa fecha, como parece, no se ha convocado la vista oral, Aguirre se verá libre del mal trago de ser enjuiciada porque que se aplicaría el principio de retroactividad si favorece al reo. De hecho, la disposición transitoria cuarta del Código Penal asegura que "la tramitación de los procesos por falta iniciados antes de la entrada en vigor de esta Ley por hechos que resultan por ella despenalizados o sometidos al régimen de denuncia previa, y que lleven aparejada una posible responsabilidad civil, continuarán hasta su normal terminación, salvo que el legitimado para ello manifestare expresamente no querer ejercitar las acciones civiles que le asistan, en cuyo caso se procederá al archivo de lo actuado, con el visto del Ministerio Fiscal". En este caso no hay responsabilidad civil y, por tanto, no está dentro de la excepción de los procedimientos que sí seguirían adelante.

El procedimiento de Esperanza Aguirre ha sufrido vicisitudes procesales que han hecho que se demore hasta el punto de no haber celebrado aún la vista oral, como sí ocurre con casos similares que se tramitan en poco tiempo. Este caso fue considerado como posible delito inicialmente y, posteriormente, como falta. Recientemente se volvió a demorar porque el juez Carlos del Valle se inhibió y ahora el caso está en manos del juzgado 41 de Madrid que puede decidir convocar la vista antes del 1 de julio o esperar a la entrada en vigor del nuevo Código Penal. Esas sucesivas demoras procesales terminarían beneficiando a la expresidenta de la Comunidad de Madrid.

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