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El Partido Popular rechaza readmitir a Bárcenas como trabajador

El extesorero y su antigua empresa no llegan a un acuerdo en el acto de conciliación laboral

Fernando J. Pérez

El Partido Popular ha rechazado este viernes la readmisión como trabajador del extesorero Luis Bárcenas. El antiguo responsable de las finanzas de la formación conservadora y su antigua empresa no han llegado a un acuerdo en el acto de conciliación que les ha reunido esta mañana en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC). Tras el fracaso de la mediación, que ha durado apenas tres minutos, la defensa de Bárcenas interpondrá en los próximos días una demanda en los juzgados de lo social insistiendo en que sea readmitido.

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El extesorero del partido reclamaba la readmisión en su puesto de trabajo después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid confirmara que la relación laboral con el partido entre abril de 2010 y marzo de 2013 fue “simulada”. En aquella época, entre su primera imputación en el caso Gürtel y la publicación de su contabilidad secreta, el partido le abonó 719.500 euros pese a que “no prestó servicios” a Génova 13. Aparte del sueldo por no hacer nada, el partido puso a disposición de Bárcenas, cuando ya se sabía que disponía una fortuna en Suiza oculta al fisco, chófer, secretaria y despacho en la sede nacional del partido.

La futura demanda de Bárcenas, una vez cerrada la vía amistosa, pretende bien que se readmita la extrabajador o bien que se declare improcedente su despido y se le indemnice con 905.000 euros. Esta cantidad deriva de los 894.600 que según él debería abonarle el PP por su despido y 10.650 por liquidación pendiente de su último salario.

El pasado julio, un juzgado de lo Social de Madrid, el número 16, ya se negó a declarar improcedente el despido de Bárcenas. Esta sentencia fue confirmada el 4 de mayo por la Sala de los Social del TSJM. Este fallo dejaba a Bárcenas en una especie de tierra de nadie laboral: por un lado se desestimaba su demanda por despido improcedente pero por otro se sostenía que Bárcenas seguía en la situación de excedencia forzosa a la que accedió en 2004 tras ser nombrado senador. En 2010, tras su imputación en el caso Gürtel de corrupción, Bárcenas dejó el parlamento, pero no quedó constancia que reclamara su reincorporación a su antiguo puesto, por lo que seguía en excedencia.

El TSJM, en su sentencia de mayo, ponía la “relación laboral simulada” de Bárcenas y el PP —calificada por Dolores de Cospedal de “despido en diferido”— en manos de la fiscalía. El tribunal apreciaba un posible fraude por esta práctica. También comunicó el fallo a la Tesorería General de la Seguridad Social y al Servicio Público de Empleo Estatal y a la Inspección de Trabajo, por su posible “incidencia en futuras prestaciones de Seguridad Social”. Asimismo, puso la causa en conocimiento de Hacienda ya que el dinero recibido por el extesorero no puede tener la consideración de rentas del trabajo, que le dio aquel en sus declaraciones tributarias.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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