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La Audiencia Nacional investigará el asesinato del jesuita Ellacuría

El Supremo cree que la justicia de El Salvador nunca pretendió castigar a los responsables

Reyes Rincón
El jesuita asesinado en El Salvador en una imagen de archivo, en su despacho.
El jesuita asesinado en El Salvador en una imagen de archivo, en su despacho.EL PAÍS

El Tribunal Supremo respalda al juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco para que siga investigando el asesinato del jesuita Ignacio Ellacuría y otras siete personas en la Universidad Centroamericana de El Salvador en 1989. Según el tribunal, la última reforma de la justicia universal no afecta a la competencia de España para instruir este crimen porque cinco de las ocho víctimas tenían nacionalidad española, además de salvadoreña, y hay “indicios serios y razonables” de que el proceso penal desarrollado en su día en El Salvador no garantizó el castigo y la persecución efectiva de sus responsables.

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 En un auto del que ha sido ponente el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, el tribunal responde así a la exposición razonada que envió Velasco para determinar si debía continuar la causa abierta en España por estos hechos en virtud de una querella presentada por la Asociación Pro Derechos Humanos de España y el Centro de Justicia y Responsabilidad, denunciando el asesinato de Ellacuría, otros cinco sacerdotes, una empleada de hogar y la hija de esta a manos de militares salvadoreños.

El auto del Supremo analiza la aplicación al caso la reforma de la justicia universal introducida en marzo de 2014 en la Ley Orgánica del Poder Judicial para reducir al mínimo la justicia universal. El texto, aprobado en solitario por el PP, establece que algunos delitos no serán perseguibles en España si ya hay iniciado un procedimiento en el Estado donde se hubiesen cometido los hechos salvo que dicho Estado no esté dispuesto a investigar o no pueda hacerlo.

El caso Ellacuría, ya fue juzgado en El Salvador, que condenó a la pena máxima de 30 años al Coronel Benavides y al teniente Yussi Mendoza. Ambos fueron amnistiados y liberados el 1 de abril de 1993 por la Segunda Ley de Amnistía, pero, además, el alto tribunal español considera que existen indicios “serios y razonables” de que aquel juicio no pretendió realmente que los responsables de los hechos fueran castigados, sino, más bien, su sustracción a la justicia, “todo ello acompañado de la ausencia de las garantías necesarias de independencia e imparcialidad”.

En su exposición razonada, el juez Velasco detalló una serie de circunstancias que, en su opinión, convirtieron aquel proceso en una “simulación” que desembocó en un resultado de “no justicia”: la Comisión de Investigación de Hechos Delictivos de El Salvador se demoró en exceso para obtener documentos, lo que pudo favorecer que fueran destruidos; dicha Comisión ocultó datos al juez instructor; los fiscales del caso renunciaron porque el fiscal general les ordenada no impulsar el procedimiento y no les permitía interrogar como testigos a importantes militares; o las amenazas denunciadas por los miembros del jurado. Todas esas circunstancias fueron corroboradas en el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de diciembre de 1999.

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Una vez resuelta la competencia de España para investigar el caso Ellacuría, en la Audiencia Nacional hay aún otras dos causas que pueden verse afectadas por la justicia universal y sobre las que aún no hay decisión: el asesinato del diplomático español Carmelo Soria en 1976, durante la dictadura de Pinochet en Chile; y el ataque a la Flotilla de la Libertad de Gaza en 2010.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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