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La nueva justicia universal permite perseguir la ablación

La Sala de lo Penal mantiene abierto el caso por el asesinato de los jesuitas de El Salvador

Fernando J. Pérez

Los jueces de la Audiencia Nacional siguen unificando sus criterios sobre la aplicación de la nueva justicia universal tras la reforma operada por el PP para limitar la capacidad de los jueces españoles para perseguir delitos cometidos en el extranjero. La Sala de lo Penal de la Audiencia ha analizado una serie de casos que se encontraban pendiente de resolución tras sendos recursos de la Fiscalía.

Los 20 magistrados han decidido por unanimidad que España es competente para investigar delitos de mutilación genital femenina perpetrados en el extranjero cuando los autores o las víctimas tengan algún tipo de vinculación con España. La Sala ratifica la resolución del juez Javier Gómez Bermúdez, que decidió seguir adelante con la investigación sobre un caso de ablación en Gambia de una niña cuyos padres residen en España. El tribunal entiende que tras la ratificación por España, el pasado 1 de agosto, del Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y contra la violencia doméstica, España tiene la obligación de perseguir estos delitos de ablación, según fuentes jurídicas.

Los magistrados han decidido por unanimidad que España  puede investigar delitos de mutilación genital femenina 

El pleno también considera que España es competente para investigar el asesinato en noviembre de 1989 del jesuita español Ignacio Ellacuría y otras siete personas en la Universidad Centroamericana. En esta causa el juez Eloy Velasco había procesado a 20 cargos militares salvadoreños por asesinato y crímenes de lesa humanidad. Tras la entrada en vigor, el pasado 15 de marzo, de la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que limitaba la justicia universal, se produjo la desimputación del delito de lesa humanidad. Sin embargo, la Sala de lo Penal considera que este tipo penal debe mantenerse porque, una vez atribuida la competencia a España por el delito de asesinato, los jueces de la Audiencia Nacional deben perseguir el resto de delitos que lleven aparejados los hechos investigados.

Sobre la mesa también estaban las investigaciones sobre el asesinato del cámara de Telecinco José Couso por militares estadounidenses en abril de 2003 durante la guerra de Irak, sobre las torturas en la base militar de Guantánamo o contra los militares guatemaltecos por genocidio de la población indígena. En estos casos, se han rechazado los recursos de la fiscalía contra la decisión de los jueces instructores de seguir adelante con la investigación. Sin embargo, este rechazo, que supone mantener las causas abiertas por el momento, es por cuestiones de forma, ya que la Sala entiende que antes de elevar la supuesta falta de competencia de España en estas causas ante el pleno se debería haber advertido de esta circunstancia a los jueces instructores.

Se trata del primer pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia después de que el pasado julio el Tribunal Supremo decidiera que España, con la nueva justicia universal, tiene la obligación de perseguir a narcotraficantes en aguas internacionales. La Audiencia Nacional había considerado que con la reforma del PP no se podía investigar este tipo de delitos cometidos fuera de las fronteras españolas, lo que llevó a la excarcelación de 53 narcotraficantes.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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