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La Audiencia ordena instruir como delito el incidente de tráfico de Aguirre

La causa contra la presidenta del PP de Madrid volverá al juzgado que vio una falta leve

Patricia Ortega Dolz
Esperanza Aguirre llega a la Asamblea en coche.
Esperanza Aguirre llega a la Asamblea en coche. LUIS SEVILLANO

Cuando el pasado 3 de abril Esperanza Aguirre se dio a la fuga con su Toyota Versus Blanco en plena Gran Vía madrileña y se llevó por delante la moto del agente municipal que trataba de impedirle el paso pudo cometer un delito y no solo una falta. Así lo ha dictaminado esta mañana la Sala Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid, en contra de las decisiones y valoraciones previas del titular del Juzgado de Instrucción número 14 de Plaza Castilla, el juez Carlos Valle, y de la Fiscalía Superior de Madrid: “Los hechos denunciados sí revisten provisionalmente caracteres de delito de desobediencia del artículo 556 del Código Penal”, recoge el auto, que se apoya en una sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo del 20 de enero de 2010.

La presidenta del PP de Madrid podría tener que ir a declarar junto a los testigos del incidente y enfrentarse a una pena de seis meses o un año de prisión por un “delito de desobediencia grave”, como lo califica Luis Gerez, el abogado de la asociación Justicia y Transparencia en el recurso de apelación que ahora estiman los magistrados de la Audiencia. “Estoy muy contento”, declaraba este viernes el letrado nada más conocerse el fallo de la Sala y sin haber tenido tiempo aún para leerlo. “Desobedecer de los mandatos de la policía municipal es una delito, no una falta”, insistía.

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Aquel día de primavera, la expresidenta de la Comunidad de Madrid se paró con su coche en el carril bus a la altura del número 44 de la Gran Vía, junto a la plaza de Callao, “para sacar dinero, un minuto”, dijo. Varios agentes de movilidad se acercaron para imponerle los 200 euros de multa por estacionar su vehículo en una zona no permitida y le pidieron la documentación. Inicialmente ella accedió a facilitarles sus datos diciendo: “¿Qué pasa? ¿Bronquita y denuncia? Venís por mí porque soy famosa. Tienes la placa. Denuncia al vehículo”. Pero después, y sin autorización, se metió en su coche y salió como una exhalación hasta su garaje en el barrio de Malasaña: “Yo me voy. Tienes la placa. Denúnciame”.

Aguirre justificó después que “solo querían una foto”, aunque se disculpó por haber “tocado” en su huida la moto de uno de los agentes. El resultado es que pocos minutos más tarde siete policías se presentaron en su casa y uno la denunció en la comisaría de la calle Leganitos por desobediencia a la autoridad. Y de aquellos polvos, estos lodos.

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La Asociación Transparencia y Justicia --personada como acusación popular con el Gerez a la cabeza-- recurrió en su día la decisión del juez por considerar que “por los mismos hechos, cualquier otro ciudadano normal hubiese acabado en el calabozo de una comisaría, con los grilletes en las muñecas, para ser inmediatamente citado de comparecencia para la celebración de juicio rápido”.

Sin embargo, el fiscal superior de Madrid, Manuel Moix, argumentaba este periódico esta misma mañana, horas antes de que se conociera el fallo de la sala, que no le parecía que pudiera existir “ninguna duda jurídica” al respecto: “Hay mucha jurisprudencia, se trata claramente de una falta, hemos incorporado diez o doce sentencias similares, para que haya un delito debe haber una falta de desobediencia grave y, en este caso, si hubo desobediencia es leve, según recoge el atestado policial, por abandonar el lugar de los hechos sin autorización”, explicaba Moix. Y agregaba: “El golpe que le dio a la moto del agente no se puede considerar un delito, no hubo intención, no es siquiera una falta de daños, es en todo caso una imprudencia, pero nunca se ha considerado que darle un golpe al coche de otro sea un delito”.

Frente a esa valoración del fiscal, el nuevo fallo recoge textualmente: “Los hechos denunciados [cuya verosimilitud no entran a valorar los magistrados] vendrían a suponer una desobediencia tenaz, contumaz y rebelde decidida y determinante representada por múltiples actos concretos de desobediencia a los agentes y policías municipales, acompañada de expresiones de menosprecio hacia los agentes en el ejercicio de sus funciones, por lo que no puede descartarse que la gravedad de la lesión causada por la conducta de la denunciada al bien jurídico protegido con la tipificación de delito de desobediencia del articulo 556 del Código Penal, excediendo la entidad de la desobediencia del carácter meramente leve de la falta de desobediencia del artículo 634 del Código Penal”.

"Los hechos así denunciados (...) vendrían a suponer una desobediencia tenaz, contumaz y rebelde", dice el auto

Y añade: “Debe incluso señalarse, a mayor abundamiento, que los actos de desobediencia tuvieron lugar en vía pública, en una zona muy concurrida, por lo que se incremente la gravedad al lesionar en mayor grado la dignidad del ejercicio de la función púbica llevada a cabo por los agentes de la autoridad”.

Desde la sede de los populares de Génova no se descarta que la expresidenta de la Comunidad de Madrid Esperanza Aguirre realice un comunicado al respecto en breve. De momento, la presidenta del PP de Madrid ha lanzado en Twitter este mensaje: "El auto no dice, ni mucho menos, que el incidente del coche sea delito. Soy una ciudadana más que acude encantada a que el juez escuche la verdad".

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Sobre la firma

Patricia Ortega Dolz
Es reportera de EL PAÍS desde 2001, especializada en Interior (Seguridad, Sucesos y Terrorismo). Ha desarrollado su carrera en este diario en distintas secciones: Local, Nacional, Domingo, o Revista, cultivando principalmente el género del Reportaje, ahora también audiovisual. Ha vivido en Nueva York y Shanghai y es autora de "Madrid en 20 vinos".

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