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Interior podrá multar a los medios que no den su información en emergencias

El ministerio asegura que solo sancionará en casos de alertas a la población

Extracción del fuel del petrolero 'Prestige', hundido frente a las costas de Galicia.
Extracción del fuel del petrolero 'Prestige', hundido frente a las costas de Galicia.Bernardo Pérez

El Gobierno podrá imponer sanciones de entre 30.001 y 600.000 euros a los medios de comunicación social por “su resistencia, negativa u obstrucción a colaborar con las autoridades competentes en la difusión de órdenes, instrucciones e informaciones en situaciones declaradas de emergencia de interés nacional”. El catálogo de multas del Ministerio del Interior califica como “muy grave” la negativa de la prensa a difundir sus “órdenes, instrucciones e informaciones” cada vez que se decrete el estado de alerta, excepción y sitio; cuando “determinadas catástrofes afecten a varias comunidades y exijan la aportación de recursos supraautonómicos” y cuando “por sus dimensiones efectivas o previsibles requieran una dirección de carácter nacional”.

Cuando se dé alguna situación que cumpla con estos tres criterios, será facultad del ministro del Interior tanto la declaración de cada emergencia de interés nacional como la posterior gestión de la crisis.

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La inclusión de las sanciones a los medios de comunicación es una de las novedades del anteproyecto de ley del sistema nacional de Protección Civil, que ayer aprobó el Consejo de Ministros y pretende sustituir a la normativa vigente, promulgada en 1985, que no tipifica estas conductas. Esa norma, aún en vigor, establece en su artículo cuarto que “en situaciones de emergencia los medios de comunicación social vendrán obligados a colaborar con las autoridades competentes respecto a la divulgación de informaciones dirigidas a la población y relacionadas con dichas situaciones”. La novedad ahora es el establecimiento de sanciones para aquellos medios que se resistan a hacerlo.

La literalidad del texto facultaría al Gobierno para imponer la publicación de informaciones a los medios de comunicación en casos como la crisis de los controladores aéreos, que llevó al último Ejecutivo socialista a decretar el estado de alerta y a militarizar las torres de control de algunos aeropuertos —la única vez que sucedió en la democracia española—, durante catástrofes como la del Prestige o incluso en un incendio en la frontera de dos comunidades autónomas que obligue a intervenir a helicópteros de los servicios de rescate estatales.

Un portavoz de Interior señaló ayer a este diario que las multas están pensadas para aquellos medios de comunicación que se nieguen a publicitar “avisos a la población para preservar su integridad y su seguridad en situaciones excepcionales, ya sean casos de alerta nuclear, tsunamis o episodios similares. Hablamos de casos muy excepcionales, en los que hay riesgo para la población y es necesario lanzar estos avisos”, insistió la misma fuente.

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Hablamos de casos muy excepcionales, en los que hay riesgo para la población y es necesario lanzar estos avisos Portavoz de Interior

La futura ley —que aún deberá pasar el trámite parlamentario— también castiga con la multa máxima “la ausencia de planes de autoprotección contra catástrofes y desastres por parte de las entidades obligadas” a realizarlos, “el incumplimiento de las entidades que gestionen actividades de riesgo de su deber de comunicar situaciones que puedan dar lugar a una emergencia nacional” y la “carencia o insuficiente cobertura de los sistemas de reproducción de señales acústicas de alarma en los centros obligados a su instalación”.

La norma establece otras multas de menor cuantía (entre 1.500 y 30.000 euros) para “quienes entorpezcan o incumplan las órdenes de las autoridades competentes en situaciones de emergencia, la no realización de simulacros por parte de aquellos organismos que estén obligados o el incumplimiento del deber de comunicación de incidencias que puedan dar lugar a una emergencia por parte de entidades cuya autorización dependa de la Administración General del Estado”.

El Gobierno cifra en 400 millones de euros el coste anual de las emergencias y catástrofes en España. La estimación parte de datos aportados por el Consorcio de Compensación de Seguros y, según la tesis de Interior, “las pérdidas económicas no son comparativamente grandes” gracias al “efecto de las políticas preventivas que se llevan a cabo desde hace muchos años”.

El Gobierno cifra en 400 millones de euros el coste anual de las emergencias y catástrofes en España

El titular de este departamento, Jorge Fernández Díaz, esbozó durante la comparecencia posterior al Consejo de Ministros las líneas generales de la futura norma y subrayó que esta pretende dar “más seguridad jurídica”, ya que define “mejor” las conductas ajenas a la ley.

Fernández Díaz asegura que permitirá “afrontar de manera más rápida y eficaz las situaciones de emergencia”. El texto mantiene no obstante la planificación vigente, “dados los buenos resultados que ha tenido” y no tocará ni el plan general estatal de emergencias ni los de las comunidades autónomas ni aquellos destinados a afrontar riesgos concretos (nucleares, radiológicos, por inundación o terremotos).

En el caso de la UME, una unidad del Ejército creada durante el Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero para actuar en caso de Emergencias, compete al ministro del Interior solicitar su intervención, que debe ser ordenada por el responsable de Defensa, según el protocolo que establece la ley. Fernández Díaz recordó que pese a que su nacimiento “fue controvertido” es hoy “un instrumento del Estado para hacer frente con eficacia a las emergencias” y que las autonomías están “encantadas de ser auxiliadas por esta unidad”.

La norma establece derechos pero también deberes para los ciudadanos, que tienen la obligación de “colaborar personal y materialmente en la protección civil en caso de requerimiento por las autoridades competentes” y de cumplir con el “deber de cautela y autoprotección tomando las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos o exponerse a ellos”.

“Una competencia exclusiva del Estado”

El resumen del anteproyecto facilitado ayer por el Ministerio del Interior tras el Consejo de Ministros deja en manos del Gobierno central la “competencia exclusiva” en materia de Protección Civil y subraya que algunos Estatutos de autonomía “la calificaron indebidamente de competencia exclusiva”. Cita jurisprudencia del Tribunal Constitucional para delimitar ese reparto de competencias y justifica que la de Protección Civil debe recaer en manos del Estado con tres argumentos: “La necesidad de aplicación de los estados de alarma, excepción y sitio para la protección de personas y bienes”, “el alcance supraautonómico de la emergencia o catástrofe” y “la necesidad de una dirección o coordinación nacional por los efectos de la emergencia o la naturaleza del riesgo”.

La declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil competerá al Consejo de Ministros, a propuesta de los titulares de Hacienda y Administraciones Públicas, de Interior o de los departamentos afectados.

El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, aseguró ayer que el texto se ha dialogado con “todas las comunidades autónomas y de manera especial con Cataluña, Euskadi, Galicia y Andalucía”. Ahora deberá ser examinado por el Comité Nacional de Protección Civil y el de Administración Local.

Junto al Gobierno y las comunidades autónomas, el anteproyecto concede protagonismo por primera vez a la Federación Española de Municipios y Provincias, donde están representados los Ayuntamientos. Después se someterá al trámite parlamentario, donde los partidos podrán introducir enmiendas.

El texto incide en la formación del voluntariado de Protección Civil, que en España agrupa a 25.000 personas integradas en 2.000 organizaciones.

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