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Bárcenas pierde su demanda contra el PP por despido improcedente

El juzgado rechaza la reclamación del extesorero de 900.000 euros de indemnización

Luis Bárcenas sale de la Audiencia Nacional en 2013.
Luis Bárcenas sale de la Audiencia Nacional en 2013.CRISTÓBAL MANUEL

El Juzgado de lo Social número 16 de Madrid ha rechazado la demanda del extesorero del PP Luis Bárcenas por despido improcedente contra el PP, según indicaron fuentes de la formación conservadora. El exdirigente popular fue indemnizado, según el PP, hace tres años, pero siguió con despacho en el partido, que además le pagaba la Seguridad Social cada mes y 21.000 euros brutos. El extesorero sostiene que nunca le comunicaron esa circunstancia y que su despido llegó el 1 de febrero de 2014, a raíz de la publicación en EL PAÍS de la contabilidad opaca del PP que él mismo controlaba personalmente.

En el juicio, Bárcenas aportó como prueba de su relación laboral el testimonio del portero de su finca, que reconoció que durante todo ese tiempo llegaban paquetes al domicilio del extesorero con el membrete de la formación conservadora, y de un empleado de Génova 13 encargado del mantenimiento de los ordenadores.

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Pese a ello, el juzgado sostiene que Bárcenas no ha podido demostrar esa relación laboral y, por tanto, rechaza su reclamación de una indemnización de 900.000 euros por despido improcedente. No obstante, advierte al PP de que dio de alta a Bárcenas en la Seguridad Social de forma "indebida", lo que es "sancionable".

Bárcenas presentó la demanda contra el PP el 19 de febrero de 2013. El PP le dio de baja en la Seguridad Social el 31 de enero de aquel año, el mismo día que se publicaron los llamados cuadernos de Bárcenas. Hasta aquel día, el extesorero del PP seguía en la nómina de Génova 13 pese a que llevaba más de cuatro años imputado por corrupción en el caso Gürtel y pese a que se conocía, desde un mes antes, que Bárcenas ocultaba una fortuna en dos bancos suizos.

En su demanda de despido improcedente, Bárcenas relataba que había ostentado el cargo de tesorero nacional del partido hasta marzo de 2010 y que desde entonces pasó a ser "asesor de la formación conservadora" con sueldo y pagas extraordinarias.

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Durante el juicio celebrado a principios de este mes, su letrado alegó que los más 700.000 euros que recibió desde abril de 2010 hasta enero de 2013, corresponden a nóminas del partido, mientras que el abogado del PP aseguró que se trataba de la indemnización pactada en 2010 y pagada a lo largo de los años en diferido.

En la sentencia que rechaza ahora la demanda, la magistrada María José Ceballos, tras repasar la larga relación de Bárcenas con el PP, se centra en el periodo “esencialmente controvertido” entre el 16 de abril de 2010 y el 31 de enero de 2013, fecha que el extesorero “fija como la de despido tácito”. La juez señala, en primer lugar, que el extesorero no pidió formalmente el reingreso en el PP tras dejar el Senado, donde ocupó un escaño entre 2008 y 2010, por lo que debía demostrarse en la vista oral que posteriormente se produjo una contratación y relación laboral que quedaría acreditada a través de los sueldos percibidos hasta el despido.

“Pero lo curioso del caso es que tal y como reconocen ambas partes, no ha existido a lo largo de dicho periodo prestación de servicios”, asegura la juez. “Luego falta el dato esencial para que la relación mantenida entre ambas partes sea calificada como contrato de trabajo”, ya que ello exigiría que existiera “prestación de servicios por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona física o jurídica”, subraya el fallo.

Aunque Bárcenas utilizó en esa etapa un despacho en la sede del PP en Génova, y dispuso de “medios materiales y personales” con autorización del partido, la juez insiste no lo ve suficiente para considerar que hubo un contrato. “No existe, además, un solo informe, resumen de reuniones, gestión de cualquier índole relativa al desempeño de funciones propias del puesto de asesor”, remata la magistrada, que considera que Bárcenas usó el despacho “a título particular y en su propio beneficio”.

La magistrada, finalmente, advierte al PP de que dio de alta a Bárcenas en la Seguridad Social de forma indebida, lo que es sancionable. El fallo recalca que no queda probado que el extesorero  reingresara oficialmente en el PP tras dejar el Senado -aportó un documento privado "sin sello de la empresa"-, pese a lo cual Génova le dio de alta en la Seguridad Social en abril de 2010 y de baja en enero de 2013. "Dicha baja carece de tal efecto porque no existiendo prestación efectiva de servicios, el alta en la Seguridad Social sería indebida", avisa la juez, "además de sancionable".

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