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Condenado el juez que asesoró a dos empresarios en el ‘caso ITV’

El Supremo lo suspende por dos años por ejercer negociaciones prohibidas a funcionarios

María Fabra

“La actuación del acusado, valorada en su conjunto, y teniendo en cuenta su prolongación en el tiempo, su naturaleza y los actos en los que se materializó, comprometieron sin duda su imparcialidad y objetividad, pues estaba destinada a favorecer los intereses de una de las partes en litigio”. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado a una suspensión de dos años de su cargo al juez del Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) Joaquín Ortiz Blasco, por un delito de negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios y de abuso en el ejercicio de la función.

El fallo considera probado que el magistrado asesoró a empresarios que recurrieron en su sala litigios relacionados con la concesión irregular de licencias de ITV en Cataluña, una trama por la que está imputado el exsecretario general de CDC Oriol Pujol.

La sentencia, de la que ha sido ponente Juan Saavedra, califica la relación entre el magistrado y uno de los empresarios como de “relación de amistad, entendida como una relación de afinidad y contacto recíproco, pues se veían con cierta frecuencia para comer y cenar, viajaron juntos al extranjero al menos en una ocasión, y mantenían un contacto constante a través del correo electrónico”.

Para el tribunal ha quedado probado el hecho de que el acusado se reuniera “con regularidad para comer o cenar” con Ricardo Puignou y Enric Marugán, dos de los empresarios que litigaban, por sus propias declaraciones y el contenido de algunos correos electrónicos que aludían a un restaurante como “el habitual”.

“¿Hablaste con el juez?, y el primero le contesta. Mañana ceno con él y aclararemos muchas cosas”, dicen algunos de los correos que se intercambiaron.

El tribunal considera probado además que "intercambió y comentó con ellos, de manera continuada, información sobre determinadas actuaciones judiciales relacionadas con dichos recursos, envió un modelo al que ajustar la presentación de uno de los recursos; habló con el abogado sobre otro de ellos y promovió reuniones y encuentros con las letradas de la Generalitat de Cataluña, la administración contra la que Certio litigaba".

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La Sala ha tenido en cuenta que “no todo consejo emanado de una autoridad o funcionario público puede reputarse delictivo. Solo aquel que compromete la imparcialidad, que menoscaba el deber de exclusividad o que provoca una interferencia entre los intereses privados y los de naturaleza pública, puede ser objeto de persecución penal”. “Estos presupuestos se cumplieron en el supuesto de autos”, indica el fallo.

Según la sentencia, se considera probado que Ortiz, quien recientemente logró la jubilación anticipada, asesoró a la empresa Certio IT, que estaba gestionada por dos “amigos” del magistrado. El asesoramiento versó sobre asuntos en los que el juez "debía intervenir por razón de su cargo, pues aconsejó en la materia sobre la que versaban los recursos contencioso-administrativos que tenían que ser resueltos en el tribunal que presidía". Certio presentó un recurso contra la adjudicación de un lote de estaciones de ITV por parte del tripartito. Ese concurso público es el que, presuntamente, la trama corrupta quería tumbar para lograr otro hecho a su medida.

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