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La fiscalía sostiene que la nueva justicia universal permite apresar narcobarcos

El ministerio público rechaza la excarcelación de siete traficantes sirios capturados en la zona contigua a las aguas de soberanía española

Fernando J. Pérez

La Fiscalía Antidroga sigue batallando con argumentos jurídicos –y también políticos- para evitar que la reforma de la justicia universal operada por el PP frustre más operaciones contra el narcotráfico en aguas internacionales. El ministerio público ha presentado un escrito ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en el que se opone a la excarcelación de siete traficantes sirios que fueron capturados el pasado 28 de septiembre en un barco cargado con ocho toneladas de hachís en el mar de Alborán, dentro de la franja de 12 millas náuticas contigua a las aguas territoriales españolas.

El escrito, de seis páginas, ha sido presentado a petición de la Sala de lo Penal de la Audiencia, que el pasado lunes ordenó, por trece votos contra tres, la puesta en libertad de nueve traficantes marroquíes y cuatro de nacionalidad turca apresados el 31 de mayo con 17 toneladas de hachís. Los magistrados entienden que tras la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial España ya no es competente para perseguir judicialmente a traficantes extranjeros en barcos que no tengan bandera española y cuyo destino de alijo no sea España.

La Fiscalía Antidroga, al contrario que la mayoría de los jueces, sostiene que con la actual redacción de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en vigor desde el pasado 15 de marzo, se mantiene la jurisdicción española para actuar contra narcobarcos en aguas internacionales. El ministerio público insiste en que no hay contradicción entre los apartados d) e i) del artículo 23.4 de la nueva ley. El primero de ellos otorga a los jueces españoles competencia para actuar ante una serie de delitos, como la piratería, el terrorismo y también el tráfico de drogas, “que se cometan en los espacios marinos”, sin distinguir entre aguas territoriales o internacionales.

Una legislación “frustrante”

Los jueces de la Audiencia Nacional, contra el criterio de la fiscalía, consideran mayoritariamente que la nueva ley de justicia universal impide perseguir traficantes extranjeros en aguas internacionales si no viajan en buques de bandera española o no se acredita que pretendan alijar la droga en las costas españolas.

El pasado 8 de abril el magistrado Fernando Andreu liberó a ocho traficantes egipcios capturados en marzo fuera de las aguas de soberanía española. Según el juez, "la voluntad del legislador español" ha impuesto "una serie de requisitos que suponen una muy importante restricción" a la justicia internacional.

El 11 de abril, el magistrado Javier Gómez Bermúdez excarceló a ocho narcos sirios en una situación similar. "El juez debe aplicar la ley, le guste o no, aun cuando el resultado sea, desde su punto de vista, frustrante", afirmaba el magistrado, que desarrollaba los mismos argumentos jurídicos que su compañero.

La Sala de lo Penal de la Audiencia avaló, por 13 votos contra tres, la interpretación jurídica de ambos magistrados.

El segundo apartado, sin embargo, se refiere específicamente al narcotráfico y limita su persecución internacional a que el procedimiento se dirija contra un español, o un barco de bandera española o que haya un grupo organizado que pretenda alijar la droga en suelo español.

Los fiscales despejan la duplicidad dando preeminencia al primero de los apartados sobre el segundo. Consideran que ante dos normas aparentemente contradictorias que tienen por objeto el tráfico de drogas prevalece el “principio de especialidad”. Al ser, según ellos, el apartado d) más específico por referirse a los espacios marinos es el que debe aplicarse.

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En este punto, los fiscales lanzan un cable al Gobierno y señalan que la redacción del artículo 23.4.d) no solo “no restringe” la competencia de la jurisdicción española para entender de delitos de narcotráfico en alta mar sino que la “afirma expresamente”. El ministerio público recuerda que este apartado específico para delitos cometidos en espacios marinos se introdujo gracias a una enmienda del Grupo Popular en el Congreso, por lo que, según la Fiscalía Antidroga “parece clara la voluntad del legislador de perseguir estos delitos en todo caso, sin necesidad de conexión con España”.

Tras analizar los tratados internacionales firmados por España, los fiscales concluyen que “el Estado español es competente para el abordaje, inspección, incautación de sustancias y detención de los ocupantes de cualquier embarcación que no enarbole ningún pabellón o enarbole pabellón de otro Estado cualquiera que sea el lugar donde se encuentre”.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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