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La Audiencia avala la liberación de narcos con la nueva ley de justicia universal

La Sala de lo Penal decide la excarcelación de otros 13 presuntos traficantes tras la reforma

Fernando J. Pérez

La competencia de los jueces españoles para perseguir al narcotráfico acaba donde acaban las aguas territoriales, a 12 millas náuticas de la costa, gracias a la reforma del PP que limita la justicia universal. El pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, decidió este lunes, por 13 votos contra tres, que con la legislación aprobada a toda prisa por el PP, y que entró en vigor el 15 de marzo, España no puede perseguir judicialmente a narcotraficantes extranjeros en aguas internacionales cuando viajen en barcos sin bandera española o no esté acreditado que pretendan alijar la droga en suelo español. Por ello, los magistrados de la Audiencia ordenaron la puesta en libertad inmediata de otros 13 traficantes marroquíes que iban a ser juzgados en las próximas semanas y que fueron detenidos el 31 de mayo de 2013 en aguas internacionales del mar de Alborán con 16 toneladas de hachís. Con la legislación que fue derogada a instancias del Gobierno sí era posible su enjuiciamiento.

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Tras dos horas de deliberación, el pleno de la Audiencia Nacional respalda ampliamente los argumentos jurídicos avanzados por los jueces de instrucción Fernando Andreu y Javier Gómez Bermúdez en sendos autos de este mes. El primero dejó en libertad el pasado 8 de abril a ocho supuestos narcos egipcios que fueron interceptados en aguas internacionales frente al cabo de Gata a principios de marzo en un pesquero sin bandera cargado con casi 10 toneladas de hachís. El segundo magistrado excarceló tres días más tarde a otros ocho traficantes sirios detenidos el 17 de marzo también en un barco sin bandera y en alta mar.

Ambos jueces instructores sostuvieron en sus resoluciones que la reforma del artículo 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que restringe la justicia universal les obligaba a liberar a estos presuntos delincuentes.

El pleno de la Sala de lo Penal, compuesto por todos los magistrados no instructores de la Audiencia Nacional, tenía previsto analizar este lunes el auto del juez Bermúdez, recurrido por la Fiscalía Antidroga, así como los casos de los 13 narcos marroquíes cuya libertad fue decretada este lunes, y de otros siete sirios que fueron detenidos en septiembre en aguas internacionales frente a las de Castell de Ferro (Granada).

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La Sala de lo Penal decidió suspender la deliberación sobre el auto de Gómez Bermúdez a la espera de acreditar que la investigación no afecta en modo alguno a España. El tribunal reclamó al Juzgado Central de Instrucción número 3 que le remita el expediente completo sobre este narcobarco ya que en esta investigación la policía española había solicitado al Juzgado de Instrucción número 4 de Málaga, que inició las pesquisas, la intervención de varios teléfonos españoles.

Respecto a los otros siete sirios, que fueron interceptados el pasado 28 de septiembre en el barco Moonlight, con bandera de Sierra Leona y cargado con 479 fardos de hachís, el tribunal acordó trasladar a las partes información complementaria que indica que las detenciones se practicaron en el límite entre las aguas internacionales y las aguas de soberanía española. En caso de que se acredite que fueron detenidos más allá de la línea de soberanía, los supuestos traficantes deberán ser puestos en libertad de forma inmediata.

La resolución de la Sala de lo Penal, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, cuenta con tres votos particulares, entre ellos el del propio presidente de la sala, Fernando Grande-Marlaska. Estos magistrados, al igual que la fiscalía, entienden que la redacción de la nueva ley de justicia universal sí permite la persecución de narcos en aguas internacionales.

Una redacción interpretable

La resolución de este lunes de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional fue aprobada por una amplia mayoría, pero tres magistrados —Fernando Grande-Marlaska, Concepción Espejel y Ángel Hurtado— presentaron votos particulares. Los tres, al igual que la Fiscalía Antidroga, consideran que la nueva reforma de la justicia universal permite a España enjuiciar a narcos extranjeros capturados en aguas internacionales. Los magistrados, en especial Marlaska, echan mano del artículo 23.4.d de la nueva norma. Este precepto es una especie de cajón desastre incorporado a instancias del Ministerio del Interior durante la tramitación parlamentaria y otorga competencia a los jueces españoles para investigar delitos de “tráfico ilegal de drogas”, entre otros, “que se cometan en espacios marinos en los supuestos previstos en los tratados ratificados por España”. Según los discrepantes, este término de “espacios marinos” hace referencia tanto a las aguas de soberanía española como las exteriores. Sin embargo, la mayoría de los jueces de la Audiencia considera que los tratados internacionales, en especial el Convenio de Viena de 1988 sobre tráfico de drogas, ni obligan a España a perseguir ni mucho menos le dan jurisdicción en aguas internacionales.

La decisión judicial no inquieta especialmente al Gobierno español. El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, defendió la nueva norma en el Senado el pasado 22 de abril: "Los narcos no están impunes (...) Si pretenden convertirnos en los gendarmes internacionales en aguas internacionales no puede hacerse”, dijo en la sesión de control en la Cámara alta.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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