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La Fiscalía ve irrelevante la trayectoria de Garzón para su posible indulto

El ministerio público considera que "no se dan las exigencias previstas por la Ley" para otorgar la medida de gracia

Fernando J. Pérez

La Fiscalía del Tribunal Supremo se ha opuesto hoy al indulto al exjuez Baltasar Garzón, condenado en 2012 a 11 años de inhabilitación para el cargo de juez o magistrado por un delito de prevaricación. En un escrito presentado este viernes, el teniente fiscal del Supremo, Antonio Narváez, informa desfavorablemente al indulto solicitado por la Asociación Medel al entender que "no se dan las exigencias previstas por la ley reguladora de la gracia de indulto para valorar su concesión".

Ahora será el tribunal sentenciador, la sala de lo penal del Tribunal Supremo, la que deberá informar sobre la petición de indulto para después trasladar estas consideraciones a Justicia que será la que eleve su decisión al consejo de ministros.

El fiscal considera "irrelevantes" las circunstancias personales y los méritos y trayectoria jurídica de Garzón a los efectos de ser tenidos en cuenta para la concesión del indulto. También considera que la posición del exmagistrado ante la solicitud cursada por la asociación Medel (acrónimo de Magistrado Europeos para la Democracia y las Libertades) fue de "indiferencia".

El expediente del indulto de exmagistrado de la Audiencia Nacional ha estado extraviado durante más de un año entre el Ministerio de Justicia y el Tribunal Supremo. El ministerio público considera que no se dan las circunstancias necesarias para informar a favor de la medida de gracia que, en cualquier caso, es potestad única del Gobierno, que en otras ocasiones ha indultado con informes en contra.

La Asociación Medel había solicitado el indulto de Garzón y que le fuera anulada la condena impuesta, que incluía la pérdida definitiva del cargo de juez. La Asociación entiende que la pena de inhabilitación resulta "desproporcionada" y "excesivamente lesiva" para el daño que a su juicio realizó el exmagistrado al autorizar escuchas en prisión a los abogados de los principales imputados en el caso Gürtel de corrupción. Los partidarios de Garzón también aludían en su escrito a los "ingentes servicios" prestados por el exmagistrado "al restablecimiento de la paz" y al "prestigio internacional" de la justicia española.

La Fiscalía considera que "todos" los argumentos presentados por la asociación "han de ser destimados a limine (de entrada)". El ministerio público recuerda que los delitos de prevaricación "son de los más graves que puede cometer un miembro de la Carrera Judicial en el ejercicio de sus funciones". Y añade: "La razón primordial de la condena ha sido, esencialmente, por haber vulnerado el derecho de defensa de unos imputados en el curso de un procedimiento penal en el que intervino como instructor".

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Según el escrito del teniente fiscal, de 16 folios, "el daño causado" por Garzón a la Administración de Justicia con su "frontal vulneración del derecho de defensa" de los imputados fue "muy grave". "Ni siquiera a los efectos puramente dialécticos es posible asumir la tesis de que el daño causado haya sido mínimamente lesivo para el interés general y para los intereses particulares de los perjudicados", sostiene el fiscal Narváez.

Afirma además el fiscal que la pena impuesta al antiguo titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 "se aplicó en su mínima extensión" y es "proporcionada a la gravedad" de los delitos por los que fue condenado.

El escrito sostiene que si los patrocinadores de Garzón hubieran solicitado un indulto parcial se podrían valorar las "circunstancias personales" del condenado para imponerle una pena "más justa y equitativa", pero al haberse reclamado un indulto total lo rechaza de plano: "Sería absurdo que" el tribunal "impusiera una condena para inmediatamente y sin solución de continuidad instar su indulto total".

El fiscal entiende que para solicitar un indulto absoluto se deberán apreciar las "circunstancias personales" del penado "posteriores a la condena", como la aceptación de la responsabilidad por los hechos, las acciones tendentes a reparar el daño causado, la facilitación de la ejecución de la pena o la colaboración con la justicia. El ministerio público recuerda el escrito que Garzón dirigió al ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, en junio de 2012 en el que expone su posición ante el indulto pedido a su favor. "En él destaca con claridad que ni ha pedido el indulto ni tampoco ha solicitado que lo hagan en su nombre".

"Al señor Garzón le resulta totalmente indiferente el resultado del indulto solicitado (...) y tampoco ha mostrado especial interés en su prosperabilidad", sostiene el teniente fiscal Narváez. Esta "indiferencia" es, según el ministerio público, un "indicio relevante" de que el exmagistrado no ve el indulto como la vía "procedente para la defensa de sus derechos". "Le da igual que le sea concedido la gracia como que no, por cuanto sigue entendiendo que obró conforme a derecho".

Al no reconecer Garzón los hechos cometidos como delictivos ni haber "exteriorizado muestra alguna de arrepentimiento que parta de la aceptación de la sentencia", afirma el fiscal, no se puede informar a favor del indulto al exjuez.

Los defensores de Garzón invocaron el indulto total que recibió el exmagistrado Javier Gómez de Liaño, condenado a 15 años de inhabilitación por prevaricación en el caso Sogecable. El teniente fiscal recuerda que el indulto "es un beneficio que puede ser concedido de modo discrecional, como también denegado del mismo modo". Que otro magistrado, penado por el mismo delito, haya sido indultado, "no genera derecho alguno a los que ulteriormente hayan sido condenados por el mismo delito", recuerda Narváez.

La posición en contra de la Fiscalía del Supremo choca con la mantenida durante el juicio, durante el que los fiscales se opusieron a la condena a Garzón al considerar que aun pudiéndose "justificar la nulidad de las conversaciones intervenidas", el magistrado de la Audiencia Nacional no cometió ningún delito.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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