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El filtro legal que eliminó Felipe González en 1985

La interposición del recurso suspende la entrada en vigor de la norma autonómica y la celebración del referéndum

Hasta 1985 había recurso previo de inconstitucionalidad para todo tipo de normas. Es decir, el recurso a una ley aprobada en el Parlamento posponía su entrada en vigor hasta que no se pronunciara el Tribunal Constitucional. El PSOE de Felipe González lo eliminó en todos los casos.

Solo hay efecto suspensivo automático en recursos del Estado contra normas autonómicas. “El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses”, asegura el artículo 161 de la Constitución que, por ejemplo, se ha aplicado con la ley andaluza antidesahucios.

Los recursos contra los estatutos los podrán presentar 50 senadores o diputados y el Defensor del Pueblo. Así, el PP en la oposición recurrió el Estatuto de Cataluña en la primera legislatura de José Luis Rodríguez Zapatero en el Gobierno y cuando la norma ya se estaba desarrollando y aplicando. Es decir, el texto final no era el mismo que los catalanes aprobaron en referéndum.

En esas dos legislaturas de Zapatero se modificaron o reformaron una docena de estatutos, sin necesidad de referéndum en todos los demás.

En este momento hay dos reformas mínimas de estatutos en trámite en el Congreso: Castilla-La Mancha y Comunidad Valenciana. El primero está en la Comisión Constitucional y cambia el Parlamento de la comunidad; el segundo amplía las competencias autonómicas.

El de Castilla-La Mancha es controvertido porque el PSOE lo rechaza y no tiene más apoyo que el del PP. El valenciano se ha ido posponiendo sucesivamente por escaso interés de la Generalitat de Alberto Fabra en defenderlo.

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Es probable que una futura instauración del recurso previo no pueda aplicarse a estas dos reformas. Ahora el Gobierno tiene 30 días para calificar las proposiciones de PP y PSOE y podrían tramitarse a finales de marzo.

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