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Condenados a 3.860 años los etarras que atentaron contra la casa cuartel de Burgos

Daniel Pastor, Iñigo Zapirain y Beatriz Etxeberria cumplirán 40 años íntegros de prisión

Fernando J. Pérez

Daniel Pastor Alonso, Iñigo Zapirain Romano y Beatriz Etxebarria Caballero, miembros del comando Otazua de ETA, no volverán a pisar la calle hasta una fecha próxima al 28 de febrero de 2051. Cada uno de los tres etarras fue condenado este miércoles a 3.860 años de cárcel por colocar la furgoneta bomba que estalló frente a la casa cuartel de Burgos en la madrugada del 29 de julio de 2009 y que dejó 160 heridos de diversa consideración, entre ellos 41 niños. La explosión reventó de abajo arriba la fachada posterior de la Comandancia y causó daños por importe de 15 millones de euros. La condena supone un récord en número de años por un solo caso a miembros de ETA.

La sentencia condena a los tres etarras por 160 delitos de asesinato en grado de tentativa, castigados con una pena de 24 años cada uno, y un delito de estragos terroristas. Además, Pastor, Zapirain y Etxebarria deberán indemnizar a sus víctimas —cada una en función de la gravedad de sus heridas y sus secuelas físicas y psíquicas— con una suma de 10,8 millones de euros.

Los tres etarras fueron detenidos el 28 de febrero de 2011 y cumplirán íntegramente una pena de prisión de 40 años, el máximo que contempla el Código Penal para delitos de terrorismo cometidos desde el año 2003. Los miembros del comando Otazua fueron condenados el pasado octubre a 485 años de cárcel por el asesinato del brigada Luis Conde, en Santoña (Cantabria) en septiembre de 2008.

Además, los beneficios penitenciarios a los que tengan derecho los terroristas les serán computados sobre el total de las penas impuestas y no sobre los 40 años de máximo cumplimiento efectivo. Esto es, se les aplica la doctrina Parot de forma directa y no retroactiva, que fue por lo que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a España el pasado 21 de octubre. Este fallo de Estrasburgo ha obligado a liberar a decenas de presos, la mayoría de ETA, que habían cumplido penas superiores a las que les correspondían con arreglo al Código Penal de 1973, por el que habían sido condenados y que preveía un máximo de 30 años de cumplimiento.

Los jueces Alfonso Guevara, Guillermo Ruiz Polanco y María Ángeles Barreiro consideran en su sentencia que los tres etarras cometieron el atentado a las órdenes del entonces jefe militar de la banda, Mikel Kabikoitz Karrera Sarobe, Ata, y con la intención de atentar mortalmente contra el mayor número de personas.

Antes del atentado, los etarras se desplazaron a la capital burgalesa para recopilar datos sobre la Comandancia de la Guardia Civil, en la avenida de Cantabria. Así, localizaron el mejor lugar para dejar la furgoneta con 700 kilos de amonal y tomaron los datos de matrículas de vehículos que solían aparcar en las inmediaciones, que fueron dobladas [falsificadas] en Francia. Ata les facilitó una Mercedes Vito verde que había sido robada en abril de 2009 en Pevrat Le Chateau (Francia). Tras pintar de blanco el vehículo para hacerlo pasar por el de un vecino de Burgos, la aparcaron en la parte trasera de la casa-cuartel. La furgoneta explotó a las cuatro de la madrugada. La explosión dejó un cráter de 16 metros de diámetro y 1,8 metros de profundidad. Los restos de la Mercedes Vito fueron encontrados hasta 200 metros más allá de donde había sido aparcada.

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También se vieron afectados una comisaría de Policía Local, un edificio de Tráfico y la sede de los Bomberos, que tuvieron que realizar reparaciones por 263.133 euros, así como el Hospital Divino Vallés y el Hospital General Yagüe, que sufrieron daños por valor de 39.074 euros.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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