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El extesorero trata de introducir un delito electoral para implicar a Rajoy

La investigación cree que la declaración de Bárcenas no variará la línea del proceso

sciammarella

El extesorero del PP Luis Bárcenas y sus asesores son conscientes de que por mucho que valide y avale hoy ante el juez Ruz las cuentas opacas del partido que publicó EL PAÍS hace cinco meses, e incluso que aporte sus mensajes con Mariano Rajoy, poco o nada variará la orientación judicial de su causa. A Bárcenas (y a su antecesor en el cargo, Álvaro Lapuerta) se le investiga básicamente por delitos de cohecho y fraude fiscal. Pero el extesorero sabe que, con los papeles que han trascendido hasta ahora, difícilmente va a poder involucrar penalmente a la cúpula del PP.

Por eso ha cambiado de estrategia y filtrado que hay un empresario que quiso que Rajoy supiera su deseo de entregar 300.000 euros al partido durante los pasados comicios generales. Su intención es introducir un tercer delito en la causa: el electoral, que conlleva penas de inhabilitación para ejercer cargos públicos. Y menciona el nombre de Rajoy para involucrarle directamente. Así lo interpretan fuentes de la investigación del caso. Otra cosa es que pueda probarlo, dado que su credibilidad “es cero” en este momento, tras la retahíla de mentiras que ha vertido en el proceso. Y como su palabra no vale, según los citados medios, lo que diga ha de acreditarlo.

La cita que tiene hoy Bárcenas con el juez Ruz se ha convertido en todo un acontecimiento. Y eso que es posible que ni se le pueda ver la cara, puesto que llegará en un furgón procedente de la cárcel de Soto del Real (Madrid).

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No obstante, casi todo el mundo da por hecho, y más después de que haya accedido a publicar sus mensajes con Rajoy, que Bárcenas va a activar el ventilador. Falta ver con qué potencia.

Los investigadores de los papeles de Bárcenas (la supuesta contabilidad B del PP en los últimos 20 años) dan por bueno que el partido ha tenido en ese tiempo una caja opaca al fisco. Las cuentas secretas del extesorero revelan que nueve grandes empresarios han dado 7,5 millones de euros en donaciones anónimas e ilegales al partido. Ilegales porque superaban el límite de 60.000 euros que hasta 2007 imponía la Ley de Financiación de Partidos Políticos. Pero esto es una infracción administrativa, no un delito. También dejan entrever los papeles del extesorero que esas aportaciones ilegales fueron parcialmente utilizadas para pagar sobresueldos a la cúpula del partido en los últimos 20 años (Rajoy, Rato, Arenas, Álvarez-Cascos...).

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El imputado quiere relacionar una donación con las últimas elecciones

Desde una perspectiva jurídica (que no de índole ética o política), la interpretación de los investigadores es la siguiente: supongamos que un empresario ha donado, por ejemplo, 100.000 euros. Como la cifra supera el máximo legal vigente hasta 2007 (60.000 euros), ya no se considera una donación y ese dinero pasa analizarse desde la perspectiva del delito fiscal. Es decir, lo que hay que averiguar es si la suma total de aportaciones (en un solo ejercicio) alcanza la cuota penal tributaria de los 120.000 euros (delito fiscal). Pero el problema con que se están topando los investigadores es el de la prescripción. Por eso han centrado sus ojos (se ha dado orden a los peritos) en los ejercicios fiscales de 2007 y 2008, los únicos que, de confirmarse, no habrían prescrito. Si en alguno de esos ejercicios se hubiera superado a base de donaciones ilegales la citada cuota tributaria, sí habría delito fiscal.

¿Quién respondería penalmente por no haber declarado esos ingresos al fisco? Bárcenas y Lapuerta, salvo que acrediten que actuaron así por orden de un superior. Pero hay que documentarlo. Si resultase que los peritos no logran probar el delito fiscal en esos dos años (los aparentemente no prescritos) porque las aportaciones ilegales no alcanzan los 120.000 euros, entonces el asunto se quedará en un delito contable del artículo 310 del Código Penal, que pena con hasta siete meses de cárcel al “gestor” que lleva una contabilidad B en su empresa.

Para probar el cohecho debe acreditar el dinero y la obra lograda por él

Tampoco variaría nada la orientación del proceso si, por ejemplo, Bárcenas aportase hoy a Ruz recibís que acrediten los sobresueldos que constan en los papeles. Si Bárcenas los validara, tampoco variaría la causa por cuanto ninguno de los perceptores llega ni de cerca a la cuota de los 120.000 euros (para acercarse al delito fiscal tendrían que haber percibido más de 250.000 euros en un solo ejercicio). Y, según los papeles, no es el caso.

El otro delito que se investiga en este proceso es el de cohecho. Bárcenas sostiene que las aportaciones económicas fueron a cambio de contratas públicas. Si se acreditase, sería delito, y de los graves. Pero no basta que conste en un papel una donación ilegal y que Bárcenas, en abstracto, diga que fue a cambio de obras. Jurídicamente hay que acreditar cuánto dinero se entregó, a quién y a cambio de qué obra concreta. La instrucción ha extendido al periodo 2003-2008 las pesquisas sobre el cohecho. Aparte de la sombra de la prescripción, los investigadores, con lo que disponen de momento, ven muy difícil probar el cohecho.

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