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El Tribunal Constitucional mantiene a Otegi en la cárcel

La resolución del caso queda pendiente para el tribunal a punto de renovarse La Sala Primera decide mantenerlo en prisión pero no resuelve el recurso del exportavoz de Batasuna

María Fabra
El exportavoz de Batasuna, Arnaldo Otegi, meses antes de ser encarcelado.
El exportavoz de Batasuna, Arnaldo Otegi, meses antes de ser encarcelado.

La Sala Primera del Tribunal Constitucional ha optado por mantener en la cárcel al exportavoz de Batasuna y secretario general de la legalizada Sortu, Arnaldo Otegi. El tribunal ha rechazado suspender la condena del abertzale atendiendo así todas las tesis de la fiscalía y descartando sopesar tanto la realidad social, encaminada hacia el final definitivo de ETA tras el cese de la violencia hace año y medio, como el tiempo que Otegi lleva ya en prisión (3,7 años) y el que le queda por cumplir (2,8). Todo apunta a que Otegi consumirá encarcelado ese periodo antes de que se resuelva, definitivamente, si la sentencia que lo condenó es válida o no.

El Constitucional ha tenido en cuenta, para desestimar la petición de libertad, la gravedad de los hechos por los que fue condenado (pertenencia a organización terrorista), “lo que afecta a bienes jurídicos esenciales”, señala la resolución. El tribunal mantiene además que la suspensión de la condena “puede” implicar una “perturbación grave” en el interés público por el cumplimiento de las penas. Y concluye que “no existe razones justificativas que alteren el criterio consolidado de la doctrina de este tribunal en situaciones similares a la aquí contemplada”.

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Arnaldo Otegi fue detenido y encarcelado en octubre de 2009, de manera provisional, tras ser acusado de pertenencia a organización terrorista cuando trataba de relanzar la marca Batasuna, a través de Bateragune. En septiembre de 2011, la Audiencia Nacional lo condenó a diez años de prisión por pertenencia a organización terrorista en grado de dirigente. Meses después, en mayo de 2012, una muy dividida Sala de lo Penal del Tribunal Supremo rebajó la pena a 6,5 años al considerarlo como “integrante” y no “dirigente”. Mantuvo a Otegi en la cárcel por tan solo un voto de diferencia. Un mes después, el 20 de junio de 2012, el propio Constitucional dictó la legalización de Sortu, el nuevo camino político de la izquierda abertzale que siguió la senda de Batasuna.

El recurso de amparo contra la condena llegó al Constitucional unos días después, el 27 de junio, pero no fue hasta el 6 de mayo de este año (diez meses después) cuando el tribunal decidió admitirlo a trámite y abrir una pieza separada para dilucidar, con mayor prontitud, la petición de excarcelación

Este 3 de junio, la Sala Primera del alto tribunal, sin que conste ningún voto particular ni disensión respecto a la causa, ha decidido dejar en la cárcel a Otegi y al ex secretario general de LAB, Rafael Diez Usabiaga, condenado por los mismos hechos. Los magistrados no han entrado en el fondo de la cuestión, que dilucidará un tribunal bien distinto del actual, ya que cuatro de sus 12 actuales integrantes dejarán el Constitucional dentro de cinco días. El futuro alto tribunal tendrá un corte más conservador. De hecho, dos de los seis magistrados que se han negado a la excarcelación de Otegi, Pascual Sala y Manuel Aragón, acaban su mandato esta semana.

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Precedente Al Qaeda

En 2007, la Sala Segunda del Constitucional, con Pascual Sala, suspendió una condena por un delito de “colaboración” con Al Qaeda a Kamal Hadid Chaar. La de Otegi fue por “pertenencia” a banda terrorista.

La pena que se suspendió era también de seis años y al condenado le quedaban por cumplir menos de tres años (como ahora al abertzale).

El tribunal consideró entonces un “perjuicio irreparable” no suspender aquella condena, algo que se ha obviado ahora.

La resolución alude a que la suspensión de una condena es un hecho excepcional, aunque este no aparece reflejado en ninguna ley sino que es doctrina del Constitucional. También hay precedentes de que el tribunal concedió suspensiones de condena similares a la de Otegi. El texto insiste en que la duración de la pena impuesta, para que sea levantada, no debe exceder de los cinco años, que es el plazo que sirve para diferenciar entre las penas graves y las menos graves. En el caso de Otegi la condena asciende a 6,5 años pero el tribunal ha llegado a suspender penas de hasta 12 años.

El propio presidente del tribunal, Pascual Sala, defendió hace unos días que la “realidad social” era un criterio de interpretación de la Constitución. Sin embargo, la Sala Primera no parece haber atendido en esta ocasión ese argumento. “Otegi ha dado muestras de su posición a favor de la paz y quizás en determinados momentos la prisión no es el lugar más adecuado. Hay alternativas y se deben plantear para conseguir un espacio para la paz”, afirmó hacer unos días Baltasar Garzón, el juez que mandó al dirigente abertzale a la cárcel en 2009.

“¡Sonreíd, porque vamos a ganar!”, lanzó ayer Otegi a través de su cuenta en Twitter. Y es que en el País Vasco ayer llovieron las críticas y la incredulidad ante esa decisión. El lehendakari, Iñigo Urkullu, recordó cómo, en 2009, ya señaló que “no debieron ser encarcelados” y reclamó celeridad para la resolución definitiva del recurso. También el portavoz del PSE-EE en el Parlamento vasco, José Antonio Pastor, expuso cómo “gran parte de la sociedad vasca no entiende en absoluto” que Otegi siga en prisión. El portavoz del PP en el Congreso, Alfonso Alonso, sí lo consideró una “buena decisión”.

Las dudas sobre la idoneidad de esta actuación del Constitucional llegaron también por parte del fiscal jefe del Tribunal Superior del País Vasco, Juan Calparsoro, que reclamó “prioridad total” en la resolución de este asunto porque Otegi lleva “mucho tiempo” en prisión.

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